Boletín B-14 y Norma Internacional de Contabilidad 33
Enviado por Ninoka • 27 de Marzo de 2018 • 759 Palabras (4 Páginas) • 701 Visitas
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diferentes entidades en el mismo periodo.
Esta norma internacional será aplicada por entidades cuyas acciones ordinarias u ordinarias potenciales coticen públicamente, así como entidades que estén en proceso de emitir acciones ordinarias o acciones ordinarias potenciales, también se aplicara a cualquier entidad que presente la cifra de ganancias por acción.
En su valoración existen las “Ganancias por acción básica” y también “Ganancias por acción diluidas”
Las ganancias por acción básica se calculan dividiendo el resultado del ejercicio atribuible a los tenedores de instrumentos ordinarios de patrimonio neto de la dominante (El numerador) entre el promedio ponderado de acciones ordinarias en circulación (El denominador) durante el ejercicio.
Las ganancias por acción básicas tienen por objetivo proporcionar una medida de la participación de cada acción ordinaria de la dominante en el rendimiento que dicha entidad ha tenido en el ejercicio.
Para calcular las ganancias por acción básicas, el número de acciones ordinarias será el promedio ponderado de las acciones ordinarias en circulación durante el periodo.
Las ganancias por acción diluidas tienen el mismo objetivo que el de las ganancias por acción básicas (dar una medida de la participación de cada acción ordinaria en el rendimiento de la entidad), pero se tiene en cuenta los efectos dilusivos durante el periodo. Para calcular las ganancias por acción diluidas, el número de acciones ordinarias será el promedio ponderado de acciones ordinarias calculado, más el promedio ponderado de acciones ordinarias.
Para su presentación se necesitara la cuenta de resultados, las ganancias por acción, básica y diluida.
Las ganancias por acción se presentaran para cada periodo para el que se presente cuenta de resultados. Si las ganancias por acción diluidas se presentan al menos para un periodo, se presentaran para todos los periodos sobre los que se informe, incluso si coinciden con el importe de las ganancias por acción.
La entidad presentara las ganancias por acción básica y diluida, aun en el caso de que los importes fueran negativos.
Bibliografia.
• CINIF, IMCP. (2016). Normas de Información Financiera. México, D.F.: ANFECA.
• http://www.normasinternacionalesdecontabilidad.es/nic/pdf/NIC33.pdf
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