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COMO ES EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIóN PUBLICA PARA EL MUNICIPIO DE TEQUILA JALISCO

Enviado por   •  3 de Enero de 2019  •  27.027 Palabras (109 Páginas)  •  323 Visitas

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Artículo 8.-El Presidente Municipal saliente debe convocar mediante oficio a más tardar 15 días antes a los integrantes electos del Ayuntamiento, para que se presenten el día señalado en La Ley del año de la elección a la hora que se señale en la convocatoria, y les debe tomar la protesta de ley. Si desconoce el domicilio de los integrantes del Ayuntamiento electo, deberá de solicitarlos a las oficinas municipales del partido postulante o a las oficinas del Instituto Federal Electoral. Si el Presidente Municipal saliente no cumple con esa obligación, el Presidente Municipal entrante deberá llamar a los integrantes del Ayuntamiento electos para que se presenten en la fecha del año de la elección a la hora que se señale, en las oficinas de la Presidencia Municipal, rendirá protesta de ley ante el Ayuntamiento, y posteriormente, el propio Presidente debe tomar dicha protesta a los demás miembros del Ayuntamiento.

Artículo 9.- El día señalado en la Ley del año en que se hayan efectuado elecciones para renovar el Ayuntamiento, se debe celebrar a las 12:00 (doce) horas sesión solemne en el lugar donde previamente el Ayuntamiento determine por acuerdo, para el efecto de tomar protesta de ley a los integrantes electos del Ayuntamiento.

Artículo 10.-Los integrantes del Ayuntamiento electo que por algún motivo no se presenten en la fecha indicada en que debieran de rendir la protesta de ley y que no justifiquen su inasistencia con causa justificada calificada por el Ayuntamiento, se harán acreedores a una amonestación de acuerdo con lo dispuesto en la Ley correspondiente.

Artículo 11.- La sesión solemne de instalación de Ayuntamiento, se sujeta al siguiente procedimiento:

- La sesión solemne da inicio con honores al Lábaro Patrio y la entonación del Himno Nacional Mexicano;

- Una vez concluidos los honores al Lábaro Patrio, el Presidente Municipal saliente, si así lo considera podrá hacer uso de la voz para dirigir un mensaje a los asistentes al acto, el cual no podrá prolongarse por más de 15 minutos.

- El Secretario saliente haciendo uso de la voz, dará lectura a las constancias de mayoría y de representación proporcional y, en su caso, a los puntos resolutivos de las sentencias judiciales relativas al proceso electoral municipal;

- Hecho lo anterior, el Presidente Municipal saliente, se pone de pie y al efecto hacen lo propio los presentes y tomará la protesta de Ley a los demás integrantes del H. Ayuntamiento entrante, en los siguientes términos:

- “¿Protestan cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado y las leyes, reglamentos y acuerdos que de una u otra emanen, así como desempeñar leal y eficazmente el cargo de Presidente Municipal, Síndico y Regidores que los ciudadanos del Municipio de Tequila les han conferido, observando en todo por el bien y la prosperidad del Municipio?”

- A lo que cada munícipe entrantes contestará, con el brazo derecho extendido al frente:

- “Sí, protesto”.

- El Presidente Municipal saliente, a su vez contesta:

- Si no lo hicieren, que el Municipio y el pueblo se los demanden.

V. En el supuesto de que el Presidente Municipal saliente no asista a la sesión, el Presidente Municipal entrante se pone de pie y al efecto hacen lo propio los presentes. Aquel presta la siguiente protesta con el brazo derecho extendido al frente:

- “Protesto cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado y las leyes, reglamentos y acuerdos que de una u otra emanen, así como desempeñar leal y eficazmente el cargo de Presidente Municipal que los ciudadanos del Municipio de Tequila me han conferido, observando en todo por el bien y la prosperidad del Municipio. Si así no lo hiciere, que el pueblo y el Municipio de Tequila me lo demanden”.

- Una vez rendida la protesta de ley, el Presidente Municipal entrante toma la protesta a los integrantes del Ayuntamiento presentes, quienes permanecen de pie, en los términos siguientes:

- “¿Protestan cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado y las leyes, reglamentos y acuerdos que de una u otra emanen, así como desempeñar leal y eficazmente el cargo de integrantes del Gobierno Municipal que los ciudadanos del Municipio de Tequila les han conferido, observando en todo por el bien y prosperidad del Municipio?”.

- A lo que cada uno de los munícipes electos contestará, con el brazo extendido al frente:

- “Sí, protesto”.

- Acto seguido, el Presidente Municipal dirá:

- “Si así no lo hicieren, que el pueblo y el Municipio de Tequila se los demanden”. VI. Una vez rendida la protesta, el Presidente Municipal entrante puede hacer uso de la voz máximo 15 minutos para dirigir un mensaje a los asistentes al acto; y

VII. Concluido el mensaje del Presidente Municipal entrante, el Presidente Municipal saliente o, en su defecto, el Secretario, levanta la sesión, citando a sesión al día siguiente, fecha en la cual el Ayuntamiento entrante iniciará sus funciones.

Artículo 12.- Los Ediles electos del H. Ayuntamiento que no se presenten en la sesión solemne, deben rendir protesta en la siguiente sesión del Ayuntamiento.

Cuando exista causa justificada, así calificada por el H. Ayuntamiento, los munícipes pueden rendir la protesta de ley dentro de los noventa días siguientes.

CAPÍTULO III

ENTREGA-RECEPCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL.

Artículo 13.- El proceso de entrega-recepción de la Administración Pública Municipal consta de las siguientes etapas:

- A más tardar 45 días antes de la fecha de entrega – recepción se reunirán dos comisiones que se encargarán de dicha entrega – recepción de los diferentes conceptos que integran la Administración Pública Municipal, la primera que se integrará por tres miembros de la administración saliente, propuestos por el Presidente Municipal saliente y aprobados en su caso por el Ayuntamiento; y la segunda, por la administración entrante, también integrada por tres miembros que serán nombrados por el Presidente Municipal Electo.

- Las comisiones de entrega – recepción podrán reunirse las veces que lo consideren necesario,

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