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Caso manuel gonzales negocios internacionales 2

Enviado por   •  10 de Febrero de 2018  •  3.157 Palabras (13 Páginas)  •  635 Visitas

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Por lo tanto, con la frase de ser cuidadosos en el endeudamiento en moneda extranjera, se refiere a que los empresarios si desean aprovechar las tasas de interés bajas deberán pedir los créditos a corto plazo para poderlos pagar sin verse afectado con el cambio de la economía.

6. Al margen de las dificultades conceptuales de Manuel González sabe que el negocio sigue adelante y con todo y dudas decidió hace varios años internacionalizarse y no puede dar marcha atrás de un momento a otro considerando que el 60% de los ingresos de la empresa son por cuenta de NEGOCIOS INTERNACIONALES. Manuel desea que los consultores que leen en este momento este documento le ayuden a tomar decisiones financieras a partir de la siguiente información:

El mes pasado Manuel decidió aceptar un pedido hacia la India, y más precisamente hacia Bombay sitio de buena acogida de su productos por las características especiales de producto. El valor de la exportación fue de 450.000,oo USD FOB para lo cual, Manuel sabe que el costo será del 35% de materias primas importadas.

Primero que todo, el tipo de Incoterms seleccionado le sirve al señor Manuel para desligarse de asumir los costos derivados algún daño en la mercancía ya que éstos serían asumidos por el comprador de la India, hasta aquí el señor Manuel hizo una buen acuerdo de exportación.

Para llevar a cabo este proceso, Manuel sabe por las reflexiones iniciales que la tasa de cambio aún es volátil, pero necesita tomar decisiones:

El total que deberá asumir el señor Manuel por la exportación equivaldría a 157.500.00 USD, los cuales representan el costo de la materia prima que deberá importar para producir su mercancía.

- Aceptar una L/C de exportación por los 450.000,oo USD pagadera a 6 meses. Deberá entonces contratar un Forward a 180 días para asegurar una tasa de cambio previsible, teniendo en cuenta la fecha inicial del 21 de Agosto de 2015 y asegurarse un valor cierto en pesos para la fecha de monetización de las divisas.

El valor del dólar al 21 de agosto de 2015 fue de $3,053.65 (Tres Mil Cincuenta y Tres Pesos Con Sesenta y Cinco Centavos) y seis meses después, es decir, el 21 de febrero de 2016 fue de $ 3,356.78 (Tres Mil Trescientos Cincuenta y Seis Pesos Con Setenta y Ocho Centavos), conociendo estos valores si el señor Manuel hace el contrato Forward a 180 días debería pagar $480’949.875 (Cuatrocientos ochenta millones novecientos cuarenta y nueve mil ochocientos setenta y cinco pesos), mientras que si no hace el contrato Forward el 21 de Febrero de 2016, tendría que pagar $528.692.850 (Quinientos veintiocho millones seiscientos noventa y dos mil ochocientos cincuenta pesos).

Por lo tanto, la mejor opción es hacer el contrato forward para que el señor Manuel se ahorre $47’742.975 (Cuarenta y siete millones setecientos cuarenta y dos mil novecientos setenta y cinco pesos), lo cual equivale a un ahorro de 9.03% aproximadamente.

- Hacer un crédito con un Banco en Colombia por el valor del 35% de las divisas, liquidado con la tasa de cambio del 21 de Agosto de 2015, pero aún no sabe si hacerlo en M.E. o en M.L. Si lo realiza en M.E. sabe que la tasa de interés será LIBOR más 3% a 6 ó PRIME RATE más 2% o si lo hace en pesos será por la línea BANCOLDEX al DTF más 8% correspondiente al SPREAD del Banco. El asesor entonces deberá definir cuál de los tres créditos es menos costoso y en el caso de Bancoldex cuál es la mejor línea de crédito al aire para tomar la mejor decisión.

“La Libor (London Interbank Offered Rate) es una tasa de interés determinada por las tasas que los bancos, que participan en el mercado de Londres”. Tomado de http://www.banrep.gov.co/es/libor.

La tasa Libor a 6 meses tiene un valor porcentual de 0.90415% para financiación a 6 meses, por lo tanto, si el señor Manuel toma el crédito con este tipo de tasa asumiendo un 3% adicional, y contando con que la tasa de interés es compuesta debería pagar una tasa de 3.90415%, lo cual equivaldría a;

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“La Prime rate es un indicador de la tasa de interés más baja para préstamos ofrecida por los bancos a sus mejores clientes comerciales”. tomado de http://www.banrep.gov.co/es/prime.

La tasa de interés Prime Rate tiene un valor porcentual de 3,50% mas el 2% que deberá asumir, equivaldría a una tasa de 5.50%, lo cual financiado a 6 meses equivaldría a:

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La tasa de captación mensual (DTF) de Bancoldex, tenía un valor porcentual a agosto de 2015 de 4,47% EA, lo cual equivaldría a una tasa mensual de 0.3651%, mas el 8% adicional que deberá asumir da un valor de 8.3651%, sin embargo, si hace un crédito para microempresarios de Bancoldex, tendría una tasa de redescuento de 3.60% EA (0.2952% mensual), entonces el valor de la tasa de interés sería 8,0699%

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Por lo tanto, la mejor opción de crédito para el señor Manuel es la Tasa de Interés Libor.

- Ahora, sólo por curiosidad, Manuel desea saber, cuál es el valor en Rupias que el importador deberá pagar.

El Importador deberá pagar 29.962,47 Rupias.

- Como Manuel es un exportador y a la vez un importador le pide a sus asesores que le indiquen qué legislación existe en los temas de mercado cambiario a fin de tenerla en cuenta toda vez que ha escuchado que las sanciones cambiarias por desconocimiento son muy fuertes. Por tanto pide repasarla y tener mayor claridad por parte de los asesores a fin de realizarles algunas preguntas.

Las leyes que existen para el mercado cambiario según la página oficial del Banco de la República de Colombia, son:

- Constitución Política de Colombia 1991 (Artículos 113,150,189,371,372 y 373)

- Ley Marco de Cambios Internacionales (Ley 9 de 1991). Por la cual se dictan normas generales a las que deberá sujetarse el gobierno Nacional para regular los cambios internacionales y se adoptan medidas complementarias

- Normas del Banco de la República.

- (Ley 31 de 1992). Ley 31 de 1992. Por la cual se dictan las normas a las que deberá sujetarse el Banco de la república para el ejercicio de sus funciones, el Gobierno para señalar el régimen

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