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EL GRAN TRABAJO SOCIEDADES

Enviado por   •  26 de Abril de 2018  •  1.019 Palabras (5 Páginas)  •  428 Visitas

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PREGUNTA 3:

Una vez firmada la escritura de constitución sabiendo que hablamos de una sociedad mercantil, no es requisito “ad solemnitatem” del contrato de sociedad,es decir, que no es necesario para que la sociedad empieze a funcionar ,eso si, la falta de inscripción dará lugar a una Sociedad Irregular. En nuestro caso,al inscribirlo 6 meses más tarde en el RM, ha pasado de ser una Sociedad en Formación durante estos 6 meses hasta ser una Sociedad Limitada( SL).

Requisitos para poner en marcha la sociedad:

-Antes de poder inscribirse en el RM es necesario pedir el certificado negativo de denominación social, es decir, el certificado que acredita que el nombre elegido por la sociedad no es utilizado por ninguna otra anteriormente.

-Una vez obtenido el certificado anterior es necesario abrir una cuenta bancaria a nombre de la sociedad con el capital mínimo exigido, en este caso de 3.000 euros.

-Redacción de los Estatutos Sociales, en este caso como el enunciado nos indica ya fueron redactados y posteriormente firmados en su estancia en Portugal.

- Tras la firma de las escrituras, es necesario dirigirse a Hacienda para obtener las tarjetas y etiquetas definitivas, así como el NIF provisional de la sociedad. Por su parte la sociedad tendrá que presentar el modelo 036, la fotocopia del dni del firmante y la fotocopia escritura constitución de la sociedad, obtenida en el notario. De esta forma se le asignará el NIF provisional que tiene un plazo de 6 meses para poder canjearlo por el definitivo. Posteriormente, deberás presentar el modelo 036 de la declaración censal junto con el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), indicando el comienzo de la actividad o actividades que vas a desarrollar y cuáles son las mismas.

-La sociedad ha de inscribirse en el RM de la provincia en la que se ha fijado su domicilio social. Para ello, tiene un plazo de dos meses desde la obtención de la escritura de la constitución y necesita aportar la siguiente documentación:

Copia auténtica de la escritura de constitución de la nueva sociedad, certificación negativa denominación social, copia del NIF provisional.

-Por último deberá canjear en hacienda el NIF definitivo.

PREGUNTA 4:

La Sociedad en este caso queda obligada por la deuda adquirida con MEDIAMARKT por la compra de los ordenadores, ya que si observamos el régimen aplicable de una Sociedad en Formación que es el tipo de Sociedad hasta la inscripción en el RM podemos ver que hay una excepción en la que la sociedad responderá con el patrimonio que tuviere y subsidiariamente los socios hasta el límite de lo que se hubieran obligado a aportar en los actos y contratos realizados por administradores dentro de las facultades que les confiere la escritura para la fase anterior a la inscripción que es nuestro caso.

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