ESFUERZO Y COLABORACION POR EL DESARROLLO DE LA REGION
Enviado por Jerry • 24 de Enero de 2018 • 4.757 Palabras (20 Páginas) • 429 Visitas
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- Tener el mismo objetivo que persigue el Grupo Asociativo.
- Ser mayor de 18 años y no estar afectado de incapacidad mental.
- Tener domicilio dentro del territorio de operaciones del Grupo Asociativo y tener como ocupación regular las actividades agropecuarias.
- Pagar la cuota de afiliación que esté vigente en el momento de afiliarse
- Las personas interesadas en ingresar al Grupo Asociativo, presentaran solicitud a la Junta Directiva, la que decidirá en un plazo de Quince (15) días. En la solicitud deberá quedar expresa declaración de voluntad de someterse a los Estatutos, anteriores reglamentaciones y normas que rijan al Grupo Asociativo y pagar las cuotas de sostenimiento en la forma como se establezcan estatutariamente.
ARTICULO 15. Son deberes de los afiliados:
- Comprometerse siempre con espíritu cooperativo, tanto con el Grupo Asociativo como con los miembros que lo conforman.
- Utilizar los servicios del Grupo Asociativo y observar la mayor fidelidad en sus transacciones con el.
- Abstenerse de ejecutar o incurrir en omisiones que afecten o puedan afectar la estabilidad económica y financiera del Grupo Asociativo y especialmente guardar la mayor lealtad en sus actividades.
- Asistir a la reunión general y participar de las deliberaciones, tomar decisiones, votar con responsabilidad y trabajar activamente en la ejecución de los planes y programas y estar a paz y salvo por todo concepto con el Grupo Asociativo.
- Conocer los estatutos reglamentarios y resoluciones de la junta Directiva , cumplirlos y hacerlos cumplir por parte de los demás afiliados
- Presentar a la junta Directiva programas y planes que puedan servir de base para el mejoramientote la colectividad.
- Acatar las determinaciones tomadas por el Grupo Asociativo de acuerdo a la ley y los estatutos
- Tomar parte de los programas de capacitación que ofrece las diferentes entidades del gobierno que tienen acción en el domicilio del Grupo Asociativo.
- Dar a los bienes del Grupo Asociativo el uso para el cual están destinados y cuidar de su conservación y mantenimiento.
- El asociado que por retiro voluntario dejará de pertenecer al Grupo Asociativo y desee afiliarse nuevamente a el, deberá acreditar los requisitos exigidos para los nuevos asociados, pero tal admisión sólo podrá concederse tres (3) meses después de su retiro.
ARTICULO 16. Derechos de los miembros:
- Hacer uso de los servicios del Grupo Asociativo en todos los aspectos de acuerdo a los estatutos.
- Participar en la administración del Grupo Asociativo, desempeñando cargos sociales mediante las condiciones establecidas en los estatutos y futuras reglamentaciones procurando el progreso y prestigio de la organización.
- Ejercer el derecho al sufragio en las elecciones que realice la organización según el principio de que a cada afiliado hábil corresponde un solo voto.
- Fiscalizar la gestión económica del Grupo Asociativo, pudiendo examinar los libros , inventarios y balances en asocio de un miembro del comité de vigilancia y /o fiscal.
- Beneficiarse de los programas educativos que se realicen a todo nivel.
- Retirarse voluntariamente del Grupo Asociativo mientras este no se haya disuelto, de acuerdo a los estatutos y futuras reglamentaciones.
- Elegir y ser elegido para desempeñar cargos dentro del Grupo Asociativo.
- Participar dentro de las deliberaciones de la asamblea general y votar para tomar decisiones correspondientes.
- Fiscalizar las cuestiones económicas de la directiva, examinar los libros o documentos , solicitar informe al presidente o a cualquier miembro de la junta directiva.
- Asistir a las reuniones de la junta Directiva en las cuales tendrá voz pero no voto
- Beneficiarse de los programas que se realicen a todo nivel y ocupación
- Beneficiarse de los programas de capacitación que ofrecen las diferentes entidades del Gobierno.
ARTICULO 17. La calidad de miembro se pierde por:
- Retiro voluntario
- Retiro forzoso
- Fallecimiento del asociado. En caso de este, los herederos tendrán los mismos derechos y deberes de los asociados y estos continuarán en calidad de miembros.
- La no asistencia en reuniones ordinarias o extraordinarias del Grupo Asociativo en tres (3) veces consecutivas, sin causa justificada.
- Por no participar activamente en los planes de trabajos programados por el Grupo Asociativo, sin causa justificada.
- Por incumplimiento en el pago de las cuotas asignadas por el Grupo Asociativo.
- Por negarse a recibir capacitación, por parte de las diferentes entidades del Gobierno que buscan un progreso del Grupo Asociativo.
- Decisión de la asamblea general de afiliados mediante voto favorable de la mitad más uno de los asociados, caso en el cual se oirá previamente a la persona en cargos y descargos.
- Por exclusión el retiro no podrá afectar en ningún caso el número de afiliados que establece la ley para el funcionamiento de este Grupo Asociativo y según futuras reglamentaciones legales. El retiro no podrá efectuarse mientras hayan obligaciones pendientes de afiliados para con el Grupo Asociativo.
PARAGRAFO: El retiro voluntario deberá solicitarse por medio de la junta Directiva y se resolverá dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la solicitud.
ARTICULO 18. El afiliado que pierda uno o algunos de los requisitos para ser admitido como afiliado dejará de serlo y así deberá declararlo la junta Directiva, por medio de comunicación escrita o verbal ante dos testigos afiliados activos y miembros del Grupo Asociativo.
ARTICULO 19. Las personas que hayan perdido su calidad de afiliado por cualquier motivo, tendrán derecho a recurrir ante la misma junta Directiva en solicitud de reposición quien resolverá en única instancia.
ARTICULO 20. A los asociados
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