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POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL DE GUADALAJARA DE BUGA, 2008 – 2011 “BUGA FUENTE DE PROGRESO Y DESARROLLO REGIONAL”

Enviado por   •  25 de Noviembre de 2018  •  56.069 Palabras (225 Páginas)  •  405 Visitas

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Se han definido los siguientes Objetivos generales para el Plan de Desarrollo BUGA FUENTE DE Y PROGRESO Y DESARROLLO REGIONAL.

A. EJE 1. DESARROLLO HUMANO: BUGA FUENTE DE EQUIDAD E INCLUSIÓN: Generar condiciones de desarrollo para la población que permita avanzar en la superación de todas las formas de exclusión social y en el mejoramiento de las condiciones de salud, educación, hábitat y vivienda. Búsqueda de igualdad de oportunidades para los niños y niñas, niñas, adolescentes, jóvenes, mujeres, grupos étnicos, población en situación de discapacidad o de población carcelaria; que permitan al Bugueño (a), disfrutar al máximo de la opción que elijan para su realización; una sociedad en la que todos y todas los (as) bugueños y bugueñas, tengan la posibilidad de influir, a través de su participación informada, ilustrada y organizada en las decisiones que afectan su vida.

B. EJE 2. CONVIVENCIA, JUSTICIA RESTAURATIVA Y SEGURIDAD. Promover la convivencia a través del fortalecimiento de los mecanismos de resolución pacifica de los conflictos, así como garantizar o restaurar la convivencia en situaciones críticas a través de la actuación de los organismos de seguridad del Estado buscando la aplicación de la justicia restaurativa para las victimas de la violencia.

C. EJE 3. VOLVAMOS AL CAMPO. DESARROLLO PARA PEQUEÑOS PRODUCTORES DE ECONOMÍA CAMPESINA. Contribuir a generar condiciones de sostenibilidad en el sector agropecuario a través de la promoción y fortalecimiento de las asociatividad y del fomento a la producción, transformación y comercialización agrícola, pecuaria y forestal.

D. EJE 4.MEDIO AMBIENTE, SANEAMIENTO Y GESTIÓN TERRITORIAL MUNICIPAL Mejorar la calidad ambiental en el Municipio de Buga en los componentes de agua, aire, suelo para lo cual Buga será espacio de encuentro y coordinación de acciones con las diferentes autoridades ambientales: CVC y Ministerio del Medio Ambiente y atendiendo los parámetros y directrices normativos vigentes a nivel nacional e internacional previstas para la protección del Medio ambiente, asi como el desarrollo armónico regional y condiciones mínimas para el desarrollo de las acciones municipales con sanidad.

E. EJE 5. TURISMO, CULTURA, DEPORTE Y RECREACIÓN. Buga Epicentro del Territorio Paraíso Posicionar a Buga como el epicentro del Territorio Paraíso desarrollando y consolidando la oferta urbana y rural turística, fomentando y difundiendo la cultura y los deportes.

F. EJE 6. BUGA CENTRO COMPETITIVO DEL VALLE CON PROYECCIÓN AL PACÍFICO Posicionar a Buga como centro competitivo del Valle con proyección al pacífico a través del mejoramiento de la conectividad vial y férrea, la movilidad vial urbana y rural, la dotación de infraestructura básica y el mejoramiento del entorno empresarial.

G. EJE 7. FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, GOBERNABILIDAD Y TRANSPARENCIA. SECTOR GOBIERNO. Consolidar la política de gerencia pública mediante el fortalecimiento de las finanzas; la calidad, eficiencia y transparencia en la prestación de los servicios; los sistemas de planeación, seguimiento, evaluación y control; la gestión de recursos, mejoramiento de la infraestructura de la administración municipal y la implementación del gobierno electrónico para recuperar la credibilidad y afianzar la gobernabilidad y la transparencia de la gestión pública local, con autocontrol interno y direccionamiento administrativo que guarde el orden y salvaguarde los recursos públicos.

ARTÍCULO SEXTO. INCORPORACIÓN DE LOS DOCUMENTOS: Son parte de este Plan de Desarrollo los documentos síntesis de la consulta ciudadana para la formulación del mismo: “Diagnostico Participativo Urbano por Comunas”, “Síntesis Diagnostica por Sectores”, “Actualización Diagnostico zona rural”. Además del Plan Estratégico y el Plan Plurianual de Inversiones y la parte operativa del Plan

ARTICULO SÉPTIMO. DE LOS PRINCIPIOS DEL PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL 2008-2011 BUGA FUENTE DE PROGRESO Y DESARROLLO EN MATERIA DE PLANIFICACIÓN.

a. AUTONOMÍA. Hace referencia al ejercicio de las funciones en materia de planificación con estricta sujeción a las atribuciones que corresponden al Municipio asignadas en la Constitución y la ley, así como a las disposiciones y principios contenidos en la Ley Orgánica de Planeación y las demás que la adicionen y reglamenten..

b. ORDENACIÓN DE COMPETENCIAS. En el contenido de los planes de desarrollo se tendrán en cuenta, para efectos del ejercicio de las respectivas competencias, la observancia de los criterios de concurrencia, complementariedad y subsidiariedad.

c. COORDINACIÓN. Las autoridades de planeación del orden nacional, regional y de las entidades territoriales, deberán garantizar que exista la debida armonía y coherencia entre las actividades que realicen a su interior y en relación con las demás instancias territoriales, para efectos de la formulación, ejecución y evaluación de sus planes de desarrollo.

d. CONSISTENCIA. Con el fin de asegurar la estabilidad macroeconómica y financiera, los planes de gasto derivados de los planes de desarrollo deberán ser consistentes con las proyecciones de ingresos y de financiación, de acuerdo con las restricciones del programa financiero del sector público y de la programación financiera para toda la economía que sea congruente con dicha estabilidad.

e. PRIORIDAD DEL GASTO PÚBLICO SOCIAL. Para asegurar la consolidación progresiva del bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población, en la elaboración, aprobación y ejecución de los planes de desarrollo de la nación y de las entidades territoriales se deberá tener como criterio especial en la distribución territorial del gasto público el número de personas con necesidades básicas insatisfechas, la población y la eficiencia fiscal y administrativa, y que el gasto público social tenga prioridad sobre cualquier otra asignación.

f. CONTINUIDAD. Con el fin de asegurar la real ejecución de los planes, programas y proyectos que se incluyan en los planes de desarrollo nacionales y de las entidades territoriales, las respectivas autoridades de planeación propenderán por que aquellos tengan cabal culminación.

g. PARTICIPACIÓN. Durante el proceso de discusión de los planes de desarrollo, las autoridades de planeación velarán porque se hagan efectivos los procedimientos de participación ciudadana previstos en la presente ley.

h. SUSTENTABILIDAD AMBIENTAL. Para posibilitar un desarrollo socio-económico en armonía con el medio natural, los planes de desarrollo deberán considerar

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