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El contribuyente debe pagar la sanción y los intereses moratorios?

Enviado por   •  3 de Junio de 2018  •  1.200 Palabras (5 Páginas)  •  405 Visitas

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En primer lugar, se vulneró el princio de justicia del sistema tributario, toda vez que la finalidad de la sanciones no es otro que castigar por el incumplimiento al contribuyente que se aparta de manera injustifiadaa del cumplimiento de sus obligaciones triburios, lo cual en el caso concreto no se presenta, toda vez que el contribuente cumplio con sus obligaciones de presentación y pago de sus obligaciones a cargo. El error cometido es subsanable, toda vez que este no afecta el contenido de la obligación. Asi la cosas, lo mas justo para subsanar el error cometido es dar la oportunidad al contribuyente para que subsane sin lugar a sanciones por ningún concepto.

En segundo lugar, se violó el principio de equidad, puesto que al ciudadano cumplió, pero por error del cajero no se presento la declaración ante el banco, como lo exigia la dian, en razón de ello, se le impuso una carga desproporcionada, vale decir, la obligación del volver a realizar el pago y el pago de las sanciones. Sin tener en consideración que se cumplieron los fines establecidos constitucionalmente, con la actuación realizada por el contribuyente, puesto que se suministro la información de las rentas de manera virtual y se realizó el pago en la fecha oportuna, lo cual hace excesiva cualquier pago de alguna sanción o multa.

Asimismo, se vulneró el principio de Principio De Nulla Poena Sine Culpa, ya que es este caso se esta imponiendo una responsabilidad objetiva en cabeza del contribuyente, lo que claramente es inconstitucional, como lo ha señalado de manera reiterada la corte constitucional, ya que en el régimen sancionatorio tributario, tiene plena vigencia el principio de culpabilidad.

Igualmente, se encuentra se que se vulneró el principio de legalidad, ya que la actuación de la Dian, desconoce los preceptos del estatuto tributario que establece que el contribuyente puede subsanar errores de la declaración, siempre y cuando no se varie el valor del impuesto.

Por otro lado, se violarón el principio de prevalencia del derecho material, sobre el sustancial y el del debido proceso, toda vez que no se tuvo en cuenta que el contribuyente hizo el pago y presentó la información de manera virtual, se cumplio con la obligación sustancial, pago y entrega de información virtual, y además que el error no es atribuible al declarante, sino a la entidad encargada de recibir la declaración, por la omsion de sus obligaciones.

Finalmente, también puede decirse que se vulnero el principio de justicia material, toda vez que se torna desproporcionada la exigencia del pago de sanciones, en razón de que el daño producido por el error, no afecta de manera grave intereses jurídicos de la administración.

Cuál es la responsabilidad del agente recaudador en este caso?

La relación contractual entre la Dian y el recaudador de impuestos, genera unas obligaciones en este ultimo, parte de dichas obligaciones es encuentran establcidas en la resolución de la DIAN No. 0478 del 2000. Dentro de las cuales se encuentra la obligación de verificación de la declaración de renta, obligación que fue claramente incumplida por la entidad recaudadora, lo cual puede desdencadenar en una declaratoria de responsabilidad, en caso de que se cause perjucios económicos a la dian o al contribuyente.

Asi las cosas, la entidad recaudadora debio exigirle al contribuyente la exhibición de la declaración para su verificación y recepción, como este obligación se incumplio, la responsabilidad recae sobre la misma.en mayor medida.

BIBLIOGRAFÍA

. Constitución Política de 1991

Estatuto Tributarío. DECRETO 624 DE 1989.

Corte Constituional. Sentencia C-690 de1996

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Resolución No. 0478 del 2000.

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