FIANZA MERCANTIL
Enviado por Rebecca • 27 de Diciembre de 2017 • 3.474 Palabras (14 Páginas) • 363 Visitas
...
ELEMENTOS PERSONALES
EN EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO INTERVIENEN POR UNA PARTE, LA ARRENDADORA FIANCIERA Y POR OTRA EL ARRENDATARIO.
PARA LOGRAR SER ARRENDADORA SE NECESITA SE REQUIERE DE LO SIGUENTE:
1.-SER UNA PERSONA MRAL CONSTITUIDA COMO SOCIEDAD ANONIMA.
2.-CONSTITUIRSE COMO SOCIEDADES DE CPITAL FIJO O VARIABLE.
3.-CONSTITUIRSE EN ESCRITURA PUBLICA, LA CUAL DEBE SER APROBADA POR LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBICO.
4.-NO PUEDE SER ACCOINISTA DE LAS ARRENDADORAS FIANACIERAS LOS EXTRANJEROS Y LAS INSTITUCIONES DE FIANZAS.
5.-LA DURACION SERA DEFINIDA O INDEFINIDA.
6.-EL CAPITAL MINIMO PARA CONSTITUIRSE Y SEGUIR OPERANDO SERA EL QUE FIJE ANUALMENTE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.
LA ARRENDATARIA DEBE CUMPLIR SI SE TRATA DE PERSONA FISICA TENER CAPACIDAD DE GOCE Y EJERCICIO Y SI SE TRATA DE PERSONA MORAL ESTAR DEBIDAMENTE CONSTITUIDA COMO TAL, CON NUESTRAS LEYES SU REPRESENTANTE LEGAL CUENTA CON FACULTADES DE ADMINISTRACION Y PARA RECIBIR TITULOS DE CREDITO.
OBJETO
EL OBJETO DE ARRENDAMEINTO DEBERA CELEBRARSE SOBRE BIEN INMUEBLE, SIENDO ESTE EL MAS COMUN, RESPECTO DE BIENES DE CAPITAL O DE CONSUMO DURADERO.
ELEMENTOS DE EXISTENCIA
EL PERFECIONAMIENTO DEL CONSENTIMIENTO, DICHO SONSENTIMIENTO DEBERA OTORGARSE POR ESCRITO Y RATIFICARSE ANTE LA FE DEL NOTARIO PUBLICO TITULADO Y QUEDAR INSCRITO EN REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO.
FORMA
DEBE CONSTAR POR ESCRITO ADEMAS DEBERA CELEBRARSE ANTE UN FEDATRIO PUBLICO Y QUEDAR INSCRITO EN EL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO.
VENTAJAS
&.-FINANCIAMIENTO TOTAL DEL VALOR ACTIVO ARRENDADO Y DE LOS COSTOS INVOLUCRADOS EN LA AJENACION DEL BIEN.
&.-CREDITOS A LARGOS PLAZOS, TRES AÑOS EN PROMEDIO.
&.-MAYOR AGILIDAD DE RESPUESTA QUE LA QUE TIENE EL CREDITO BANCARIO.
&.-FACILIDAD DE ADAPTARSE AL PERFIL DE PAGOS Y LA LIQUIDEZ DE LOS ARRENDATARIOS.
&.-CREDITO DE BAJO RIESGO AL CONTAR CON LA GARANTIA DEL ACTIVO ARRENDADO.
&.-CREDITO RELACIONADO CON LA FORMACION DE CAPITALEN SECTORES PRODUCTIVOS.
OPERACIONES DE LAS ARRENDADORAS FIANANCIEREAS
EL ARTICULO 24 DE LA LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DE CREDITO SEÑALA QUE LAS ARRENDADORAS FINANCIERAS ESTAN AUTORIZADAS PARA LLEVAR A CABO LAS OPERACIONES DE CELEBAR CONTRATOS, ADQUIRIR BIENES PARA DARLOS EN ARRENDAMIENTO ADQUIRIR BIENES EN FUTURO, OBTENER PRESTAMOS,EMITIR OBLIGACIONES SUBORDINADAS Y DEMAS TITULOS DE CREDITOS.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA ARRENDADORA FINACIERA
DERECHOS
1.-EL ARRENDATRIO DEBERA HACER PAGOS PARCIALES AL ARRENDADOR EN CANTIDAD DE DINERO DETERMINADO O DETERMINABLE.
2.-EN CASO DE DESPOJO DE PERTURBACION O CUALQUIER ACTO DE TERCEROS QUE AFECTEN EL USO Y GOCE TEMPORAL DE LOS BIENES.
3.-EN LAS POLIZAS DEBE SEÑALARSE LA ARRENDADORA FINANCIERA PARA QUE CUBRAN LOS SALDOS PENDIENTES DEL PRECIO ACORDADO.
4.-PEDIR JUDICIALMENTE LA POSESION DE LOS BIENES, OBJETO DEL ARRENDAMENTO CUANDO AL SER EXIGIBLE LA OBLIGACION EL ARREENDATARIO INCUMPLA CON LAS OBLIGACIONES DESIGNADAS EN EL CONTRATO.
OBLIGACIONES
A).-ADQUIRIR DETERMINADOS BIENES QUE LA SEÑALE EL ARRENDATARIO.
B).-RESPETAR LA OPCION TERMINAL CUANDO EL ARRENDATARIO LO SEÑALE EN EL CONTRATO.
C).-ENTREGAR LOS BIENES QUE SE DAN EN ARRENDAMIENTO YA SEA POR ELLA MISMA, PROVEEDOR, FABRICANTE O CONSTRUCTOR.
D).-ENTREGAR AL ARRENDATARIO LOS DOCUMENTOS NECESARIOS.
E).-LEGITIMAR AL ARRENDATARIO PARA QUE EN SU REPRESENTACION EJERCITE LAS ACCIONES O DEFENSAS.
F).-SI ADQUIERE UN BIEN POR INCUMPLIMIENTO DEL ARRENDATARIO Y NO REALIZA EL ARRENDAMIENTO DE DICHO BIEN A UN TERCERO, DEBERA REALIZAR SU RENTA.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO
DERECHOS
- SELECCIONAR AL PROVEEDOR, FABRICANTE O CONSTRUCTOR Y AUTORIZAR LOS TERMINOS CONDICIONES Y ESPECIFICACIONES.
- QUE LA ARRENDADORA LE TRASMITA LOS DERECHOS COMO COMPRADOR PARA QUE EJERCITE EN CONTRA DEL VENDEDOR, FABRICANTE O CONSTRUCTOR.
- REALIZAR LAS ACCIONES QUE CORRESPONDAN PARADEFENDER EL USO Y GOCE DE SUS DERECHOS.
- ADOPTAR ALGUNA DE LAS OPCIONES TERMINALES QUE ESTABLECE EL ARTICULO 27 DE LA LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DEL CREDITO.
OBLIGACIOENES
&.-PAGAR POR EL ARRENDAMIENTO DEL BIEN LAS CONTRAPRESTACIONES EN PAGOS PARCIALES.
&.-RESPONDER POR LOS DAÑOS Y PREJUICIOS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO A LA ARRENDADORA.
&.-CONSERVAR LOS BIENES EN EL ESTDO QUE PERMITA EL USO NORMAL DANDOLE EL MANTENIMIENTO ADECUADO.
&.-ADQUIRIR LAS REFACCIONES O IMPLEMENTOS NECESARIOS PARA LOS BIENES.
&.-EN CASO DE DESPOJOS, PERTURBACION O CUALQUIER ACTO A TERCEROS QUE AFECTAN EL USO O GOCE DE LOS BIENES.
&.-CONTAR CON UN SEGURO DE GARANTIA DE LOS RIESGOS DEL BIEN O BIENES.
FACTORAJE FIANCIERO
ES UN CONTRATO DE RECIENTE CREACION, REGULADO POR LA LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DEL CREDITO.
...