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Implementación del pago del MonotrIbuto en los barrios La Esperanza y San Diego de la Localidad de Bosa

Enviado por   •  24 de Octubre de 2018  •  4.049 Palabras (17 Páginas)  •  475 Visitas

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- MARCO REFERENCIAL

4.1 Marco teórico

Para enfocarnos en el planteamiento sostenible de una teoría, requerimos de un área en donde nos sea brindada una contextualización oportuna del concepto de impuesto y/o MonotrIbuto y de esta manera poder identificar el porcentaje que buscamos. Por lo tanto el área más apropiada es la economía el cual abarca de manera explícita la problemática planteada, por medio de la reforma tributaria, establecida en Colombia en el presente año.

Con lo procedentemente nombrado, podemos darle continuación al concepto base que palpa el MonotrIbuto, este concepto como ya es bien sabido es el de Impuesto, sin embargo este contiene muchos elementos, por lo tanto pueden existir diversas definiciones que lo sustenten, nosotras daremos la más amplia y acorde a la investigación. Viti de Marco define: “El impuesto es una parte de la renta del ciudadano, que el Estado percibe con el fin de proporcionarse los medios necesarios para la producción de los servicios públicos generales” (Flores Zavala, Ernesto.1946), por tal motivo el MonotrIbuto es declarado como un tipo de impuesto que está sujeto a los propósitos que hace la hacienda pública, anexo a esto es un mecanismo que esta enganchada al sistema político que maneja el país actualmente.

Es decir que la necesidad de recaudar impuestos para satisfacer las necesidades de la sociedad, ha sido auge en la economía, desde entonces se ha conocido una herramienta de política fiscal, conocida como “cultura tributaria”, siendo este un mecanismo que aporta ayuda a los sistemas tributarios, aunque este no es un concepto muy conocido ya que esta en estudios previos, sin embargo hay un político colombiano Paul Bromberg, el cual le dio una definición global a esta herramienta, él define la cultura tributaria como un “conjunto de acciones con pretensión de sistematicidad que se financian mediante presupuesto de inversión y se diseñan con objetivos directos e impactos indirectos con el fin de mejorar la disposición de un sistema político a aceptar voluntariamente la carga y los procedimientos de tributos, tasas y contribuciones que se destinan a la provisión de bienes y servicios comunes o de bienes y servicios meritorios para el mismo sistema político que decide imponérselas” (Bromberg, 2009. p. 13).

De esta manera se puede hablar del nuevo impuesto a tratar, el cual dio origen con la reforma tributaria estructural que fue aprobada con la Ley 1819 de 2016, el cual trae consigo el nuevo impuesto denominado “MonotrIbuto”, que empezará a regir a partir de enero 1 de 2017, sustituyendo el impuesto sobre la renta y el IVA, puesto que el MonotrIbuto se encarga de estos dos impuestos.

A partir del estatuto tributario, en el libro octavo se obtiene las disposiciones generales sobre la creación de este nuevo impuesto en Colombia, junto con su objetivo, siendo este “reducir las cargas formales y sustanciales, impulsar la formalidad y en general simplificar y facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria de los contribuyentes que voluntariamente se acojan al régimen previsto en el presente capítulo”. (Instituto colombiano de investigación contable y tributario ICICAT,2015, CAPITULO I, Articulo 903)

Lo anteriormente planteado se fundamenta desde los propósitos de la hacienda pública del estado y la necesidad de un sistema tributario equitativo, el cual culmine con la cúspide de la informalidad y junto a ello hacer que la evasión tributaria sea mínima, pues los ciudadanos son importantes en este sistema. De acuerdo con juan camilo Restrepo La hacienda pública hace énfasis en cuatro propósitos fundamentales, el cual son considerables para saber el manejo del MonotrIbuto y un poco de donde tiene auge este mismo. (Restrepo.2012)

constituir una política de recaudos y gastos públicos para el suministro de bienes comunes, puesto que busca satisfacer las necesidades sociales.

El segundo es la redistribución; la tributación debe servir para mejorar la distribución de la riqueza.

La función de la hacienda pública es de carácter primordial en la economía del país, debido a que estabiliza la economía, cooperando con las Políticas, proyectos y estrategias que incentivan la economía.

El cuarto propósito tiene como fin el desarrollo económico, estimulando el ahorro del estado y los contribuyentes, ayudando a reducir la oscilación que a veces se genera en el mercado y por ende afecta la economía, por esta razón modifica la relación de los factores de producción y ayuda a crear condiciones que favorezcan la equidad y justicia.

Del mismo modo hablaremos de la informalidad el cual es una de las constantes que dio auge al MonotrIbuto, puesto que esta es un obstáculo para el desarrollo de la economía y la recaudación tributaria, según diversos economistas y políticos. A consecuencia de este fenómeno, el MonotrIbuto se ha implementado en diversos países de América latina, el cual sostienen una economía con características similares a Colombia.

América latina es un continente diverso y desigual, para establecer el origen de esta informalidad abarcamos al economista José Luis Machinea y el Filósofo Martin Hopenhayn El cual establece que “Esta desigualdad se ha reproducido a través de distintos Mecanismos, tales como los factores socioeconómicos, la educación, la distribución espacial, el género, la adscripción étnica y los comportamientos reproductivos, los cuales se interrelacionan en calidad de causa y efecto” (Machinea y Hopenhayn, 2005).

En efecto, cada uno de los países que promovieron el MonotrIbuto posee este problema, de modo que esta desigualdad trae consigo un reflejo negativo tanto para el estado como para el contribuyente, existiendo una relación inversa entre la tributación y los trabajos informales, ya que al aumentar los trabajos informales el pago de impuestos disminuye, promoviéndose así una invisibilidad laboral.

Con lo anterior podemos hacer una comparación con las palabras que dio a conocer el ministro de hacienda Mauricio Cárdenas refiriéndose al MonotrIbuto de la siguiente manera- dijo” se trata de una reforma estructural, con múltiples objetivos que no buscan nada distinto que atraer a la formalidad y dar más oportunidades. El recaudo es un tema marginal.(El tiempo.2016. Estas serían las tarifas del MonotrIbuto a pequeños negocios. Bogotá: periódico EL TIEMPO. Recuperado de http://www.eltiempo.com/economia/sectores/posibles-impuestos-para-pequenos-negocios-en-reforma-tributaria-2016-36899). En pocas palabras se creó el MonotrIbuto

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