Nuestra petición es motivada por los siguientes hechos
Enviado por Rebecca • 12 de Marzo de 2018 • 1.025 Palabras (5 Páginas) • 377 Visitas
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Fondo para la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT) y mismo que a esta fecha se encuentra insoluto, y por lo tanto el inmueble aquí descrito se encuentra gravado con la hipoteca garante del crédito en comento. Compra-venta y contrato de crédito con garantía hipotecaria que constan en el testimonio público referido en este inciso.
4.2. Bienes muebles (activos):
Menaje de casa habitación de lo que fue nuestro domicilio conyugal.
4.3 Pasivos sociales:
Crédito con garantía hipotecaria otorgado el 05 cinco de Diciembre de 2003 dos mil tres, al suscrito Eduardo Gómez Guerra Ramírez por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), crédito que fue destinado a la adquisición del inmueble descrito en el punto 4.1 inciso. Misma que consta en la escritura pública número 2,316 dos mil trescientos dieciséis, número de crédito 1403205294, otorgada en fecha 05 cinco de Diciembre de 2003 dos mil tres ante Licenciado Francisco Javier Macías Vázquez, Notario Público titular de la notaria 32 de Zapopan, Jalisco. La citada escritura pública se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco, bajo el libro 2838 número 16 folios del 210 al 220, de fecha 27 de Enero de 2004.
5. Entre los otorgantes imperan diferencias insoslayables por las que de común acuerdo decidimos disolver el vínculo matrimonial, en aras de preservar la integridad de nuestro menor hijo y la propia.
Sentado lo anterior, a efecto de dar cabal cumplimiento a lo establecido por el artículo 406 del Código Civil del Estado y el numeral 764 del Enjuiciamiento Civil del Estado de Jalisco, insertamos convenio sujeto al tenor de las siguientes
C l a u s u l a s:
Primera. Ambos acuerdan que durante la tramitación de este procedimiento y ejecutoriada la sentencia tendrán su domicilio de la siguiente forma; la señora Hilda Margarita fajardo pinedo, tendrá su domicilio en la calle -z número -, colonia Lomas de Polanco en Guadalajara, Jalisco; el señor Eduardo Gómez Guerra Ramírez tendrá su domicilio en la calle S-, colonia Parques de Santa Cruz del Valle municipio de Tlaquepaque, Jalisco.
Segunda. Acorde a la fracción V del artículo 764 del enjuiciamiento civil del estado, ambos cónyuges nos constituimos en liquidadores de nuestra sociedad legal, sobre los activos y pasivos que dejamos precisados en el punto 4 cuatro de hechos de este ocurso. A partir de que este H. tribunal apruebe y sancione el presente convenio, los activos y pasivos se liquidan conforme a lo siguiente:
- Respecto al activo consistente en el inmueble descrito en el punto 4.1., de hechos queda en la exclusiva propiedad del señor Eduardo Gómez Guerra Ramírez. Los datos de identificación, antecedentes, título de propiedad y datos de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad del citado inmueble se dan aquí por reproducidos.
El pasivo social que pesa sobre el inmueble referido en el párrafo inmediato anterior, consistente en el crédito con garantía hipotecaria precisado en el punto 4.3., de hechos queda a cargo única y exclusivamente del señor Eduardo Gómez Guerra Ramírez, mismo que asume la totalidad de las obligaciones y derechos que emanan del crédito hipotecario en comento hasta su pago integral.
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