PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS DE LA ASOCIACIÓN POPULAR DE AHORROS Y PRÉSTAMOS
Enviado por monto2435 • 31 de Diciembre de 2018 • 4.311 Palabras (18 Páginas) • 311 Visitas
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Las entidades financieras conceden, con carácter habitual, como importe máximo del préstamo hipotecario el 80% del valor de tasación (Ley de Regulación del Mercado Hipotecario, 2/1981, de 25 de marzo, y disposiciones que la desarrollan). Así ocurre, por ejemplo, con los préstamos hipotecarios de El Monte.
Es importante que recuerde que los gastos de tasación correrán a su cargo, con independencia de que la operación llegue a formalizarse.
Otro de los factores que lógicamente condiciona el importe del préstamo que usted podrá solicitar, son sus ingresos. Como regla general, las entidades financieras podrán recomendarle que, como máximo, se destine un 30% ó 35% de sus ingresos mensuales a hacer frente a la cuota del préstamo. Francisca Silie Valdez 2017-1665
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EL IMPORTE DEL PRÉSTAMO
Para conocer más o menos de forma precisa el importe del préstamo que podrá solicitar, tendrá que tener en cuenta los aspectos que a continuación se mencionan.
El valor de tasación de la vivienda: podrá conocer cuál es el valor del inmueble que va a adquirir realizando una tasación del mismo, por una sociedad independiente reconocida o por los tasadores de la entidad que le conceda el préstamo. Es importante tener en cuenta que las tasadoras se encuentran registradas en el Banco de España. La valoración que realicen le permitirá saber con mayor seguridad si el inmueble que adquiere se ajusta a los valores del mercado.
Las entidades financieras conceden, con carácter habitual, como importe máximo del préstamo hipotecario el 80% del valor de tasación (Ley de Regulación del Mercado Hipotecario, 2/1981, de 25 de marzo, y disposiciones que la desarrollan). Así ocurre, por ejemplo, con los préstamos hipotecarios de El Monte.
Es importante que recuerde que los gastos de tasación correrán a su cargo, con independencia de que la operación llegue a formalizarse.
Otro de los factores que lógicamente condiciona el importe del préstamo que usted podrá solicitar, son sus ingresos. Como regla general, las entidades financieras podrán recomendarle que, como máximo, se destine un 30% ó 35% de sus ingresos mensuales a hacer frente a la cuota del préstamo.
TIPOS DE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS
La oferta de préstamos hipotecarios es muy amplia, aunque básicamente podemos diferenciar cuatro tipos fundamentales:
a) Préstamo hipotecario a interés fijo.
En este tipo de préstamo el tipo de interés, así como la cuota, permanece constante durante toda la vida del préstamo. Se trata de un préstamo a plazo fijo, cuya principal ventaja es la certidumbre que posee el prestatario sobre la cuota a pagar mensualmente, que será constante. El principal inconveniente de este tipo de préstamo es que son los más caros, debido principalmente a dos motivos:
El primero de ellos es que las comisiones de cancelación total o parcial anticipada son mayores, ya que al banco lo que le interesa, cuando le concede un préstamo a tipo fijo, es que usted continúe pagando durante todo el periodo por el que se le concedió el préstamo, para que así los años de bajo interés en el mercado se compensen con aquéllos en los que el interés del mercado es más elevado.
Además, las entidades de crédito establecen para este tipo de préstamo un tipo de interés muy superior (normalmente dos o más puntos porcentuales) al que establecen cuando el préstamo es a interés variable. Con ello intentan evitar que una subida de los tipos de interés en el mercado provoque que su préstamo a tipo fijo quede en unas condiciones más ventajosas para usted que para el banco. Recuerde que el dinero que a usted le presta el banco, lo ha obtenido previamente del mercado, también en concepto de préstamo, y a un determinado Francisca Silie Valdez 2017-1665
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tipo de interés, de forma que lo último que quiere el banco es que el tipo de interés que “a él le cobran” sea superior al tipo de interés que “él cobra”.
b) Préstamo hipotecario a interés variable.
Cuando a usted le conceden un préstamo hipotecario a tipo variable, lo hacen a un tipo de interés inicial para un primer periodo de seis meses o un año. Transcurrido ese primer periodo, se realiza una revisión del tipo de interés, determinándolo a partir de entonces mediante la suma de un tipo de interés de referencia (pongamos, por ejemplo, un Libor a un año del 4%) más un diferencial (por ejemplo un 1%) previamente pactados. De esta manera, nuestro tipo de interés hipotético en la primera mensualidad posterior al periodo inicial sería: 4% (Libor) + 1% (diferencial) = 5%. A partir de entonces, el tipo de interés del préstamo variará en función de las variaciones del tipo de interés de referencia.
La cuota del préstamo recibirá el mismo tratamiento que el tipo de interés. Será constante en el primer periodo, y variable a partir de entonces. El plazo de amortización será fijo. A pesar de la incertidumbre que sufre el prestatario, acerca de la cuota que tendrá que pagar mensualmente dadas las variaciones del tipo de interés, este tipo de préstamo hipotecario es el más empleado, puesto que, en general, presenta mejores condiciones que el préstamo a tipo fijo (especialmente en lo referente a las comisiones).
c) Préstamo hipotecario a interés mixto.
En este tipo de préstamos se combina un periodo inicial amplio, de 2 a 5 años normalmente, en el que el tipo de interés permanece invariable, con un segundo periodo (el resto de la vida del préstamo), en el que se revisa mensualmente el tipo de interés de igual modo que en el préstamo a tipo variable. De esta forma, el prestatario conocerá a ciencia cierta la cuota que tendrá que pagar, exclusivamente durante el primer periodo.
La cuota del préstamo recibe el mismo tratamiento que el tipo de interés, y el plazo de amortización es fijo. En general, este tipo de préstamos recibe un tratamiento mejor que los préstamos a tipo fijo, pero peor que los préstamos a tipo variable.
d) Préstamo hipotecario de cuota constante.
En
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