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Panfleto Programas de Fomento Mexico

Enviado por   •  25 de Febrero de 2018  •  3.934 Palabras (16 Páginas)  •  365 Visitas

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- Persona física

Poder Notarial del Representante Legal, en su caso, (original o copia certificada y copia simple); o exhibir copia del Registro Único de Personas Acreditadas (RUPA) o indicar al momento de su presentación el número de la CURP de la persona inscrita en el registro.

Descripción del proceso productivo de las mercancías de exportación (copia simple)

- Para ambos

Registro Federal de Contribuyentes (copia).

Última declaración anual de impuestos, o estados financieros auditados o proforma firmada con la leyenda “Bajo Protesta de Decir Verdad”.

Las empresas que trabajen bajo un esquema de mercancías en consignación, es decir, que no sean dueños de los insumos con los que producen los artículos objeto de esta autorización, deberán adicionar una columna en la relación de exportación que contenga el valor agregado (facturación real en el periodo) que se le dio a la mercancía en el país.

Vigencia

Este programa tiene una vigencia indefinida siempre y cuando se entregue en reporte anual de operaciones y se respete la cantidad mínima establecida de exportaciones.

Cancelacion

Las empresas inscritas en el Registro de Empresas Altamente Exportadoras, que deseen dejar sin efecto su inscripción.

La solicitud se presenta en escrito libre, el cual deberá indicar el número de registro ALTEX, motivo que origina la solicitud de cancelación y deberá estar firmada por el representante legal de la empresa.

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REGLA OCTAVA

Es un instrumento que establece aranceles preferenciales para la importación de insumos, partes, componentes, maquinaria, equipo y mercancías relacionadas con la producción para los programas de promoción sectorial. La secretaria de economía es la que se encarga de autorizar las mercancías bajo esta regla, siempre y cuando:

- El solicitan de use este beneficio para tener más fuentes de abasto.

- Cuando se justifique la inexistencia de producción nacional.

No se autoriza cuando:

- Se trate de materiales o residuos peligrosos.

- Mercancías reguladas de forma específica en algún acuerdo o tratado entre México Y el país de origen

- Mercancías que vayan a ser utilizadas en el mismos estado en el que se importan, esto quiere decir que se les tiene que hacer una modificación.

-

Quienes pueden solicitar?

Empresas que Cuenten con un Programa de Promoción Sectorial en términos del Decreto PROSEC, y empresas con operaciones bajo régimen temporal de importación para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación, cuenten con programa.

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Beneficios

Aduaneros

- Importar en una o varias remesas o por una o varias aduana.

- Importar insumos, partes y componentes considerándolos como artículos completos o terminados, aun cuando no tengan esas características.

- Importar artículos desmontados o que no hubieran sido montados, que correspondan a artículos completos o terminados o considerados como tales.

- Importación de insumos, materiales, partes y componentes de artículos para su fabricación o ensamble en territorio nacional

Arancelarios

Las mercancías se clasifican por la fracción arancelaria del producto completo sin importar su origen o procedencia, y se encuentran exentas del IGI.

Requerimientos

- estar autorizado para operar alguno de los PROSEC. Únicamente podrán destinarse a la producción de los bienes establecidos en el Decreto PROSEC para el sector autorizado

- contar con el registro de empresa fabricante aprobado por la SE, pero como a la fecha no existe tal registro, la SE ha determinado que se cumple si se está autorizado en el PROSEC

- obtener los permisos previos de importación para las mercancías, según se trate

- presentar la solicitud a las Delegaciones y Subdelegaciones de la SE que corresponda (Capítulo 98 de la LIGIE, regla 2.2.3. y Anexo 2.2.1. de las Reglas y Criterios en Materia de Comercio Exterior emitidas por la SE)

Se debe considerar que los bienes importados se deben utilizar para: fabricar mercancías, ampliar una planta industrial, reponer equipo, integrar un artículo fabricado o ensamblado en el país

DRAWBACK.

El Programa de Devolución de impuestos de importación a los exportadores, permite a los beneficiarios recuperar el impuesto general de importación causado por la importación de insumos, materias primas, partes y componentes, empaques y envases, combustibles, lubricantes y materiales diversos incorporados al producto exportado o por la importación de mercancías que se retornan en el mismo estado o para mercancías para su reparación o alteración.

Su objetivo es el de promover las exportaciones y su principio básico es que no se deben pagar derechos arancelarios por mercancías que no serán consumidas en el país al que s e importa, por ello cuando se exporte un producto que haya utilizado o incorporado mercancía importada, los derechos arancelarios deberán ser devueltos.

El régimen precio es fácil de entender, cuando se importa un bien, se pagan derechos arancelarios, después este se trabaja y pasa por un proceso de producción para posteriormente ser exportado, una vez exportado se realiza una declaración definitiva, aquí es donde drawback comienza a aparecer, realizándose una solicitud de restitución, terminando en una restitución total de los impuestos pagados.

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Restricciones.

El

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