Politica de Vacaciones y Politica de seguridad
Enviado por John0099 • 25 de Noviembre de 2017 • 3.249 Palabras (13 Páginas) • 432 Visitas
...
1.5 Ante la posibilidad de inhalar productos químicos, nieblas, humos, gases, se deberán de proteger las vías respiratorias con la mascarilla correspondiente.
1.6 Está prohibido hacer ruidos sin causa justificada, se sancionará al trabajador que realice contaminación auditiva provocada sin necesidad del trabajo. Cuando no se pueda mantener una conversación sin alzar a la voz a un metro de distancia significa que los niveles de ruidos pueden perjudicar los oídos, en este caso los trabajadores deberán utilizar protección auditiva.
1.7 No improvisar ningún procedimiento, ni tomar atajos, seguir las instrucciones y cumplir las normas de seguridad.
1.8 Está prohibido quitar sin autorización cualquier objeto de protección o resguardo de seguridad o señal de peligro.
1.9 Prestar atención al trabajo que se está realizando y no distraer a los compañeros de trabajo.
1.10 El trabajador utilizará las herramientas apropiadas y cuidará su conservación. Al terminar el trabajo deberá resguardarlas en el sitio adecuado.
1.11 El trabajador no deberá usar máquinas, vehículos, herramientas o cualquier equipo de trabajo sin estar autorizado para ello. Todo el personal deberá utilizar el equipo de trabajo con seguridad y tratar a las instalaciones con cuidado y mesura.
Cualquier maltrato de equipo de trabajo e instalaciones o utilizarlo sin autorización correspondiente se considera una falta grave y acarreará una sanción al infractor que podrá ser desde el cobro del equipo, instalación o material dañado, aviso disciplinario, acta administrativa, suspensión laboral, y hasta la separación definitiva del trabajador, según la gravedad de la falta.
2. MEDIDAS DE EMERGENCIA Y SALUD
2.1 El trabajador deberá presentarse a trabajar limpio y con la cara despejada.
2.2 El trabajador no podrá presentarse a trabajar en estado de embriaguez, bajo la acción de algún narcótico o droga enervante, en este último caso salvo que exista prescripción médica y que el trabajador ponga el hecho en conocimiento del departamento de recursos humanos y le presente la prescripción suscrita por el médico del IMSS.
2.3 No se permite obstruir los pasillos, extintores, escaleras, puertas, equipos de seguridad en general o salidas de emergencia.
2.4 En el interior de la empresa existirá un botiquín de emergencia con todos los implementos y útiles necesarios para la atención de los trabajadores que en caso de accidente o enfermedad, requieran de un auxilio inmediato. Será responsable de abastecerlo el encargado de recursos humanos.
2.5 En caso de enfermedad durante la jornada laboral, el trabajador no deberá auto medicarse, deberá acudir al departamento de recursos humanos o en su ausencia deberá notificarle a su jefe inmediato, con el fin de que se decida entre brindarle el servicio médico requerido en caso de urgencia o proporcionarle un permiso para que consulte.
2.6 Cuando el trabajador sufra un accidente de trabajo o presente cualquier tipo de lesión o dolor, se deberá dar aviso con prontitud a su jefe inmediato. El superior inmediato a quien le notifique el trabajador la lesión o enfermedad está obligado a informar al departamento de Recursos Humanos, a fin de que se adopten con toda urgencia las medidas pertinentes y para posteriormente hacer la investigación del accidente o que el IMSS determine la enfermedad profesional en caso de que aplique.
Todos los accidentes se deben de documentar (Ver anexo 4), se deberá resguardar en el departamento de recursos humanos las evidencias y los reportes de estas.
2.7 Todas las lesiones ocurridas en la empresa o durante el traslado del trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél, aunque sean leves requieren atención, el trabajador deberá avisar al departamento de Recursos Humanos y solicitar servicio médico o servicio de primeros auxilios. Si el trabajador no da aviso al departamento de Recursos Humanos, y después de las averiguaciones de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene concluye que no hay pruebas que califiquen el accidente como laboral o de trayecto, la empresa se deslindará de toda responsabilidad, puesto que se entenderá que el accidente o enfermedad no son del ámbito laboral.
2.8 Por ningún motivo, los trabajadores durante los periodos de incapacidades temporales medicas o de pre y postnatales deberán presentarse en los centros de trabajo, salvo para la entrega de los certificados correspondientes.
2.9 Está prohibido fumar dentro de las instalaciones de la empresa, cerca de sus accesos y en todas las áreas donde la empresa almacene sustancias peligrosas, o material inflamable. La persona que sea sorprendida fumando en las áreas prohibidas será suspendida por 3 días y en una segunda ocasión dado de baja sin responsabilidad para la empresa.
2.10 Los equipos contra incendio solo deben de ser utilizados por personal capacitado. Para este caso la empresa cuenta con una Brigada contra incendio. En caso de incendio o conato se deberán atender las recomendaciones de la Brigada contra incendios.
2.11 El trabajador no podrá negarse a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades.
2.12 Todo trabajador que por negligencia o dolo ponga en riesgo la seguridad de los trabajadores, visitantes a la empresa o del establecimiento será dado de baja sin responsabilidad para la empresa (Ver Ley, artículo 47).
3. VISITAS
3.1 No se debe de dejar en espera por más de 10 minutos a las visitas, a menos que está haya llegado a la empresa sin avisar previamente o en horario distinto al que se le pidió su presencia.
3.2 Las visitas que realicen trabajos en la empresa, se deben de recibir, e introducir a la empresa por el trabajador responsable de la misma, éste último estará obligado a no exponer a riesgo a la visita siguiendo las medidas necesarias de seguridad y vigilando que porte su equipo de seguridad.
3.3 Las visitas que realicen trabajos en la empresa deben de identificarse, entregando una identificación oficial y deberán portar una calca de visitante durante su permanencia en la empresa, que se les proporcionará en recepción, al término de su asunto a tratar deberán registrar su salida y se le devolverá la identificación.
3.4
...