REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL Y REHABILITACIÓN AL PACIENTE AMPUTADO EN EL CENTRO ESTATAL DE REHABILITACIÓN 2015
Enviado por Rimma • 19 de Diciembre de 2018 • 3.415 Palabras (14 Páginas) • 463 Visitas
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Destino de los Apoyos
Artículo 5. Para el ejercicio 2015 se pondrá en marcha el programa de atención integral al paciente amputado de miembro inferior donde el destino del apoyo estará enfocado a la rehabilitación del “paciente” a través de un proceso en el cual se incluye manejo físico, psicológico, protésico y ocupacional.
- Lograr la adaptación protésica eficiente en los pacientes candidatos a utilizar una prótesis para el logro de su independencia en actividades de la vida diaria o marcha funcional
- Facilitar ayuda y apoyo psicológico para una optima integración socio-laboral.
- Prevenir posibles complicaciones en la extremidades remanentes.
- Evaluar e indicar arreglos o cambios protésicos según se requiera.
Tipos de Apoyos
Artículo 6. Los apoyos del programa serán otorgados en especie, de acuerdo a la naturaleza del programa; quedando dicha circunstancia en el expediente clínico que para cada caso proceda, dichos apoyos serán los siguientes:
- Evaluación inicial
- Valoración clínica protésica
- Programa de entrenamiento preportésico: apoyo de terapia física, ocupacional y psicología
- Adaptación protésica y seguimiento clínico del “paciente”
CAPÍTULO II
Requisitos para Acceder a los Apoyos
Requisitos
Artículo 7. Todas aquellas personas con problemas de discapacidad motriz secundaria a amputación de miembro inferior serán atendidas en el “CER” o ser canalizadas por los municipios a través de las “UMR” los cuales deberán presentarse con los siguientes requisitos:
- Solicitud de pre-valoración medica en el área de medicina física y rehabilitación del centro estatal de rehabilitación.
- Resumen clínico o referencia médica de una institución pública o privada que indique el diagnóstico, motivo de envío o refiera el procedimiento quirúrgico a que fue sometido
- Presentarse con los estudios médicos con los que cuente: radiografías, resonancia, tomografía, potenciales, estudios de laboratorio por ejemplo.
- Copia de CURP
- Copia del IFE o INE (si es menor de edad la del padre o tutor)
- Copia de comprobante de domicilio
- Una fotografía tamaño infantil
- Cubrir cuota de recuperación
- Acudir con un acompañante mayor de edad cuando el caso lo amerite.
CAPITULO III
Criterios de selección
Determinación de Patologías que atenderá el programa
Artículo 8. Programa de atención integral al paciente amputado de miembro inferior
Se atienden las siguientes patologías:
Amputaciones de Miembro Inferior
- Lesiones traumáticas (accidentes viales, vehiculares, de trabajo, otros no especificados)
- Enfermedades Vasculares Periféricas (muerte tisular por insuficiencia vascular periférica arteriosclerótica o diabética)
- Muerte de los tejidos por patología vascular
- Neoplasias Malignas
- Estados no citado que pueden poner en peligro la vida del paciente
- Falta o malfomación congênita
CAPITULO IV
De las Obligaciones de las partes para el otorgamiento de los Apoyos
Obligaciones
Artículo 9. Obligaciones del beneficiario
- Todo “paciente” que ingrese al “CER” firma carta de consentimiento informado se (anexa documento) acorde al siguiente formato basada en las recomendaciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, del expediente clínico
- Presentarse en fechas y horarios indicados para consultas y seguimientos clínicos de lunes a viernes de 08:30 a 15.30 Horas
- En caso de ser menor de edad, presentarse con algún familiar o tutor mayor de edad
- Presentarse con documentación oficial para elaboración de expediente clínico (estudios socioeconómico, copia de IFE, comprobante de domicilio, CURP, estudios médicos vigentes)
- Mantener compromiso en seguimiento clínico
Obligaciones de las Instancias Solicitantes del Servicio de Programa de Atención al Paciente Amputado de Miembro Inferior
- Adaptarse y adecuarse a los lineamientos de operatividad del Programa de Atención Integral al Paciente Amputado
- Los pacientes podrán ser detectados por médicos especialistas en rehabilitación que asistan a las unidades de rehabilitación en cualquier modalidad administrativa con el municipio.
- El personal de las “UMR” y los médicos especialistas únicamente podrán detectar y canalizar a los posibles beneficiarios al “CER”.
- Ninguna persona podrá ser beneficiada con prótesis de miembro inferior si no está registrado como paciente del “CER”.
- Los beneficiarios deberán cubrir la cuota de recuperación de la prótesis de acuerdo al estudio y nivel socioeconómico establecido por el área de trabajo social del “CER”.
- La prescripción médica de las prótesis solo será competencia de los médicos especialistas adscritos al “CER” del “Instituto”
- Los beneficiarios deberán respetar las políticas internas y reglamento del “CER” sin excepción.
Obligaciones del “Instituto” para el Programa de Atención Integral al Paciente Amputado de Miembros Inferiores
- Dar a conocer el programa, sus alcances
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