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RESPONSABILIDAD DE LOS HERMANOS RAMOS ORTÍZ EN LA CAUSA DEL PERJUICIO Y GASTOS ADICIONALES QUE TUVIERON QUE HACER LOS VECINOS DEL BARRIO ARIZONA:

Enviado por   •  9 de Octubre de 2018  •  1.240 Palabras (5 Páginas)  •  404 Visitas

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RESPONSABLES

Cito a los responsables de la construcción y por ende, los responsables de las reparaciones e indemnizaciones pertinentes:

- JOSE CARLOS RAMOS ORTÍZ, domiciliado en la ciudad de Valledupar en la dirección CARRERA 7C #11-16.

- NESTOR FABIAN RAMOS ORTÍZ, domiciliado en la ciudad de Valledupar en la dirección CARRERA 19B #2-87

- CRISTIAN ENRIQUE RAMOS ORTÍZ, domiciliado en la ciudad de Valledupar en la dirección CARRERA 39ª #19-15

COMPETENCIA

Es competente usted señor juez para conocer esta acción constitucional, toda vez que se constituye el pleito entre particulares o sujetos de derecho privado. Sírvase de apersonarse del mismo.

PRETENSIONES Y CUANTÍA

- DECLARAR responsables a los hermanos RAMOS ORTÍZ por cuanto a los daños y perjuicios causados a los vecinos del sector por la acción de sus trabajadores y todo lo relacionado con la construcción de su obra y la omisión de los llamados de atención hechos por la comunidad.

- CONDENAR a los sindicados, al pago de las indemnizaciones pertinentes al caso, dado el acervo probatorio respectivo que demuestra su total falta de cuidado para con la comunidad.

- DISPONER las indemnizaciones que correspondan a cada afectado la cual puede ser otorgada en forma masiva. Para efectos de reparación por daños y perjuicios causados, se ha organizado el siguiente esquema:

CONCEPTO

VALOR

Reparaciones en paredes: agrietamiento por movimientos no naturales (maquinaria pesada).

$16’987,345

Reparaciones en pisos: agrietamiento por movimientos no naturales (maquinaria pesada).

$15’243,874

CUANTÍA TOTAL

= $32’231,219

PRUEBAS

Adjunto los siguientes documentos como material probatorio:

- FOTOS DE LOS DAÑOS EN LOS INMUEBLES

[pic 1]

[pic 2]

[pic 3]

[pic 4]

[pic 5]

- COPIA DE LA FACTURA POR CONCEPTO DE REPARACIONES

[pic 6]

- FOTOS DE LOS INMUEBLES EN SU EXTERIOR

[pic 7]

[pic 8]

[pic 9]

[pic 10]

- FOTOS DE LA CONSTRUCCIÓN EN CUESTIÓN

[pic 11]

FUNDAMENTOS DE DERECHO

- Artículo 88 de la Constitución Política. La ley regulará las acciones populares para la protección de los derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad pública, la moral administrativa, el ambiente, la libre competencia económica y otros de similar naturaleza que se definen en ella. También regulará las acciones originadas en los daños ocasionados a un número plural de personas, sin perjuicio de las correspondientes acciones particulares. Así mismo, definirá los casos de responsabilidad civil objetiva por el daño inferido a los derechos e intereses colectivos.

- Artículos del 46 al 69 de la Ley 472 de 1998.

NOTIFICACIONES

Para efectos de notificación, puede ser realizada en mi domicilio en la calle 6ª # 19B – 56 del barrio Arizona. Teléfono: 317 4161217.

ANEXOS

- Anexo al escrito, testimonios grabados en video de los afectados mediante dispositivo físico (CD).

- Poder conferido por los afectados del barrio y accionantes.

- Fotocopias de las cédulas de los accionantes.

- Copia de los artículos de la Ley 472 del 98 citados anteriormente.

Del señor juez,

Atentamente

[pic 12]

DANIEL FELIPE FRANCO SUÁREZ

C.C. 1065661590

VALLEDUPAR, CESAR

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