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Todos hablamos de Derecho, pero cuando se nos pregunta que es realmente

Enviado por   •  31 de Julio de 2018  •  1.363 Palabras (6 Páginas)  •  353 Visitas

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de Dworkin, quien hace una crítica hacia los positivistas, y en particular a Hart, puesto que no está de acuerdo con ellos, en que el derecho consista solo normas para solucionar determinados casos, ya que así como se pueden presentar casos fáciles, donde las normas encuadrarán perfectamente para resolverlos, también habrá casos difíciles donde no existirán reglas específicas para solucionarlos, y a pesar de que los positivistas digan que ante estas situaciones, los jueces o los aplicadores de la ley deciden a discreción, es decir, las interpretan en base a su propio juicio, que es a lo que Hart, llama “Textura abierta”, para Dworkin, los jueces no deben basarse solo en reglas establecidas anticipadamente y que no pueden cambiar, si no también deben basarse en principios y en directrices políticas, pues estos sirven de argumentos o de adecuación, de acuerdo al caso que se presente, además de que los principios son modelos que demandan justicia y moralidad, de manera que para comprender la importancia de los principios, Dworkin expone diferentes casos para diferenciar los principios de las normas, pero para mencionar uno de ellos, expongamos el caso de Riggs y Palmer, presentado en 1889 en un tribunal de Nueva York, el cual trata de un heredero quien asesino a su abuelo, quien ya lo tenía designado en el testamento, y que a pesar de haber cometido asesinato podía heredar, si se interpretaban literalmente las leyes que regulan la preparación, prueba y efecto de los testamentos, sin embargo, los tribunales indicaron que todas la leyes al igual que los contratos, podían ser controlados en su operación, por fundamentos máximos del derecho consuetudinario, por lo que el tribunal cito el principio: “ A nadie se le permitirá aprovecharse de su propio fraude o sacar partido de su propia injusticia , o fundar demanda alguna sobre su propia iniquidad o adquirir propiedad por su propio crimen”, gracias a este principio, el criminal no recibió su herencia. Ahora bien, en cuanto a las directrices políticas Dworkin se refiere a estas como lineamientos que proponen un objetivo para el bien colectivo de la sociedad. Con esto Dworkin, hace notar la importancia que tienen los principios en los argumentos que fundamentan los diferentes casos a los que se enfrentan los jueces, donde tienen que ir más allá de las normas.

Como hemos visto existen diferentes posturas, en relación a lo que implica el derecho, sin embargo, cabe mencionar que no sería sabio asumir una sola postura, porque realmente ninguna de ellas nos dice claramente que es el derecho, muchas veces sus explicaciones son limitadas, por lo tanto, es de suma importancia considerar todas o varias de estas posturas, ya sean iusnaturalistas o positivistas, con el fin de que como futuros juristas podamos crear un concepto de derecho más claro y objetivo, y además desarrollar un pensamiento crítico, ya que día a día las circunstancias de la sociedad han ido cambiando y evolucionando en todos los ámbitos, incluyendo al ámbito jurídico, por tanto, esto nos ayudara a aceptar la opinión de los demás, para tomar decisiones al enfrentarnos a diversos casos.

En conclusión, puedo decir, que personalmente considero que el derecho si es un conjunto de normas jurídicas, que rigen nuestro comportamiento, y que definitivamente son necesarias para controlar a la sociedad, ya que, sin ellas, la sociedad viviría descontrolada, sin nada que le ponga límites a su comportamiento, sin embargo, considero de gran importancia lo expuesto por Ronald Dworkin, que el derecho son normas, pero además el derecho es interpretar la ley, tomando en cuenta los principios, que son fundamentales para tomar decisiones, con el objetivo de obrar con justicia.

Bibliografía

Dworkin, R. (2002). Los derechos en serio. Barcelona: Ariel. Cap.II. El modelo de las normas, p.61-101

Hart, H. L. (2006). El Concepto de derecho. Buenos Aires: Abeledo-Perrot. Cap.V, El derecho como unión de reglas primarias y secundarias, p.99-123

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