ANÁLISIS NORMATIVO E HISTÓRICO DE LAS CONSTITUCIONES DE 1828 Y 1833.
Enviado por Sandra75 • 23 de Mayo de 2018 • 6.489 Palabras (26 Páginas) • 359 Visitas
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Podríamos desarrollar en esta parte una serie de preguntas de manera ilustradora, como por ejemplo si acaso ¿existió realmente un proceso constituyente en una y no en otra?, ¿fue realmente la intención de los constitucionalistas de 1833 proceder a una reforma de la anterior?, ¿cuál fue la real intención para promulgar esta nueva constitución?, ¿realmente se deseaba un nuevo proceso constituyente, o estuvimos frente a un retorno del orden colonial?
Si bien, la Constitución de 1828, trae consigo la ansiada idea de orden y estabilidad para esta naciente república que tenía pocos años de vida independiente luego de los esfuerzos bélicos y políticos de la guerra de independencia, no es menos cierto que en su ideario liberal, tenía por propósito el implantar nuevas tradiciones ilustradas y de concepto de república con valores ciudadanos, y en ningún caso el establecimiento de un autoritarismo fuerte y central como lo fue muy pocos años después en su nueva versión de 1833. Autoritarismo fuerte y central tan natural en este germen de nación, tan firmemente arraigado, que permitió una rápida aceptación y permeabilidad. La Constitución de 1833, es por una parte un regreso al régimen español colonial monárquico, como a la vez instaura en la nueva nación esta idea de república presidencial y autoritaria. Dualidades, estructuras mixtas, como las que se observa en lo que podemos – caprichosamente – denominar genotipo cultural chileno hasta nuestros días.
Contexto histórico
El Chile de la década de 1820, sin duda que fue una década de marcada convulsión, no sólo por la guerra a muerte que se desarrollaba en las regiones del sur de Santiago y al norte de Concepción[3], sino que por la permanente tensión política. De una u otra manera se buscaba dar un orden a esta “nueva nación”. Si bien, fue la batalla de Lircay la que decidió definitivamente el curso o la construcción de este país, la década que le antecedía – 1820 – hubo una serie de episodios a partir de la abdicación de O’Higgins que promovían la búsqueda de esta visión de futuro, que a la postre fue ejecutada a partir de la batalla de Lircay.
Esta visión de futuro, no es obra ni necesidad del denominado bajo pueblo – o de una clase media que aún no existía, sino que provenía de las familias aristocráticas. La aristocracia nacional o criolla, mantenía su capital y su poder en las mismas fórmulas que lo había desarrollado desde el inicio de la colonia. Un capital fomentado por la terratenencia. Es esta aristocracia la única que se batió a duelo en todas las tensiones ocurridas durante dicha década. De hecho ni siquiera en la abdicación de O’Higgins habrían estado de acuerdo, y formaron filas en todas y cada una de las luchas, siguiendo derechamente al caudillo de turno[4]. Es a tal punto su estable poder – solo inquieto entre sus propias rencillas - que ningún gobierno, incluido los de Freire y Pinto hicieron el más mínimo esfuerzo para someterla o dominarla. Pero, no sería justo señalar que es la aristocracia la que promovió a la postre la caída de Pinto y la constitución de 1829, si bien la deseaban, pero solamente se rindieron a rendir pleitesía al caudillo de turno -Portales en ese entonces – y satisfecho habrían de estarlo con el régimen que nace a partir de la constitución de 1833, que como se ha dicho, rememora la tradición colonial.
De esta manera, se señalan la existencia de procesos de ensayos los ocurridos en 1818 y 1822, como además la realización de congresos constituyentes en los años 1823, 1826 y 1828. Cada uno de estos cuerpos normativos que nació después de estos congresos, se habría caracterizado por mantener vías para su legitimación a través de convocar a plebiscitos, consultas a provincias y asambleas provinciales que garantizaba s legitimidad. Esta sucesión de ensayos llegó a cierta madurez con la promulgación de la Constitución de 1828. La que según la historiografía clásica sirvió de “molde” para las posteriores constituciones de 1833 y 1925 – las que incluso se auto consideran reformas de la de 1828 como se ha dicho[5].
Una vez promulgada la Constitución de 1828, ícono de las ideas liberales de la época, y según se dirá más adelante, fue objeto de diversos tipos de oposición por los pelucones o conservadores. Sobre todo a través de levantamiento militares casi de manera permanente. Todo pareció acabar con la renuncia del Presidente Pinto, y la asunción del Vicepresidente Ovalle como Presidente, todo en abierta infracción a la propia Constitución de 1828, que señalaba que la designación del Presidente sería facultad del Congreso Nacional.
Este hecho, expuesto de manera sucinta, desencadeno una serie de hechos, que llevaron a la guerra civil de 1829. Finalizada solo a través del triunfo conservador en Lircay. Así, volvemos al hecho que en el Cabildo de Santiago y en el senado se planteó la necesidad de reformar la constitución de 1828.
Es del todo necesario, hacer patente que como esta rebelión conservadora se había justificado en la defensa de la misma constitución, no podía sino iniciarse este proceso como una reforma de la misma. De esta manera se nombró una asamblea constituyente llamada “convención” compuesta por 16 diputados y 20 ciudadanos. Todos los integrantes de esta convención fueron elegidos por el congreso pleno – aunque fue el ministro del interior del gobierno de José Joaquín Prieto quien envió su lista de candidatos a formar parte de la Convención. En octubre de 1832 iniciaba sus sesiones, y la constitución se promulgaba a mediados de 1833. Por otra parte, era necesario sujetar este “proceso de reforma” o “nueva constitución” a un marcado y reglado proceso de elaboración y promulgación, el constitucionalista Francisco Zuñiga diría: “…existía plena conciencia en la época de que una nueva Constitución sólo podía emanar de un verdadero Poder Constituyente”[6].
Dentro de este breve contexto histórico, no es menos cierto que una de los hechos que marcaron la época, y esta inquieta clase aristocrática “golpeada” por las ideas liberales, son los mayorazgos y los intentos tendientes a su abolición[7].
De esta manera, en el año 1818, don Bernardo O'Higgins en su calidad de Director Supremo, realizó un intento fallido de abolirlos. La misma situación se repitió en los años 1823, 1825, 1827 y 1828 con los sucesivos gobiernos. Aunque la constitución de 1828, los declaró finalmente abolidos, el triunfo conservador del año siguiente los volvió a restablecer[8].
Supuestamente, la llamada reforma, la Constitución de 1833 permitió la libre enajenación de los bienes, pero a
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