Análisis del sistema jurídico del Common Law en Inglaterra
Enviado por John0099 • 12 de Abril de 2018 • 826 Palabras (4 Páginas) • 535 Visitas
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3.- ¿En qué consiste la Carta Magna de Juan “Sin tierra”?
Es un documento otorgado por el Rey Juan “Sin tierra”, mediante el cual éste se comprometía a respetar los bienes y derechos de los barones y a no molestarlos sin un juicio previo. Estableciendo de dicha forma un régimen de libertades constitucionales. Termina de plano con el rey absoluto y la arbitrariedad de la monarquía inglesa.
4.- Mencionar cinco momentos fundamentales en la historia de Inglaterra:
- La conquista de Inglaterra de 1066.
- Constitución de Juan Sin tierra (1215).
- La guerra de las rosas (1455-1685).
- La Revolución Gloriosa (1688), Reforma protestante.
- Establecimiento del Welfare state.
5.- Visión moderna del derecho inglés.
Al momento el derecho inglés contempla indistintamente las dos ramas denominadas equity y common law, incorporando elementos del derecho romano-germánico. Adaptándose a las exigencias de la modernidad en cuanto a la incorporación de tratados internaciones a su legislación.
6.- Estructura del derecho en Inglaterra.
Conceptual: El derecho inglés se fundamenta en el common law y en la equity.
7.- Profesión de los practicantes del derecho (Barrister y solicitor):
El barrister y/o barrister-at-law se caracterizaba es un especialista los precedentes que conforman y constituyen la esencia del derecho inglés, a diferencia del solicitor, sus funciones son las de asesoría especializada y brindarle representación a sus clientes.
La distinción fundamental entre barrister y solicitor, estriba en que el primero atiende los casos más complejos y el segundo, por lo general la primera instancia o actúa bajo la vigilancia del barrister.
8.- ¿Qué factores reales de poder influyen en el Common law?
La relación de poder establecida en los albores del derecho inglés de cristalizan en la Carta Magna, donde algunas figuras de poder logran negociar con el rey ciertos privilegios, condiciones especiales, para el ejercicio de su propiedad. Es decir mantener sus estamentos con cierta libertad. Así también durante el siglo XIX hay un desarrollo formidable del capitalismo, circunstancia que obliga al common law y el equity a adaptarse a los dictados del dinero, no es el vano que se hable de que la libertad que garantiza el sistema jurídico de la isla ni tampoco que se hablara al momento de que el único país que alcanzó un grado mayor en la aplicación del “dejad haced, dejad pasad” fuera precisamente Inglaterra, lo que provocó una pobreza rampante que dio como consecuencia en surgimiento de un sindicalismo poderoso, que es muy característico de la ínsula, luego entonces el derecho tuvo que contemplar incorporar ciertos derechos sociales, así como, merced a la tendencia de unirse de Europa, incorporar los derechos humanos en su legislación, impermeable a la influencia jurídica extranjera.
Fuentes de información
David, René y Jauffret-Spinosi, Camille, (2010), Los grandes sistemas jurídicos contemporáneos, México DF, México: UNAM, IIH, CM, Facultad libre de derecho de Monterrey.
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