Bioetica y legales.
Enviado por mondoro • 3 de Febrero de 2018 • 1.933 Palabras (8 Páginas) • 404 Visitas
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10. ¿La ley 298, específica en qué área la tarea de enfermería es insalubre?
La ley 298 no específica qué área de enfermería se realizan tareas insalubres solo lo menciona en la cláusula 5° de disposiciones transitorias.
11. La ley 298, ¿fija las mismas competencias que la ley 24.004?
No, la ley 24004 nos permite participar en la organización de propuesta, evaluaciones y formulación de diseños.
12. Porque la ley 24004 garantiza la autonomía de la profesión de enfermería.
Porque la ley estipula las funciones comprendidas dentro del ejercicio de la enfermería, que son las de promoción, recuperación y rehabilitación de la salud, como así también las de docencia, investigación, asesoramiento y administración en temas de su incumbencia.
13. Señale cuales son las competencias que especifica para los profesionales de enfermería según la ley 24004
Se señalan en el art 3 de la ley 24004. Artículo 3° - Es de competencia específica del nivel profesional lo establecido en las incumbencias de los títulos habilitantes de licenciado/a en Enfermería y Enfermero/a.
A todos ellos les está permitido lo siguiente:
1) Plantear, implementar, ejecutar, dirigir, supervisar y evaluar la atención de enfermería en la prevención, recuperación y rehabilitación de la salud.
2) Brindar cuidados de enfermería a las personas con problemas de salud de mayor complejidad asignando al personal a su cargo acciones de enfermería de acuerdo a la situación de las personas y al nivel de preparación y experiencia del personal.
3) Realizar la consulta de enfermería y la prescripción de la atención de enfermería.
4) Administrar servicios de enfermería y la prescripción de la atención de enfermería.
5) Organizar y controlar el sistema de informes o registros pertinentes a enfermería.
6) Establecer normas de previsión y control de materiales y equipos para la atención de enfermería.
7) Planificar, implementar y evaluar programas de salud juntamente con el equipo interdisciplinario y en los niveles nacional y local.
8) Participar en la programación de actividades de educación sanitaria tendientes a mantener y mejorar la salud del individuo, familia y comunidad.
9) Participar en los programas de higiene y seguridad en el trabajo, en la prevención de accidentes laborales, enfermedades profesionales y del trabajo.
10) Participar en el desarrollo de la tecnología apropiada para la atención de salud.
11) Planificar, organizar, coordinar, desarrollar y evaluar los programas, educaciones de formación de enfermería en sus distintos niveles y modalidades.
12) Participar en la formación y actualización de otros profesionales de la salud en áreas de su competencia.
13) Realizar y/o participar en investigaciones sobre temas de enfermería y de salud.
14) Asesorar sobre aspectos de su competencia en el área de la asistencia, docencia, administración e investigación de enfermería.
15) Participar en comisiones examinadoras en materias específicas de enfermería, en concursos para la cobertura de puestos a nivel profesional y auxiliar.
16) Elaborar las normas de funcionamiento de los servicios de enfermería en sus distintas modalidades de atención y auditar su cumplimiento.
17) Integrar los organismos competentes de los Ministerios de Salud y Acción Social y de Cultura y Educación, relacionados con la formación y utilización del Recurso Humano de Enfermería y los organismos técnico - administrativos del sector.
18) Realizar todos los cuidados de enfermería encaminados a satisfacer las necesidades de las personas en las distintas etapas del ciclo vital según lo siguiente: a) Valorar el estado de salud del individuo sano o enfermo y diagnosticar sus necesidades o problemas en el área de su competencia e implementar acciones tendientes a satisfacer las mismas. b) Participar en la supervisión de las condiciones del medio ambiente que requieren los pacientes de acuerdo a su condición. c) Controlar las condiciones de uso de los recursos materiales y equipos para la prestación de cuidados de enfermería. d) Supervisar y realizar las acciones que favorezcan el bienestar de los pacientes. e) Colocar sondas y controlar su funcionamiento. f) Control de drenajes. Realizar control de signos vitales. g) Observar, evaluar y registrar signos y síntomas que presentan los pacientes, decidiendo las acciones de enfermería a seguir. h) Colaborar en los procedimientos especiales de diagnósticos y tratamientos. I) Planificar, preparar, administrar y registrar la administración de medicamentos por vía enteral, parental, mucosas, cutánea y respiratoria, natural y artificial, de acuerdo con la orden médica escrita, completa, firmada y actualizada. j) Realizar curaciones simples y complejas, que no demanden tratamiento quirúrgico. Realizar punciones venosas periféricas. k) Controlar a los pacientes con Respiración y Alimentación Asistida y catéteres centrales y otros. l) Participar en los tratamientos quimioterápicos, en diálisis peritoneal y hemodiálisis. m) Brindar cuidados de enfermería a pacientes críticos con o sin aislamiento. n) Realizar y participar en actividades relacionadas con el control de infecciones. o) Realizar el control y registro de ingresos y egresos del paciente. p) Realizar el control de pacientes conectados a equipos mecánicos o electrónicos. q) Participar en la planificación, organización y ejecución de acciones de enfermería en situaciones de emergencia y catástrofe. s) Participar en el traslado de pacientes por vía aérea, terrestre, fluvial y marítima. t) Realizar el registro de evolución de pacientes y de prestaciones de enfermería del individuo y de la familia, consignando fecha, firma y número de matrícula.
14. Cuáles son las condicionantes que establece el art. 46 de la ley 17132 con el ejercicio de la enfermería.
ARTÍCULO 46: Las personas a que hace referencia el art. 42 podrán desempeñarse
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