¿Cómo fue el desarrollo de Derecho durante la vigencia de la Ley de las XII Tablas?
Enviado por klimbo3445 • 28 de Junio de 2018 • 1.635 Palabras (7 Páginas) • 443 Visitas
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e) Quien fue Justiniano?
(Flavius Petrus Sabbatius Justinianus) Emperador bizantino (Tauresio, Macedonia, 482 - Constantinopla, 565). Procedía de una familia tracia muy humilde, encabezada por su tío Justino, el cual había ascendido en el ejército hasta ser nombrado emperador (518). Justino I no tuvo descendencia y designó como sucesor a Justiniano, asociándole al Trono en el 527 (el mismo año en que murió). Sin embargo, Justiniano fue un emperador impopular. Sus campañas exteriores y sus grandes construcciones arquitectónicas incrementaron los gastos del Estado, haciendo aumentar la presión fiscal. En el 532 estalló contra él una insurrección popular (la Revuelta de Nika), que fue ahogada en sangre por Teodora y Belisario (unos 30.000 muertos).
También existieron disidencias religiosas: Justiniano persiguió a los seguidores de Arrio y de Nestorio, pero no se atrevió a hacer lo mismo con los monofisitas; aunque era un ortodoxo convencido (partidario de las tesis del Concilio de Nicea), no consiguió restablecer del todo la sintonía con el Papado, para no enemistarse con las tendencias monofisitas, muy extendidas en Oriente y especialmente en Siria y Egipto. A su muerte, recibida con júbilo por el pueblo, gran parte de su obra se vino abajo, pues Bizancio perdió la mayor parte de los territorios ganados en Occidente y se convirtió definitivamente en un Imperio oriental.
f) ¿Qué fue la Lex Regia?
REGIA, Lex Regia. Muchas y muy opuestas son las opiniones de los escritores sobre la existencia y disposición de esta famosa ley, que en el sentir de algunos de ellos, varió también de republicano en despótico o monárquico por lo menos, el gobierno de la gran ciudad Suponerla unos establecidas en el Sétimo Consulado de Octavio Cesar, cuando, tratándose del nombre que debía llevar este jefe del Estado, después de haberle conferido el poder supremo, se acordó, a propuesta del Senador Munacio o Menacio Planco, darle el de Augusto; pero otros quieren que ley Regia se apellido posteriormente a la unión de varios senadoconsultos expedidos en honor al propio Augusto y sucesores en distintas épocas.
h) ¿En qué consistieron los senadoconsultos y las constituciones imperiales?
Los senadoconsultos fueron en el Derecho Romano opiniones del Senado, que tuvieron a partir del Imperio, fuerza de ley. Son definidos por Gayo, en sus Institutas, como “lo que el Senado ordena y establece”.
Constituciones imperiales: Se definen como la resolución pública del princeps en el ámbito de su administración.
En cuanto a la tipología de constituciones imperiales, tenemos:
- Edicta → Disposiciones con las que el príncipe vincula a todos “erga omnes” sobre cuestiones administrativas.
- Mandata → Instrucciones que el princeps da a todos los civiles y militares.
- Decreta → Sentencias que da el emperador y que son inapelables, puede alegarse esos precedentes tanto en juicios civiles como judiciales.
- Epistulaes → Respuestas ante cuestiones concretas que los funcionarios cuestionan al emperador y que la respuesta final vincula a esos ciudadanos.
Destacando:
- LOS RESCRIPTA
Respuestas que el emperador da a particulares ante consultas jurídicas que les consultan. Esas respuestas vienen todas de los juristas que integran la burocracia imperial. Fue importante en el siglo II y III para el Derecho privado. El juez sólo se ve vinculado por esa respuesta si los hechos que se alegan son ciertos. Constituye precedentes para casos análogos y tienen un nivel técnico muy bueno.
La evolución posterior se caracteriza por el Dominado y como consecuencia surgen nuevos principios de gobierno.
- Quod principi placuit, legis habet vigorem.
- Princeps legibus solutes.
- ¿Qué fue el derecho honorario?
Derecho honorario es: la retribución monetaria que reciben las personas que prestan servicios, basados, fundamentalmente, en las habilidades personales
- ¿En qué consistieron los dictámenes de los jurisconsultos?
Los jurisconsultos, en Roma, eran personas que estudiaban y conocían del Derecho y que al principio de la República de Roma todo el que gozase de cierta fama doctrinaria jurídica podía responder a las preguntas que se le hacían pero sin formalidad alguna, pero poco a poco se paso de un valor doctrinal a base de numerosas sentencias conformes a la doctrina de los jurisconsultos, pasando al mundo legal como una especie de derecho consuetudinario y sirvieron de suplemento a la legislación, origen de importantes instituciones jurídicas; a todas estas leyes se añadieron las aclaraciones de los jurisconsultos mas célebres, autorizados para contestar e ilustrar ciertos puntos dudosos del derecho, a cuyas decisiones habían de atenerse los jueces. Ésta era una cosa precisa atendiendo la necesidad que había de sacar las Leyes del caos y de la confusión en que estaban; y ella produjo una clase de gentes estudiosa y dedicada a la filosofía, los cuales hicieron de esto una profesión.
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