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Con el anteproyecto formulamos la posible investigación que realizaremos.

Enviado por   •  27 de Septiembre de 2018  •  6.120 Palabras (25 Páginas)  •  248 Visitas

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6.1.1. La siguiente autora: Bibiana Gómez Correa, en la Corporación Universitaria de Ciencia y Desarrollo de Bucaramanga, observatorio de derechos humanos, presenta la siguiente reseña, “RESEÑA HISTÓRICA DEL SURGIMIENTO DEL CONFLICTO ARMADO EN EL DEPARTAMENTO DE SANTANDER”, en la cual procura hacer un recorrido cronológico del surgimiento de los diferentes grupos al margen de la ley en el departamento de Santander.

El departamento de Santander ha presentado históricamente altos niveles de violencia que están relacionados, como se evidenció en este documento, a la presencia persistente de grupos armados irregulares y estructuras del narcotráfico y a la disputa que han sostenido entre ellos. Es así como en el presente informe, se ha manifestado una mayor afectación de la provincia de Mares, en particular los municipios de Barrancabermeja y Sabana de Torres, que se deriva de su ubicación geoestratégica en la zona del Magdalena Medio y por la influencia que ejercen esta provincia las dinámicas que se desarrollan en el oriente del departamento de Antioquia, el sur de Cesar y sur de Bolívar. (Gómez, 2014, p.29)

Para finalizar, podemos decir que el examen realizado someramente a la situación actual de nuestro Departamento, nos lleva a afirmar, que sigue siendo incierta situación de los Derechos Humanos y su valor, lo mismo que el tratamiento que se les da a los defensores de estos, dado que muchas de estas transgresiones son el producto de políticas poco serías encaminadas a la protección de los mismos, de tal manera, que el reconocimiento y aseguramiento del respeto por ellos, no pueden tratarse como puntos derivados de la existencia del conflicto armado, ni de la configuración de su resolución por la consecución de la paz, hacen parte de la mera existencia de los individuaos miembros de una la sociedad en constante evolución reclamante por siglos del respeto y cuido de sus derechos que son inalienables e imprescriptibles pese al trascurso del tiempo y evolución sociocultural. (Gómez, 2014, p.30)

6.1.2. REVISTA DE DERECHO, de la Universidad del Norte de Barranquilla, publica un artículo de Miguel Humberto Jaime Contreras que se titula, “EL CONFLICTO ARMADO EN COLOMBIA”. En este artículo tratan de dar a entender, porque el funcionario público tuvo poca participación en las causas del conflicto armado colombiano. También hace referencia a que una parte del poder público, como la rama judicial se desentendiera del conflicto armado y no respaldara al Estado Colombiano.

El funcionario judicial en Colombia tiene una mínima participación en las causas del conflicto en Colombia; su vulnerabilidad resulta del ejercicio de una función pública en condiciones precarias y dentro de una sociedad carente de justicia social y enfrentada a grandes conflictos y desigualdades. El reto del aparato judicial es conservar su independencia y autonomía frente a los actos del conflicto, como garantes de los derechos básicos de los asociados. (Contreras, 2003, p.125)

6.1.3. La siguiente autora: Diane Tawse-Smith, en la Universidad del Rosario, Bogotá, publica un artículo en la revista Desafíos, titulado “Conflicto armado colombiano”. En este artículo se quiere evidenciar los diferentes acercamientos que tuvieron en repetidas ocasiones, diferentes grupos al margen de la ley como las FARC, ELN y los Paramilitares, por parte del gobierno colombiano y sus diferentes administraciones, a la hora de entablar diálogos políticos y procesos de paz, a partir de estas experiencias se quiere dar un entendimiento a corto, mediano y largo plazo de lo que ha sido el conflicto colombiano y sus diferentes propuestas para poner un fin a esta guerra. También hacen un análisis del surgimiento y caracterización y posibles motivaciones de tres de los más grandes grupos subversivos.

Al tener en cuenta las diferencias entre ELN, FARC y paramilitares —en sus bases sociales y políticas—, los efectos de sus estrategias y procedimientos violentos en la sociedad y en el apoyo de sus contrarios, se observa que los propósitos estratégicos, políticos y militares de los grupos al margen de la ley no tienen entre sus prioridades la humanización del conflicto. Esto se evidencia en el hecho de que para lograr fortalecerse militar y políticamente, tienen como mecanismo la aplicación de estrategias financieras que involucran a la población civil y sus derechos fundamentales, siendo esta utilizada en doble sentido: cada grupo quiere dominarla por encima de los otros. A esta situación se suma el hecho de que el conflicto cada vez adquiere mayor grado de confrontación directa, desenvolviéndose en zonas donde la población tiene un alto grado de vulnerabilidad —movida por el miedo—, aun cuando no está directamente implicada, quedando cada vez más inmersa en el conflicto y en medio de los actores armados que luchan por el control de territorios utilizando mecanismos violentos. (Tawse-Smith, 2008, p.294)

Surge de este contexto la necesidad de reconocer que si bien en Colombia la guerra se desarrolla entre, al menos, tres actores armados: el Estado, la guerrilla y los paramilitares, y que ninguno de ellos actúa en la realidad como un actor unitario y coherente, 32 no se puede caer en el error de desconocer el papel de la población civil dentro de este conflicto. (Tawse-Smith, 2008, p.294)

6.2 MARCO LEGAL: normativas, leyes, decretos, normas legales relacionadas con el problema que se investiga.

Dado el desarrollo del conflicto armado en Colombia, a lo largo de los años, el gobierno nacional, así como también organizaciones internacionales han sentado bases legales en donde se sustentan y dictan medidas en lo que se refiere al conflicto interno y otros aspectos relativos o producto de este.

Para hablar sobre la normatividad del conflicto armado colombiano, es necesario que se haga referencia al Derecho Internacional Humanitario (DIH), el cual:

Es un conjunto de normas que, por razones humanitarias, trata de limitar los efectos de los conflictos armados. Protege a las personas que no participan o que ya no participan en los combates y limita los medios y métodos de hacer la guerra. (Comité Internacional de la Cruz Roja [CICR], 2004).

El DIH es tenido en cuenta en los cuatro convenios de Ginebra de 1949, del que hacen parte la gran mayoría de los Estados, incluyendo a Colombia. Dentro de estos, hay que resaltar el artículo tres que regula lo que respecta a conflictos armados internos y en el que se dictan disposiciones sobre el trato humanitario que deben recibir las personas que no participen directamente de las hostilidades, así como también aquellas personas que hayan sido heridas o hayan contraído alguna enfermedad

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