DOCUMENTOS REFERENTES A LA FUNDACION, EXTINCION Y RESTABLECIMIENTO DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA *
Enviado por Jillian • 28 de Marzo de 2018 • 8.360 Palabras (34 Páginas) • 309 Visitas
...
Enriqueciendo el texto, se publicaron 16 láminas seleccionadas por el autor. El mismo ano de 1942 se publicó el texto en la serie "Papeles Tapatíos" incluyéndose también las láminas.
En 1972, siendo Rector de la Universidad de Guadalajara el Lic. Rafael García de Quevedo, se hizo una tercera edición de esta obra, con un tiraje de 5 mil ejemplares. En esta última edición se suprimieron las láminas.
ahora, y hasta que yo resolviera lo conveniente, que pudierais tener Estudios
particulares, y privados, á fin de que la Juventud se instruya á lo menos en los
primeros rudimentos de la latinidad, y se proporcione de este modo á los que
tengan algunos auxilios de sus casas un cimiento tan necesario para seguir los
Estudios mayores, ó bien en este Seminario, o en la Vniversidad de México. Y
viendose visto en mi Consejo de las Indias todo lo expresado con los antecedentes
del asunto, y expuesto por el fiscal, no hé tenido á bien condescender á vuestra
solicitud, y en su consecuencia os ruego, y encargo que desde luego ceseis en el
uso de la licencia que se os concedio para ensenar los primeros rudimentos de la
Latinidad, de cuya negativa, y providencia se advierte á esa misma Audiencia por
Despacho de este dia para su inteligencia, por ser asi mi voluntad. Fecha en sn.
Lorenzo, á tres de Novre. de mil setecientos setenta, y cuatro.—Yo El Rey".
El año de 1770 volvió el Ayuntamiento a insistir en sus gestiones; y de nuevo
se pidieron informes por Cédula Real del 3 de noviembre de 1774.
Las contestaciones dadas a esta nueva solicitud de información fueron
favorables, menos la de la Real y Pontificia Universidad de México, fechada a 26 de
mayo de 1775, y debe subrayarse la que firmó el Señor Alcalde:
“Señor:
“En cumplimiento de lo que Vuestra Majestad me manda en su Real Cédula
fecha tres de Noviembre del año próximo pasado, que informe sobre la
conveniencia o perjuicios que podrá tener el establecimiento de Universidad en
esta ciudad de Guadalajara, expresando con individualidad en el caso que se
contemple útil, qué cátedras se podrán poner, qué dotación se ha de señalar a los
catedráticos, en qué fincas, qué sitio puede aplicarse para la concurrencia a los
estudios y de donde podrán suplirse los costos para la habilitación del edificio. A
todo lo cual deseando satisfacer con santa simplicidad, realidad y verdad, digo por
partes: lo primero, en orden a la utilidad que podrá tener el establecimiento de
Universidad en esta Ciudad de Guadalajara juzgo que los motivos expuestos a
Vuestra Majestad por mi predecesor el Venerable Obispo don Fray Francisco de
Tejada, asi mismo por esta Ciudad, a saber: el adelantamiento de la juventud y la
de todas las provincias de su Diócesis, que por falta de Universidad se atrazan en
los estudios y dejan de graduarse muchos de sus naturales; otros aruinan sus
casas con los crecidos gastos de su viaje a México y su manutención en aquella
Capital para seguir los cursos regulares, a que llega que muchos, distantes de la
vista de sus padres, se pierden entregados a la ociosidad y al vicio a que les induce
la juventud y ninguna sujeción en que se hallan, como también lo delicioso de la
Ciudad de México, la distancia como de ciento cincuenta leguas de esta Ciudad a
la de México, y asi mismo la inopia de gente literata en esta Diócesis, porque
siendo México una ciudad tan apreciable y opulenta, los jóvenes que concurren a
ella a sus estudios, la cobran mucho amor en sus primeros años, y los que se
adelantan en dichos estudios, adquieren alli sin mucha dificultad conveniencias
con que pasar y olvidan enteramente a sus padres y Patria, restituyéndose solo los
que por su cortedad de ingenio no pueden subsistir, de que resulta que los
Tribunales de este Distrito se hallan muy escasos de abogados que dirijan los
negocios con acierto: digo pues que todos los referidos motivos son verdaderos en
tanto grado como los estoy palpando y experimentando, no sin dolor de mi
corazón, y por tanto los juzgo, no solamente por suficientes, si también por
demostrativos y eficaces, no solo de la utilidad que podria tener la Universidad que
se solicita, sino también la suma necesidad que hay de ella, sin que se me ofrezca
perjuicio alguno.
Lo segundo, en orden al sitio que se puede aplicar para la concurrencia a los
estudios y de donde podrán suplirse los costos para la habilitación del edificio,
digo: que el suntuoso edificio del Colegio Nuevo Tridentino, intitulado de Señor
San José es muy a propósito para la
...