EL DIVORCIO ANTECEDENTES
Enviado por klimbo3445 • 21 de Septiembre de 2018 • 4.753 Palabras (20 Páginas) • 279 Visitas
...
Es una sanción contra el cónyuge que ha incurrido en alguna de las causales expresamente determinadas por el legislador. Los términos "culpa", "cónyuge inocente" y "cónyuge culpable" se desprenden del Código Civil de 1984.
Las causales de separación y/o divorcio se sustentan "en el carácter de grave lesión que su realidad infiere al vínculo matrimonial.
Siendo hechos graves los que lesionarían el matrimonio, si el cónyuge inocente los perdonara, conociera de ellos o dejara pasar el término de caducidad o prescripción, la demanda no resultará amparada .
Las sanciones son:.
- Pérdida de Patria Potestad.
- Pérdida del derecho hereditario.
- Pérdida del derecho alimentario.
- Pérdida del derecho de gananciales que proceden de los bienes del otro.
DIVORCIO REMEDIO
Cuando la convivencia se torna intolerable, sin culpa de las partes, este divorcio busca una salida de crisis. En el Perú se optó por esta clase divorcio, con la finalidad de resolver una situación y circunstancia recurrente y común entre los cónyuges, cual es la existencia de una separación de hecho por varios años, en donde el matrimonio definitivamente ya no cumplía sus fines.[2]
La determinación de si la perturbación de la relación matrimonial es tan profunda que ya no puede esperarse que la vida en común continúe de acuerdo a la esencia del matrimonio. De acuerdo con esta tesis, los requisitos para que se configure la causal de divorcio serían: la desavenencia grave y objetivamente determinable, el fracaso matrimonial como única causal y la convicción de que la sentencia de divorcio es el único remedio para solucionar el conflicto.
De este modo, una pareja puede divorciarse cuando el juez compruebe que el matrimonio perdió su sentido para los esposos, los hijos y, por ende, para la sociedad
La tesis de la frustración matrimonial admite el divorcio cuando se ha producido un fracaso razonablemente irreparable del matrimonio y éste no puede ya cumplir la función que el ordenamiento le reconoce.
DIVORCIO POR CAUSAL
El divorcio por causal es aquella ruptura del vínculo matrimonial fundada en cualquiera de las causas específicamente previstas en la ley[3]. Las causas del divorcio están en su mayoría están referidas al incumplimiento de los deberes y obligaciones que genera el matrimonio por parte de uno de los cónyuges, tales como la fidelidad, la asistencia, el hacer vida en común, el respeto a la integridad física y psicológica.
El divorcio por causal es declarado por la autoridad judicial mediante sentencia.
Requisitos para un divorcio por causal
Para acogerse al divorcio por causal el cónyuge solicitante deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Que exista una de las 12 causales establecidas por ley .
- Que la causa sea probada, se recomienda que sea un abogado especialista en asuntos de familia quien evalúe su caso y lo asesore en la obtención de las pruebas que convengan a su caso concreto.
- Que la causa no haya caducado, algunas causas de divorcio tienen un plazo establecido para ser invocados de lo contrario se pierde el derecho a solicitar el divorcio. Se recomienda que un abogado de familia verifique si la causa de su divorcio está aún vigente o no.
- Que se presenten los siguientes documentos: Partida de matrimonio, partida de nacimiento de los hijos, copia de DNI del cónyuge solicitante, documentos que acrediten los bienes adquiridos dentro del matrimonio, y demás solicitados por su abogado.
Las causales del divorcio necesitan ser probadas
En el divorcio por causal la causa es determinante para obtener o no el divorcio pues para que la petición sea amparada debe estar fehacientemente comprobada por el juez de lo contrario la demanda será rechazada, es por tal motivo que recomendamos que antes de iniciar cualquier trámite se cuente con la asesoría previa de un abogado especialista en asuntos de familia para que lo asista convenientemente en la evaluación y selección de las pruebas.
Siendo fundamental acreditar la causal del divorcio trataremos de identificar las pruebas que actualmente vienen siendo aceptadas por los jueces en sus decisiones. Es importante precisar que las pruebas que se mencionarán pretenden ser una guía y no son las únicas pues la ley establece libertad probatoria correspondiendo a cada abogado determinar las pruebas que se ajusten al caso concreto.
Pruebas que acreditan las causales de divorcio
- Prueba de la causal adulterio: Probar la relación sexual de un casado con otra persona que no es su cónyuge es difícil, es por ello que los jueces admiten pruebas indiciarias tales como la partida de nacimiento del hijo extramatrimonial concebido y nacido durante el matrimonio, y la prueba de la convivencia pública. [4]
- Prueba de la causal de violencia física o psicológica: Denuncias policiales de agresiones con certificaciones médicas, copia certificada de la sentencia de violencia familiar, informes médicos.
- Prueba de la causal de atentado contra la vida del cónyuge: Copia certificada de la sentencia penal en la que se condena al cónyuge por tentativa de homicidio.
- Prueba de la causal de injuria grave: Documento, audio o video donde conste la ofensa grave proferida por parte de un cónyuge al otro y declaración de testigos.
- Prueba de la causal abandono injustificado: Denuncia policial por abandono del hogar conyugal por más de dos años continuos o alternados, y documentos que acrediten el incumplimiento de los deberes de asistencia económica y moral a los hijos y cónyuge.
- Prueba de la causal de conducta deshonrosa: Documentos y testigos que acrediten cualquier conducta deshonrosa tales como: el juego habitual, la vagancia, la ebriedad habitual, la prostitución, el exhibicionismo, delitos con pena no menor de dos años, violencia física o psicológica sobre los hijos. [5]
- Prueba de la causal de toxicomanía o alcoholismo: La pericia médico legal.
- Prueba de la causal de enfermedad grave de trasmisión sexual: La certificación médica de que se ha contraído la enfermedad después del matrimonio.
-
...