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El derecho internacional es el derecho de la sociedad internacional.

Enviado por   •  22 de Mayo de 2018  •  4.342 Palabras (18 Páginas)  •  560 Visitas

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la profundidad del suelo a la superficie. La fuente , continúa Oppenheim, no es la causa de la corriente de agua cuyo origen debe buscarse en las profundidades del suelo. Al derecho ,

le interesa la fuente formal, es decir la norma jurídica.

Encontraremos entonces , una exposición autorizada de las fuentes del derecho internacional. Los dos fundamentales son los tratados y la costumbre, y el problema es determinar su jerarquía. En realidad esta cuestión no tiene una importancia primordial .

En efecto, si hay un tratado en vigor entre las partes,la corte debe aplicarlo en primer lugar, y solamente si no hay un tratado acudirá a la costumbre . Es decir, que los Estados , en sus relaciones recíprocas, son libres para derogar la costumbre internacional , con la reserva de que esta derogación no es aplicable a los Estados que no hayan dado su acuerdo a ello.

Al afirmar tal cosa están reconociendo el carácter subordinado de la costumbre, porque no siempre es necesario recurrir a ella , aún para la interpretación del tratado se puede muy bien tener disposiciones relativas a esa interpretación y el juez debe respetarlas y aplicarlas, si la voluntad de los Estados contratantes es clara, aun cuando fueran contrarias a la costumbre internacional.

Sujetos de derecho internacional con base territorial.

En tèrminos generales, se denomina sujeto de derecho a la persona capaz de entablar una acciòn ante un tribunal a tràves de sus padres o de un representante legal. Lo son tambièn los incapaces, quienes ejercen su personerìa a travès de curadores

En el derecho internacional la cuestiòn del sujeto de derecho fue definida por la corte internacional de justicia en su opiniòn consultiva de 11 de marzo de 1949, en el caso <<Reparaciones por daños sufridos en el servicio de las Naciones Unidas>> (1949 CIJ, Rep. 179). para la corte, afirmar que las Naciones Unidas es un sujeto de derecho internacional, significa <<que tiene capacidad para hacer valer sus derechos mediante reclamaciones internacionales>>.

Los Estados, sin duda, son los sujetos de derecho internacional por excelencia, pero como advertimos por la opiniòn consultiva arriba citada, lo son los organismos internacionales como tambièn una colonia o un protectorado pues la primera puede plantear sus reclamaciones a travès de la potencia administradora y el segundo a travès del Estado protector.

A los Estados lo que se le va a diferenciar de una colonia o de un territorio autónomo y que algunos autores han llamado soberanía externa para diferenciarla de anterior requisito denominado también soberanía interna.En la última conferencia de Helsinki sobre cooperación y seguridad europea no se invitó a andorra, precisamente porque ese país no tenía control en sus relaciones internacionales. Mónaco,que sì fue invitado, al final fue excluido aparentemente por las mismas razones, (hoy, sin embargo, ambos países son miembros con plenos derechos en las naciones unidas).

Nacimiento de los Estados:

Los Estados tienen diferentes formas de origen:

Inmemorial, o sea aquellos Estados que se han originado lentamente o desde hace un buen número de siglos como: Gran bretaña,Francia,Irán y Egipto.

Por independencia o insurgencia, como son los casos de las colonias que se rebelaron contra su metrópoli y alcanzaron un status independientes.Fue el caso de las colonias españolas en América.

Fusión: cuando dos estados deciden unirse para formar un nuevo Estado como fue el caso de la unión de siria y egipto,que formaron la república árabe unida de breve duración.

Por secesión: cuando una parte del Estado se separa y sus habitantes determinan la existencia de un nuevo Estado como fue el caso de panamá cuando se separó de colombia en 1903.

Por decisión internacional,como fue el caso de la creación del estado de israel por las naciones unidas en 1947.

Sujetos de derecho internacional sin base territorial:

Han hecho su aparición en forma continua una serie de organizaciones internacionales es decir, organismos compuestos por los propios gobiernos destinados a ocuparse de tareas específicas dentro de la comunidad internacional.

Un ligero esbozo de los orígenes y la evolución de los organismos internacionales nos remontarían a las anfictionía griega, a la que algunos autores sitúan como el germen de estos organismos. La anfictionía griega reunía a los representantes de las diferentes ciudades-Estados griegos para resolver asuntos netamente relacionado con el intercambio comercial.

La concepción imperial de la civilización romana era contraria a la creación de entidades que tuviese alguna semejanza con los actuales organismos internacionales.

Derechos y Deberes:

Se señala la igualdad jurídica entre Estados y el deber de respetar plenamente los derechos de otros Estados. El artículo 13 hace referencia a la existencia y derecho de organizarse como mejor lo entendieran de un Estado que no ha sido reconocido por los demás. El artículo 17 se refiere al derecho de cada Estado a desenvolverse libremente en su vida cultural, política y económica, respetando los derechos de las personas humanas y los principios de la moral universal. El respeto a los tratados está contemplado en el artículo 18 .

Otros derechos y deberes son la no intervención no sólo de las fuerzas armadas sino también a través de los elementos políticos, económicos o culturales; la no aplicación de medidas coercitivas tendientes a forzar la voluntad de un Estado; la inviolabilidad del territorio y a no recurrir al uso de la fuerza salvo el caso de la legítima defensa.

El desarrollo integral persigue una serie de objetivos tendientes a lograr un proceso económico social y cultural mediante la cooperación interamericana e integración procurando evitar causar perjuicios de índole económica a otros Estados miembros. Señala la necesidad de aplicar los siguientes principios a fin de que el hombre pueda realizarse como ser humano: todos los seres humanos tienen derecho al bienestar material y desarrollo espiritual sin distinción de raza, sexo etc. en igualdad de oportunidades y un deber social; el derecho de asociación y el derecho a un sistema de seguridad social entre otros.

Organismos

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