El desarrollo humano en Guesfolia
Enviado por Stella • 1 de Enero de 2018 • 960 Palabras (4 Páginas) • 900 Visitas
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En el caso de la corte interamericana, que no ha señalado con tanta frecuencia las violaciones a los DESC en la actualidad se puede apreciar como a través de las peticiones individuales, se ha logrado la protección de dichos derechos, de manera autónoma también a través de la invocación del artículo 26 de la convención, como fue en el caso 12.249 relativo al reclamo de personas con VIH en el salvador.
- ¿Qué construcción jurídica puede hacerse para una adecuada protección de los DESC a partir del artículo 26 de la Convención Americana y la teoría de la integridad e indivisibilidad de los derechos humanos?
la I Conferencia Internacional de Derechos Humanos realizada en Teherán (1968) donde se proclamó la indivisibilidad de los derechos, a partir de una perspectiva global y la II Conferencia Internacional -Viena (1993)-, donde se reafirmó el carácter universal de los derechos humanos como incuestionable, ratificando además la indivisibilidad e interrelación de todos los derechos humanos. El tratamiento global de los mismos, así como el deber de todos los Estados, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos, sin tener en cuenta la particularidades nacionales y regionales, de cuño histórico, cultural o religioso.
Asi cabe rescatar que cada estado debe promover los derechos humanos como clave de su indole sin importar las características económicas, sociales y culturales de su región. Por que primero es el ser humano y segundo son los defectos; convirtiendo al hombre en sujeto del derecho internacional y que la normatividad de los derechos humanos no se encuentra reservada a los Estados, sino al mismo tiempo es propia del derecho internacional y sus órganos.
Conclusion
Para resolver este caso se utilizo un análisis del pacto de san jose con opiniones consultivas acerca de la teoría de la intergralidad y transparencia.
Creemos que cada estado debe hacer lo posible bajo sus recursos para aportar a su sociedad sin acciones de discriminación, no importando si su PIB es bajo.
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