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El fenómeno natural

Enviado por   •  9 de Octubre de 2018  •  1.441 Palabras (6 Páginas)  •  245 Visitas

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18)-

El fenómeno laboral:

-El capitalismo privilegio lo económico, sus exigencias y sus efectos.

-Como consecuencia del uso de la moneda, se crea la posibilidad del ahorro, el dinero produce renta y facilita la existencia de un mercado abierto, con preponderancia de quienes lo poseen.

-El proceso económico se centra en la producción, la utilidad y el provecho actúan como únicos estímulos de la actividad del hombre. Esta concepción niega o por lo menos subestima, el papel de la vida social.

19)-

El trabajo humano

-El mencionado sistema engendró, en lo social, un individualismo que se sintetiza en el principio de cada cual para sí, y cuyo ideal es el dinero y los honores.

-Conviene distinguir bien el capitalismo como hecho espiritual , social, histórico, jurídico y económico, de la estructura que crea y que se de suyo es valiosa. La capitalización del desarrollo económico se realizo en provecho de los empresarios, produjo un empobrecimiento de los empleados.

20)-

El fenómeno laboral:

-La empresa que pierde el carácter de comunidad se convierte en un ente financiero, experimenta una transformación, no solo económica si no jurídica y espiritual. Aumenta de tamaño a expensas de otras se desplazan del mercado, y rebaja el “precio” del trabajo que queda reducido a un insumo más que sufre la “competencia”.

-De acuerdo con la concepción liberal, la “legislación del trabajo”, constituía un ataque fundamental al principio de la autonomía de la voluntad, según el cual debería lograrse el equilibrio social. Los primeros pasos en la materia se dieron respetando esos cánones. Como a las mujeres y los niños la ley civil los consideraba incapaces, se argumento que no tenían discernimiento para contratar, por lo cual era admisible que la norma los protegiera mediante la fijación de ciertas condiciones.

21)-

El trabajo humano:

-Concepto de trabajo dirigido en la ley de contrato de trabajo: Esta lo define como “toda actividad lícita que se presta en favor de quien tiene la facultad de dirigirla” y no sea la administración pública Nacional, provincial o municipal “mediante una remuneración” consecuencia, de todo acto lícito que tiene la facultad de dirigirlo y que es remunerado, constituye trabajo en “relación de dependencia”.

-El que “recibe” la tarea , ya para satisfacer sus necesidades propias, de su núcleo familiar o para que junto con otros insumos poner a disposición de la comunidad global o una parte de ella, no solo tiene derecho a usar la labor que dirige, si no también al fruto que produce.

22)-

El fenómeno laboral:

-En cuanto al aspecto de “actividad productiva”, debe entenderse por tal no solo la de las “cosas” que se logran mediante las tarea primarias y secundarias, Si no tambien la de servicios por medio de los cuales se tiende a lograr una cierta “calidad de vida” que facilite un nivel compatible con la índole y destino del hombre y del grado de perfección logrado por la comunidad.

-De acuerdo con la norma legal, se excluye como trabajo dirigido incluido dentro del ámbito de la LCT al que comprende:

a)- A los dependientes de la administración publica.

b)-A los trabajadores del servicio domestico.

c)-La ley del sector agrario.

Índole: Carácter o condición natural propia de cada persona, que la distingue de los demás.

Alienarse: privar al hombre de su libertar produciéndole alineación.

Estriba: tener una cosa y su fundamento en otra.

Locatario: derecho arrendatario, persona que toma una propiedad en arriendo.

Preeminencias: privilegio o ventaja que una persona o cosa tiene sobre otras por razón o merito especial.

Menesterosos: es una persona que no tiene lo necesario para vivir.

Tajante: que no admite replica o discusión.

Gleba: tierra a la que estaban adscritos ciertos colonos y siervos durante la edad media.

Edicto Turgot:

Este ministro francés de fines del siglo XVIII, fisiócrata y discípulo de Quesnay, había proclamado que la fuente de los males franceses, desde el punto de vista industrial y comercial, se encontraba en la facultad concedida a los artesanos del mismo oficio para unirse y reunirse en cuerpos. Al promulgarse en 1776 su famoso edicto, que ponía fin a los gremios, declaró la concesión del derecho a trabajar cual prerrogativa de la realeza que el príncipe podía vender y los súbditos debían comprar.

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