Grecia 1 MELISSA Las 3 razas que constituyeron grecia
Enviado por Eric • 11 de Diciembre de 2018 • 3.369 Palabras (14 Páginas) • 278 Visitas
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SENADO REPUBLICANO
- Su capacidad fue aumentando de 300 miembros a 1200 y su elección se componía de cónsules, posteriormente a los magistrados con dignidad consular y por último a los censores. Era convocado y presidido por el cónsul, el dictador o el interrex.
- El senado siempre tuvo carácter de organismo colegislador, a través del ejercicio de la auctoritas patrum.
LOS COMICIOS REPUBLICANOS
- Con el paso del tiempo, los comicios llegaron a convertirse en órgano regular de Estado con facultad legislativa, cuando los plebiscitos adquirieron obligatoriedad.
Las fuentes del derecho: la ley comicial.
- La ley en sentido estricto era la norma jurídica sancionada por el pueblo romano reunido en los comicios. Los trámites para la votación de la ley rogada eran:
- El proyecto de ley
- Darlo a conocer al pueblo
- Discutir el proyecto
- Fijar fecha para la votación
- El magistrado comunicaba el resultado de la votación
- Era ratificada por el senado
- La ley rogada se constituía de 3 partes:
- La praescriptio (preámbulo)
- La rogatio (el texto)
- La sactio (sanción), que a su vez se clasificó en:
- Leges rogatae: leyes rogadas
- Leyes perfectas
- Leyes menos perfectas
- Leyes imperfectas
- Leyes más que perfectas
- Leges datae: citadas por magistrados
- Leges dictae: disposiciones o estatutos
LOS PLEBISCITOS
- Eran decisiones votadas por la plebe en sus asambleas, que más tarde se convirtieron en obligatorios.
EL EDICTO DE LOS MAGISTRADOS
- El edicto de los magistrados tenía tanta autoridad como la ley. El magistrado era libre y actuaba de acuerdo a su conciencia, inspirada en el ius Gentium, o en figuras ya existentes del ius civile.
- El edicto del pretor se clasifica en:
- Edicto anual o perpetuo
- Edicto traslaticio
- Edicto repenticio
- El pretor carecía de potestad legislativa
LA JURISPRUDENCIA PONTIFICIAL Y LAICA
- Con el proceso de laicización o secularización el pueblo debió la rápida formación de las instituciones jurídicas y se desarrolló a través de 4 momentos históricos:
- Promulgación de la ley de las XII tablas
- La divulgación de las fórmulas de la ley debida a Cneo Flavio
- La labor de divulgación de Tibero Coruncanio
- La publicación del Tripertito de Sexto Aelio Paeto.
- La labor de los jurisconsultos laicos implicaba varias funciones que quedaron contenidas en los términos latinos:
- Respondere: opinión – cuestiones jurídicas, litigiosas
- Cavere: dugería términos y fórmulas
- Agere: indicaba a los litigantes
- Instituere: impartía la enseñanza del derecho
- Scribere: componer colecciones y tratados sobre temas jurídicos que daban a la publicidad bajo las formas de respuesta y de reglas
LAS CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO
- Durante toda esta época destacaban el ius Gentium y el ius honorarium.
EDAD MEDIA EUROPEA 2
LA IDEA DE LA LEY Y DEL DERECHO NATURAL CON EL CRISTIANISMO PRIMITIVO. SAN AGUSTÍN.
- De acuerdo a la doctrina cristiana de la ley y del derecho natural. Las pautas para la conducta son: la naturaleza y la razón.
- La distinción entre derecho natural primario y secundario:
- Primario: deriva de la naturaleza humana tal como fue creada por Dios, con anterioridad al pecado original.
- Secundario: deriva de la naturaleza humanateniendo en cuenta las circunstancias establecidas por el pecado original
SANAGUSTÍN
- División entre ley y derecho
- Ley eterna: la razón es más importante, hay que discernir entre lo que es bueno y lo que es malo. La voluntad establece lo que hay que hacer.
- Ley natural: razón y voluntad divinas (ley moral)
- La ley humano-positiva: cambia según los tiempos, pero siempre será una derivación de la ley eterna. Busca el orden y la tranquilidad
- La justicia es puesta por San Agustín como el elemento diferenciador del Estado frente a una mera asociación de hombres para realizar fechorías.
- San Agustín llama “ciudad terrestre” o “ciudad del diablo” a la comunidad de hombres malos. No obstante llama “ciudad celeste” o “ciudad de Dios”. No se puede identificar, pues, ni el Estado con la ciudad terrestre, ni la iglesia con la ciudad de Dios.
LA LEY Y EL DERECHO NATURAL EN SANTO TOMÁS DE AQUINO
- Santo Tomás estaba persuadido de que tanto la vía de la razón como de la Revelación nos llevan al conocimiento de la verdad.
- Conocido como un repesentante del llamado “humanismo cristiano”.
- Santo Tomás divide la ley y el derecho en tres pates:
- Ley eterna: la universal que empieza en Dios – se fija más en la razón que
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