HISTORIA DEL DERECHO 2016 SEGUNDA PARTE
Enviado por Kate • 14 de Febrero de 2018 • 4.194 Palabras (17 Páginas) • 531 Visitas
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Finalmente, en materia de sucesiones, añade el muy informal “testamento de indios”, algunas medidas para proteger la libertad testamentaria contra presiones por parte del clero.
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ESTRATIFICACIÓN SOCIAL
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CONSTITUCIONES EN MÉXICO
- CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ
- ELEMENTOS CONSTITUCIONALES
- SENTIMIENTOS DE LA NACIÓN
- CONSTITUCIÓN DE APATZINGÁN
- PROCLAMA DE 1821
- PLAN DE CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA NACIÓN MEXICANA 1823
- CONSTITUCIÓN DE 1824
- CONSTITUCIÓN DE 1835
- 7 LEYES CONSTITUCIONALES
- BASES ORGÁNICAS DE 1841
- BASES ORGÁNICAS DE 1843
- ACTA CONSTITUTIVA Y BASES DE 1847
- BASES PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LA REPUBLICA 1853
- CONSTITUCIÓN DE 1857
- LEYES DE REFORMA DE 1859
- CONSTITUCIÓN DE 1917
TRANSICIÓN HACIA LA INDEPENDENCIA
La detención de Fernando VII (1808), en Francia y su renuncia bajo intimidación, abrió el camino al trono español para el hermano de Napoleón, José (“pepe botella”).
La manifiesta debilidad de España, y varios factores más, contribuyeron a la independencia de México y la mayor parte de la América Española. Entre ellos : el rencor de los cultos y prósperos criollos por el monopolio del poder político que los peninsulares se arrogaban.
También se añade desde 1811 el ejemplo de otros países hispanoamericanos, como es la independencia de Paraguay, la de Venezuela, la de Argentina, de Chile, Colombia, Bolivia, Perú, y la resistencia de las clases superiores novohispánicas contra la reimplantación de la liberal.
Desde 1808, muchos criollos de la Nueva España pensaron que el momento era oportuno para obtener una independencia regional, eliminando para siempre la discriminación de la que era objeto por parte de los peninsulares. El ayuntamiento de México, tomó la iniciativa, disfrazando sus ideas como manifestación de lealtad al rey Fernando VII y alegando que éste había abdicado bajo presión. Pero otros se consideraron amenazados por ideas de una independencia criolla, antipeninsular e hicieron fracasar el plan del ayuntamiento.
Esta crisis de autoridad, preparó el camino para un movimiento popular de indios y mestizos, que tuvo un comienzo visible en la famosa proclamación del emocional sacerdote Hidalgo, en septiembre de 1810.
Después de la batalla en puente de calderón, el 17 de enero del 1811, Hidalgo, grande como carismático líder de los oprimidos, pero incompetente como jefe militar fue sustituido por el sensato Allende.
Luego de la ejecución de Hidalgo y Allende, la lucha de los Insurgentes fue continuada por Morelos. En 1813 convocó al Primer Congreso de Anáhuac, en Chilpancingo, que debía preparar una constitución para la nueva nación.
El 14 de septiembre de 1813, Morelos publicó los Sentimientos de la Nación, en 22 artículos, influenciado por los Elementos constitucionales del Lic. Ignacio López Rayón y donde se proclaman:
- Sentimientos de la Nación
- La libertad de América;
- El monopolio del catolicismo;
- La soberanía popular, depositada en tres poderes;
- La exclusiva concesión de empleos a “americanos”;
- La limitación de la inmigración a extranjeros artesanos capaces de instruir;
- La necesidad de moderar la opulencioa y la indigencia;
- La ausencia de privilegios;
- La abolición de la esclavitud;
- Un derecho de importación del 10%;
- La inviolabilidad del domicilio;
- La abolición de la tortura;
- El 12 de diciembre como día nacional, y;
- Un impuesto del 5% sobre ingresos.
El 14 de septiembre de 1813, se inauguró el congreso de Chilpancingo, también llamado el congreso de Anáhuac. Entre los resultados de este congreso hallamos la declaración de la independencia absolutoria de la nueva España, del 6 de noviembre de 1813, pero su principal logro fue el decreto constitucional para la libertad de la América Mexicana (CONSTITUCIÓN DE APATZINGÁN) de 242 artículos, sancionados el 22 de Octubre de 1814, ya no en Chilpancingo, sino en Apatzingán, no muestra la tendencia de continuar la monarquía, sus autores son: Morelos, Quintana Roo, López Rayón, Cos y varios otros, entres sus derechos se declaran:
- El monopolio de la religión católica apostólica romana.
- Herejía y apostasía son causas de pérdida de la ciudadanía;
- Soberanía popular, que permite alterar la forma de gobierno;
CONSTITUCIÓN DE APATZINGÁN
- Establecimiento y separación de los tres poderes;
- La igualdad de la ley para todos;
- Principio de nullum crimen sine lege;
- La penal debe ser personal contra el reo
- Derechos individuales de los artículos 24 al 40
- La inviolabilidad del hogar;
- Principio de que una expropiación solo debe ser por pública necesidad y mediante justa compensación
- Libertad de expresión y de prensa.
CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ
Esta constitución
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