LOS SUPUESTOS JURIDICOS.Que son los Imperativos hipotéticos?
Enviado por Sara • 13 de Diciembre de 2017 • 859 Palabras (4 Páginas) • 592 Visitas
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Hasta este punto hemos descrito particularidades esenciales de la norma jurídica como es la característica de hiperactividad la explicación de los términos hipótesis, así como del uso de la terminología, supuestos jurídicos y su concepto.
En esta última parte, se ha advertido en el concepto de supuestos jurídicos un elemento más, que se ha dejado deliberadamente hasta el final, esto es; las consecuencias jurídicas o de derecho. Para que una norma jurídica sea eficaz tiene que producir consecuencias. García Máynez explica a partir de la ley de la causa y el efecto en la naturaleza que al presentarse determinada causa el efecto se produce de inmediato; en el caso de los fenómenos naturales como en las normas jurídicas, dice Máynez que también puede existir una causa y un efecto pero en el caso de las normas jurídicas se les llama consecuencia; menciona el ejemplo del mercurio un elemento que al ser sometido aumenta su volumen, la causa es calentar dicho elemento y el efecto es que se dilata o aumenta su volumen, ahora bien, usemos un ejemplo de una norma jurídica: a la “causa” en derecho se le denominara “supuesto jurídico”, pondremos de ejemplo la ley del impuesto sobre tenencia vehicular, la consecuencia jurídica es la obligación de pagar el impuesto. Sin embargo esta consecuencia no se produce fatalmente o de inmediato, porque precisamente, al estar sujeta la obligación a la voluntad del sujeto puede darse o no la consecuencia jurídica.
En este sentido, García Máynez hace hincapié en el uso de los términos “supuesto jurídico” y “hechos jurídicos”; como vimos anteriormente los primeros son hipótesis que una norma contiene mientas que el segundo se comprende como la transformación de una realidad jurídica existente.
Norma impero-atributivas
Una norma jurídica además de imperativa también atribuye, a esta característica la conocemos como “imperativo-atributivas”. Ya sabemos en que consiste la característica de interactividad (mandato u orden) ahora bien ¿en que consiste la atributividad?. Un atributo es el reconocimiento de cierta cualidad en una persona; en términos jurídicos hablamos de reconocimiento de derechos así bien de acuerdo a lo anterior, una norma jurídica además de imponer mandatos y ordenes, también reconoce derechos y facultades, por ejemplo el derecho a propiedad, por un lado la norma jurídica que establece el derecho a la propiedad obliga al respeto frente a terceros (imperativo); mientras que por otro lado concede el uso, goce y disfrute de un bien mueble e inmueble.
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