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La Reforma Política en Argentina y la Ley de Lemas. Análisis del Caso de la Provincia de Formosa

Enviado por   •  10 de Noviembre de 2018  •  3.968 Palabras (16 Páginas)  •  318 Visitas

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- La posibilidad de los partidos de realizar alianzas

- Permite a los partidos presentar mayor variedad de opciones al electorado

- Rompe con el monopolio de la presentación de candidaturas por parte de las cúpulas partidarias

- Evita internas sangrientas que debilitan los partidos políticos

Además en cuanto a las ventajas de este sistema Borello y Mutti (2002) agregan:

- Permite que aspirantes que no puedan ganar la elección interna puedan acceder a distintos cargos

- No produce mayores erogaciones estatales

En cuanto a los elementos negativos, las desventajas y las críticas es interesante mostrar los argumentos que los estudios teniendo diferentes puntos de vista presentan. Los trabajos de Panozzo (2001) y de Reinoso (2004), son coincidentes en presentar los contrapuntos de la utilización de este sistema y las desventajas se agrupan en tres aspecto esenciales:

- Generan o fomentan el faccionalismo al interior de los partidos

- Desconcierta al elector a la hora de emitir el voto

- El ganador puede ser un candidato que no represente la voluntad el pueblo.

Borello y Mutti (2003) presentan además otros inconvenientes como ser:

- Dificulta la obtención de respaldo parlamentario

- Implica una tercería de la ciudadanía en un problema del partido

Este sistema tiene sus antecedentes en la República Oriental del Uruguay, país en el cual duro casi cien años y esto ha sido objeto de numerosos estudios. En esta línea Buquet (2006) plantea que en Uruguay favoreció la continuidad y el mantenimiento de la unidad partidaria al tiempo que promovió la competencia democrática en su interior y la renovación de los liderazgos, y, cuando los partidos políticos perdieron su coherencia programática y se transforman en meras etiquetas que generaron distorsiones significativas de las preferencias ciudadanas. Es necesario pensar y analizar el hecho de que en este país dado el crecimiento de las terceras fuerzas, se dejó de usar este sistema para las elecciones a cargos ejecutivos.

El doble voto simultaneo en las provincias argentinas luego del retorno de la democracia.

La implementación del sistema de doble voto simultáneo tuvo lugar en la provincia de San Luis en el año 1986 para la elección de convencionales constituyentes, y fue derogada antes del año por los inconvenientes que supuso al interior de los partidos políticos.

Calvo y Escolar (2005) señalan que en 1987, los oficialismos de cuatro provincias peronistas (Formosa, La Rioja, Misiones y Salta), lograron mediante la implementación de este mecansimo electoral para evitar una derrota electoral. El uso de este mecanismo, permitió al Peronismo sumara los votos de sus distintas listas y mantener la condición de oficialismo provincial y resolver su interna sin sacrificar la mayoría que gran parte de los sistemas electorales provinciales otorgan al ganador de la contienda electoral. Además, permitió que los gobernadores, administraran la interna partidaria y evitaran el surgimiento de una oposición desde el interior del mismo partido.

Calvo y Escolar señalan que el giro a la Derecha bajo el Liderazgo de Carlos Menem dio lugar a la implementación de este mecanismo electoral en otras seis provincias: Chubut, Jujuy, San Juan, Santa Cruz, Santa Fe, y Santiago del Estero, todas estas en 1991.

De esta manera sistematizando la información, en el cuadro que se presenta a continuación presentamos el estado actual de la ley de lemas en las provincias argentinas que la han implementado

Doble Voto Simultaneo o Ley de Lemas

Situación

Año

Provincias

Incorporación

1986

San Luis

1987

Formosa, La Rioja, Misiones y Salta

1991

Chubut, Jujuy, San Juan, Santa Cruz, Santa Fe, Jujuy y Santiago del Estero

Supresión

1986

San Luis

1995

Chubut

1997

San Juan y Santiago del Estero

1999

Salta

2001

Santa Cruz y Misiones*

2004

Tucumán y Santa Fe

2011

Formosa*

*derogación parcial para la Elección de Gobernador y Vice.

Fuente: elaboración propia a partir de los trabajos de Calvo y Escolar (2005), e información legislativa de las diferentes provincias.

En la actualidad este mecanismo solo está vigente para todos los cargos en la Rioja, y parcialmente en Misiones y Formosa.

En cuanto a la ley de lemas y su funcionamiento en las distintas unidades subnacionales algunos trabajos dan una visión crítica dela aplicación del mecanismo en las jurisdicciones provinciales;

Panozzo (2001) en el estudio de la aplicación de la Ley de Lemas en Salta, pone énfasis en las limitaciones del sistema y muestra como de alguna manera se genera conflicto ya que permite que candidatos con porcentajes muy escasos de apoyo lleguen a ocupar cargos, lo cual genera disconformidad y confusión en el electorado, y partido político sufre debilitamiento y pierde legitimidad.

Con estos argumentos el trabajo hace manifiesto que el mecanismo a nivel jurídico es o pareciera ser altamente beneficioso, pero sus consecuencias terminando siendo nefastas para los sistemas electorales democráticos.

Borello

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