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PROPUESTA DE LA Ley de Educación Nacional

Enviado por   •  28 de Noviembre de 2018  •  1.590 Palabras (7 Páginas)  •  386 Visitas

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Como bien señalaba Norma Paviglianiti en su recordado análisis de la Ley Federal, cuando la responsabilidad se distribuye entre tantos agentes y sin discriminación por su carácter público o privado, o su envergadura de autoridad jurídica para garantizar un derecho constitucional, evidentemente se responsabiliza a todos y en consecuencia nadie como principal.

Un derecho del ciudadano debe quedar en la responsabilidad del Estado como instancia pública responsable de hacer cumplir la Constitución.

A quién educa la reforma

Se reitera el concepto de ser humano que sostiene la Ley Federal:

Ley Federal art.6.

“El sistema educativo posibilitará la formación integral y permanente del hombre y la mujer, con vocación nacional, proyección regional y continental y universal, que se realicen como personas en sus dimensiones, cultural, social, estética, ética y religiosa, acordes con sus capacidades, guiados por los valores de vida, libertad, bien, verdad, paz, solidaridad, tolerancia, igualdad y justicia. Capaces de elaborar, por decisión existencial su propio proyecto de vida.”

En la Reforma: Pto. 2.3.

“La calidad educativa debe abarcar la integralidad del sujeto .Desde este punto de vista, es necesario que la formación básica y universal brinde las oportunidades educativas que fortalezcan todas las dimensiones de la personalidad: cultural, social, estética, ética y religiosa.”

En estos enunciados se define a la persona y/o a la personalidad con una dimensión religiosa, cuestión que no es reconocida por nuestra constitución, es más deberíamos indagar si no atenta contra el derecho a la libertad de pensamiento. Además, entendemos que así expresado no solamente rompe con la laicidad de la educación pública sino también discrimina en su conceptualización a quienes no profesan creencia o religión alguna.

Carácter de la educación.

Nuevamente como establece la Ley Federal pone en igualdad de condiciones a la escuela pública y a la escuela privada. Habla de Escuelas o instituciones públicas de gestión privada y a quienes les promete otra legislación (pág. 47)

Entendemos que hoy la discusión de lo público y lo privado amplía estos conceptos abarcando a otras instituciones además del Estado, sin embargo estas orientaciones se fundamentan en varios aspectos que hacen al interés público al menos o a la publicidad de su ejercicio.

En el caso de las escuelas privadas de Santa Fe, esta extensión del carácter público no es tal en tanto la ley de privada Nº6427/68, dictada por la dictadura de la mal llamada Revolución Argentina, liderada por el Gral. Onganía, plantea la privacidad del servicio, exige la presencia de un dueño, le reserva derechos de admisión para alumnos y docentes, reconoce la posibilidad de cancelación de contratos de docentes con la indemnización de los empleados de comercio, no se hace cargo de las deudas generadas por esas instituciones.

Estos son algunos de los puntos que nada parecen tener que ver con una entidad de carácter público.

Entendemos que para extender el carácter público al servicio privado necesitaríamos discutir cuáles son las responsabilidades del Estado en la supervisión, control para garantizar el acceso a todos los ciudadanos que deseen asistir, a todos los docentes que deseen inscribirse para trabajar. Cuál es el modo de ingreso del personal docente a estas escuelas y quién hace el escalafón, cómo el Estado garantiza el derecho de aprender controlando el ingreso de los docentes al igual que en las escuelas públicas por concursos.

Los fines de la Educación

En este tema sólo destacaremos por ahora el tercer pilar que define el documento para la reforma para una educación de calidad y es “educar para la productividad y el crecimiento”.

No se entiende porque se toma este punto como fundamento, ya que la educación es un derecho del ciudadano de acceder al conocimiento y a la cultura en general y es un derecho de la sociedad tener ciudadanos educados que produzcan bienes culturales.

Es una de las experiencias más positivas en la política educativa Argentina, la que planteó para la educación educar al soberano y educar para apropiarse, disfrutar y producir bienes culturales.

Destacar como pilar de la educación preparar para el crecimiento y la productividad no hace más que resaltar y limitar la educación a la búsqueda de un rendimiento económico, además debe recordarse que el crecimiento económico no necesariamente implica calidad de vida para los ciudadanos y la sociedad toda. La experiencia de los 90 y los aspectos de ella que permanecen en la actualidad lo demuestran sobradamente.

También se señala que “aprender es un trabajo”, sin negar que aprender requiere esfuerzos, de ninguna manera entendemos se puede equiparar al concepto de trabajo, aprender entendemos es un derecho.

no consideramos que es la principal función preparar para las exigencias previstas por el mercado actual el crecimiento y la productividad sino como decimos arriba las sociedades necesitan de ciudadanos responsables y libres que puedan obtener de la educación las herramientas para construir un futuro mejor desarrollando todos los aspectos de la vida colectiva.

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