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Poder legislativo en Venezuela. El poder legislativo recae sobre la asamblea nacional o parlamento

Enviado por   •  6 de Noviembre de 2018  •  1.424 Palabras (6 Páginas)  •  425 Visitas

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de las leyes, entendiendo a la ley como aquel acto dictado y sancionado por la Asamblea Nacional en su carácter de cuerpo legislador. Existen tres (03) tipos de leyes que puede dictar la Asamblea Nacional: 1) Leyes Orgánicas; 2) Leyes Ordinarias; 3) Leyes Habilitantes.

Leyes Orgánicas: La constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 203 establece que se conocen como leyes orgánicas aquellas que así denomine la propia constitución, las que se dictan para organizar poderes públicos, las que sirvan de marco normativo a otras leyes y las que regulen los derechos fundamentales. El proceso que se sigue para dictar este tipo de leyes es:

• Todos los proyectos de ley salvo los que la constitución califique como orgánico deben ser aprobados por las dos terceras partes de los integrantes presentes.

• Luego de admitido se realiza la discusión general del proyecto.

• Se envía a las comisiones permanentes.

• Se realiza una segunda discusión, articulo por articulo del proyecto de ley.

• Se sanciona el proyecto.

• Se envía al TSJ para que se pronuncie solo en el carácter orgánico de la ley.

• Se envía al ejecutivo que puede promulgarla, enviarla al TSJ para verificar el carácter constitucional o vetarla y regresarla a la Asamblea Nacional para que se realicen algunas modificaciones.

Le Habilitante: la Asamblea Nacional puede delegar funciones parlamentarias al presidente de la república para que este dicte “Decretos con Rango Valor y Fuerza de Ley”. El presidente solo podrá dictar decretos leyes en las materias que lo autorice la Asamblea Nacional.

Ley ordinaria: son normas de rango legal que se aplican por debajo de las leyes orgánicas. El procedimiento para su creación es:

• Iniciativa: La constitución en el articulo 204 le confiere la facultad para la iniciativa de las leyes al poder legislativos, poder ejecutivo, las comisiones delegadas y permanentes, al TSJ cuando las leyes se traten de la organización y procedimientos judiciales, al poder electoral para leyes de la materia electoral, a los electores en un número no menor al 0,1% de los inscritos en el registro electoral y civil.

• Una vez admitida la iniciativa se pasa a la primera discusión

• Se envía a las comisiones permanentes que tienen 30 días para presentar un informe del proyecto

• Se realiza la segunda discusión

• Se sanciona

• Se envía al ejecutivo que puede vetarla, promulgarla o remitirla al TSJ para que se pronuncio sobre su carácter constitucional.

La función contralora de la Asamblea Nacional sin duda la función más importante que ejerce el parlamento en la actualidad. Esta se encuentra establecida en la Constitución Venezolana en el artículo 222 estableciendo diversos mecanismos para concretarla. Algunas de las formas de control que utilizan los legisladores es la necesidad de que sean ratificados todos los tratados internacionales que obliguen al país en el extranjero a menos que estos sean en materia de derechos humanos, es decir, si la asamblea no ratifica este acuerdo que es suscrito por el presidente dentro de sus competencias no tendrá efectos legales validos ni podrá ser exigido. La Asamblea Nacional también es la que aprueba el presupuesto anual que es presentado por el ejecutivo, así como aprueba este presupuesto a través de una ley, puedo modificarlos y otorgar créditos adicionales de ser necesario y si lo cree conveniente. También ejerce funciones como la autorización al presidente de salir de la nación y designa los jefes de misiones diplomáticas en el extranjero, En el ejercicio de sus funciones contraloras de acuerdo al artículo 220 del texto constitucional esta puede declarar la responsabilidad política de los altos funcionarios y solicitarle al poder ciudadano que intente las acciones a las que haya lugar. La Asamblea General puede solicitarle a los funcionarios presentar la memoria y cuenta de su gestión como un mecanismo de control. El parlamento puede emitir votos de censura contra el vicepresidente ejecutivo, lo que implicaría su remoción (Art. 187 numeral 10 CRBV). Puede autorizar al presidente para enajenar bienes inmuebles de dominio privado de la nación (Art. 187 numeral 12 CRBV).

Esos son algunos de los controles que puede ejercer el órgano legislador. Resulta importante saber y comprender las funciones contraloras del parlamento por la situación de coyuntura política y social que atraviesa el país, donde se evidencian muchas decisiones contrarias a derecho y que violan la constitución, sentencias que buscan usurpar las facultades de la asamblea nacional, acuerdos no aprobados por la asamblea que se están ejecutando, renovaciones de estados de excepción ilegales, entre muchas otras irregularidades que como estudiosos de derecho y futuros abogados debemos entender y analizar para corregirlas y reforzar la democracia en el país.

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