SOCIEDAD ANÓNIMA.
Enviado por Ninoka • 31 de Mayo de 2018 • 1.353 Palabras (6 Páginas) • 302 Visitas
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de la capitalización de primas sobre acciones o de otras aportaciones previas de los accionistas, así como de capitalización de utilidades retenidas o de reservas de valuación o de reevaluación.
Cuando se trate de capitalización de utilidades retenidas o de reservas de valuación o de reevaluación, las acciones deberán haber sido previamente reconocidas en estados financieros debidamente aprobados por la asamblea de accionistas.
Tratándose de reservas de valuación o de reevaluación, las acciones deberán estar apoyadas en avalúos efectuados por valuadores independientes autorizados por la Comisión Nacional de Valores, instituciones de crédito o corredores públicos titulados.
Las acciones cuyo valor no esté íntegramente pagado serán siempre nominativas.
La distribución de las utilidades y del capital social se hará en proporción al importe exhibido de las acciones.
Los suscriptores y adquirentes de acciones pagadoras serán responsables por el importe insoluto de la acción durante cinco años, contados desde la fecha del registro de traspaso; pero no podrá reclamarse el pago al enajenante sin que antes se haga excusión en los bienes del adquirente.
Cuando constare en las acciones el plazo en que deban pagarse las exhibiciones y el monto de éstas, transcurrido dicho plazo, la sociedad procederá a exigir judicialmente, en la vía sumaria, el pago de la exhibición, o bien a la venta de las acciones.
-Análisis comparativo
México : En México la sociedad anónima está regulada por la Ley General de Sociedades Mercantiles, publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha 4 de agosto de 1934.
Chile: En Chile, la sociedad anónima está regulada por la Ley N.° 18.046, sobre Sociedades Anónimas, publicada en el Diario Oficial el 22 de octubre de 1981. Dicha ley ha definido a la sociedad anónima como una "persona jurídica formada por la reunión de un fondo común, suministrado por accionistas responsables sólo por sus respectivos aportes y administrada por un directorio integrado por miembros esencialmente revocables." Además, le otorga siempre el carácter de mercantil, aun cuando tenga por objeto alguna actividad civil. El marco regulatorio de las Sociedades Anónimas en Chile es más amplio, dado que comprende diversos tipos:
Sociedad Anónima Abierta: aquellas que inscriban voluntariamente o por obligación legal sus acciones en el Registro de Valores.
Sociedad Anónima Abierta Especial: El Artículo 126 las entiende como aquellas sociedades que tienen una regulación especial, en atención a la naturaleza de las actividades que desarrollan, tales como las compañías aseguradoras y reaseguradoras, las sociedades anónimas administradoras de fondos mutuos, las bolsas de valores y otras sociedades que la ley expresamente indique como tales. Deben cumplir con una serie de formalidades:
Se forman, existen y aprueban por escritura pública
Requieren obtención de una resolución de la Superintendencia que autorice su existencia
Inscripción y publicación del certificado especial que otorgue dicha Superintendencia.
Sociedad Anónima Cerrada: la que no califica como ninguna de las sociedades anteriores.
Sociedad Anónima Deportiva Profesional: También conocida como S.A.D.P. o simplemente SADP, bajo el Artículo 1 de la ley 20.019, son aquellas constituidas en conformidad a dicha ley, que tengan por objeto organizar, producir, comercializar y participar en espectáculos deportivos y que se encuentren incorporadas en el Registro de Organizaciones Deportivas Profesionales administrado por el Instituto Nacional de Deportes de Chile.
-Noticias
Conclusión
En la actualidad, cuando se trata de organizar negocios de gran envergadura capitalista, de arremeter contra los más recios problemas de la producción y del comercio en gran escala, se sugiere la sociedad anónima, donde cada socio en principios puede aportar la suma que desee, limitando hasta su cuantía propia la responsabilidad, y de ese modo no poner en riesgo su patrimonio.
Al mismo tiempo dispone de un documento negociable, llamado "acción", que le acredita la calidad de socio y los derechos a ella inherentes; pero lo más importante es que puede transferirse regularmente por el uso de las más sencillas formas mercantiles.
Al invertir sus ahorros en acciones de una sociedad, las personas explotan varios renglones, ya que se tiene invertido el dinero y al mismo tiempo se tienen las posibilidades de obtener una ganancia lícita y ventajosa a la
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