Actualmente la constitución política es nuestra máxima autoridad, la carta magna y reconocida como la norma de normas; conjunto de reglas que instituye la forma en que debemos comportarnos los seres humanos que vivimos en Colombia para que haya bienest
Enviado por Rimma • 25 de Marzo de 2018 • 949 Palabras (4 Páginas) • 548 Visitas
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A nivel municipal, el consejo municipal es el órgano encargado, una de sus funciones es la de aprobar el presupuesto de rentas y gastos del municipio de acuerdo con la constitución y la ley. En las valorizaciones, la contribución de valorización, según se deduce del inciso 1 del art. 317 de la Constitución, es un gravamen especial que recae sobre la propiedad inmueble y que puede ser exigido no sólo por los municipios, sino por la Nación o cualquier otro organismo público que realice una obra de beneficio social y que redunde en un incremento de la propiedad inmueble.
Estos tres órganos nombrados anteriormente: el congreso, las asambleas y los consejos, mediante leyes, ordenanzas y acuerdos respectivamente, deben fijar, directamente los sujetos activos y pasivos, los hechos y las bases gravables, y las tarifas de los impuestos como lo estipula el artículo 338 de la constitución en mención.
En cuanto al artículo 363, el sistema tributario se funda en los principios de equidad, eficiencia y progresividad; la palabra equidad significa obrar con justicia, en tributación significa imponer cargas y otorgar beneficios sin distingos, de manera que todos los contribuyentes paguen o se beneficien, la cual tiene dos vías: la equidad tributaria horizontal que significa igual carga impositiva a igual base gravable y la vertical que significa mayor carga impositiva a mayor base gravable, es decir quienes más ganan más pagan, el principio de eficiencia es la relación entre los ingresos tributarios obtenidos y los recursos utilizados para conseguirlos. Un tributo es eficiente cuando no distorsiona la economía y el Estado obtiene los recursos a un costo razonable. No sería concebible que los recursos empleados en la consecución de un tributo superaran el ingreso que este genera, y progresividad este se deduce del principio de equidad horizontal y hace referencia a la distribución de la carga tributaria entre los diferentes obligados a su pago según su capacidad contributiva.
Por otro lado está la retroactividad, actúa como principio aunque no sea considerado como tal, significa que todo cambio normativo en materia sustantiva impositiva aplica luego de promulgada la nueva norma y desde el período fiscal siguiente del tributo que modificó, No obstante este articulo dice que las leyes tributarias no se aplicarán con retroactividad.
Finalmente, la parte tributaria además de tener su propio estatuto tributario Nacional, la constitución política y otras normas vigentes, donde nos establecen deberes y obligaciones de carácter tributario, el incumplimiento de estas es la lucha diaria para contribuir a una sociedad capaz de exigirle al estado colombiano, como también dar de sí misma para acabar con problemas de índole político y económico como la corrupción que tienta las manos de cualquier ser humano que no cumple con lo que nos establece la ley.
“Un hombre sin ética es una bestia salvaje soltada a este mundo”. Albert Camus (1913-1960)
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