CONTESTACION DE DEMANDA DE ALIMENTOS. Juicio Sumario Civil
Enviado por Kate • 13 de Agosto de 2018 • 3.375 Palabras (14 Páginas) • 1.037 Visitas
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anterior significa que; no procede la pensión alimenticia al hijo mayor de edad, sino que para que tenga derecho a pensión alimenticia, es preciso que conviva en el domicilio familiar y que no tenga ingresos propios, al haberse decretado en el juicio de divorcio que se me concede la guarda y custodia del aquel entonces mi menor hijo (hoy parte actora) se entiende que el domicilio familiar lo es el que se señaló dentro del proceso de divorcio y del cual se derivó que me fuera concedida la guarda y custodia, por lo que al abandonar la casa sin mi consentimiento se hizo acreedor a que el suscrito cesara la obligación de otorgar pensión alimenticia.
De lo anterior se desprende claramente que el hoy actor manifiesta un domicilio diverso al que fué decretada la guarda y custodia y que lo es en la calle Monte Atlas número 427 int. 39 condominio José Jara de la colonia La loma en esta ciudad; y en su escrito inicial de demanda en capítulo de PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS en el punto CUARTO.- solicita que se autorice como domicilio de su depósito de su persona el ubicado en la calle Ignacio Ramos Praslow número 123 de la colonia FOVISSSTE de esta ciudad, con lo cual el mismo está acreditando en este punto que abandonó el domicilio de forma injustificada, ya que del cuerpo de su escrito de demanda no se desprende que el suscrito lo haya corrido, maltratado, dejarlo sin estudios ni ropa ni alimentos, ni recreación pues el suscrito siempre lo llevaba de vacaciones en los periodos vacacionales del periodo vacacional.
3.- Por lo que respecta a este hecho de su escrito de demanda, manifiesto que NO ES CIERTO ya que el suscrito siempre desde antes del año 2011 como después de abril del mismo año y hasta el mes de septiembre del año 2016 he contribuido a su sostenimiento por cuanto a todas sus necesidades, respecto de que manifiesta que me he burlando diciendo que a mi la ley no me hace nada aduciendo que no tengo dinero; estas palabras ya sea que él las haya mencionado o sus abogados me lastiman en mis sentimientos como padre amoroso que he sido y responsable de sus necesidades, así como de su salud, medicinas, alimentos, estudios, recreación, cariño, cuidados y demás que le he proporcionado me hieren sus dichos, que le pido a Dios que él nunca tenga un hijo que proceda en su contra como él lo está haciendo. Y pido a su Señoría que esta contestación de demanda la lea el actor y no sólo sus autorizados, que si ellos lo inventaron también deseo que nunca tengan un hijo que les calumnien con este tipo de expresiones. En su momento procesal oportuno se acreditará que este hecho no es cierto y que DE NUEVO incurre en las sanciones previstas tanto en el Código Procesal Civil como en el Código Penal, ambos vigentes en el estado.
4.- Por cuanto a este hecho que se contesta me permito manifestar que NO ES CIERTO ya que nunca le he negado dentro de mis posibilidades económicas satisfacer sus necesidades de ropa, calzado, habitación, alimentos, doctor, medicinas, estudios, recreación y lo demás relativo a lo establecido como alimentos dentro del Código Civil y por lo que respecta a que el suscrito cumpla con la obligación alimentaria, reitero el actor por si mismo ha propiciado que el suscrito demandado cese en otorgar pensión alimenticia, ya que el actor incurrió en lo previsto por el artículo 305 fracc. V al abandonar la casa por causas injustificables, esto queda plenamente acreditado con la propia contestación del hoy actor y por lo tanto no procede la pensión alimenticia al hijo mayor de edad que abandona de forma injustificable el domicilio familiar en este caso que lo fué y lo es el que se señaló para su guarda y custodia que obra en el expediente de divorcio del juzgado Quinto de lo familiar número 1517/2011, que desde ahora me permito ofrecer como prueba y que para tal efecto solicito a su Señoría se sirva girar oficio al archivo a efecto A efecto de que le remitan dicho expediente a su Señoría.
P R U E B A S
1.- PRUEBA CONFESIONAL, que en forma directa y personal deberá absolver el C. Javier Guadalajara Mosqueira al tenor del pliego de posiciones que se adjunta al presente escrito de contestación de demanda, apercibiéndole que de no presentarse se le tendrá por confeso de dichas posiciones, el día y hora que ese H. Juzgado señale para su desahogo. Esta prueba la relaciono con todos y cada uno de los puntos del escrito de contestación de demanda, así como mis excepciones.
2.- DECLARACIÓN DE PARTE. a cargo del C. Javier Guadalajara Mosqueira, misma que se deberá desahogar el día y hora que ese H. Juzgado señale para su desahogo. Esta prueba la relaciono con todos y cada uno de los puntos del escrito de contestación de demanda, así como mis excepciones.
3.- PRUEBA TESTIMONIAL A CARGO DE LOS CC. XXXXXX Y XXXXX con domicilio xxxxxx y xxxxxxx de esta ciudad, los cuales deberán ser examinados al tenor del interrogatorio que se les formule el día y hora que ese H. Juzgado señale para su desahogo, mismos que solicito a ese H Juzgado girar citatorio en virtud de que no me es posible presentarlos personalmente. Esta prueba la relaciono con todos y cada uno de los hechos del presente escrito.
4.-PRUEBA FOTOGRÁFICA DIGITAL consistente en fotografías almacenadas en un equipo celular, esta prueba tiene por objeto acreditar la relación de convivencia entre el hoy actor y el suscrito demandado, así mismo de dichas imágenes se desprende que teníamos una buena relación de convivencia. Esta prueba la relaciono con todos y cada uno de los puntos del escrito de contestación de demanda, así como mis excepciones.
5.- PRUEBA FOTOGRÁFICA FÍSICA consistente en fotografías almacenadas en un equipo celular, esta prueba tiene por objeto acreditar la relación de convivencia entre el hoy actor y el suscrito demandado, así mismo de dichas imágenes se desprende que teníamos una buena relación de convivencia. Esta prueba la relaciono con todos y cada uno de los puntos del escrito de contestación de demanda, así como mis excepciones
6.- DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en la cartilla Nacional de Salud con la cual se acredita que el suscrito veía por la salud del actor; ya que en dicha cartilla se acredita que en noviembre del año 2014 se le realizó una revisión médica para detectar defectos visuales, tuberculosis pulmonar, desparasitada, así como que el día 23 de febrero del año 2016 se le realizó una revisión para la prevención del VIH SIDA, así mismo que en fecha 18 de abril del año 2016 a las 18:25 se le presentó al servicio de dermatología con la doctora Santa Cruz quien le daba tratamiento para el acné severo que padece.Esta prueba la relaciono con todos y cada uno de los puntos del
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