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Ensayo reforma tributaria - impuesto de renta

Enviado por   •  12 de Diciembre de 2018  •  871 Palabras (4 Páginas)  •  491 Visitas

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Personas naturales no declarantes del impuesto de renta

Se reduce a 1000 UVT ($29`763.000) el monto de diferentes parámetros a partir de los cuales las personas naturales se vuelven declarantes del impuesto de renta desde el año 2018. Tratándose de compras, consumos y consignaciones se establece en 1400 UVT ($41`654.000) el monto a partir del cual se declara en el presente año, el cual se reduce a 1000 UVT ($29763) para el año 2018 y años siguientes. Además de generar un desgaste administrativo a las personas naturales con ingresos mensuales entre $2`479.000 y $3`471.000, que ahora son declarantes de renta.

Tarifa del impuesto de renta de las sociedades

La tarifa vigente para las sociedades se reduce a partir del año gravable como eliminación del CREE, pero a esta tarifa se le agrega la sobretasa del impuesto de renta y el impuesto a los dividendos y participaciones que contempla la reforma, se llegaría a una tasa sociedad - socio que es superior a la anterior. Es decir que en lugar de la reducción en la tasa nominal de tributación que pregona el gobierno, los contribuyentes se enfrentan a un incremento en la tasa nominal en este año gravable (2017).

Tarifa del impuesto de renta a usuarios industriales y de servicios de zona franca

La tarifa vigente del impuesto de renta para usuarios industriales y de servicios de zona franca del año gravable (2017) es entre 9 y 7 puntos porcentuales. Si a esto se le agrega el impuesto a los dividendos y participaciones que contempla la reforma, se llegaría a una tasa sociedad - socio que fluctúa entre el 31.6% y el 29.8% para los próximos años.

Renta presuntiva

Con la reforma tributaria se incrementó en un 33% la base mínima de tributación de las empresas, para localizarla en un 4% del patrimonio líquido del contribuyente.

Impuesto de renta sobre los dividendos y participaciones de las personas naturales

Después de haberse eliminado la doble tributación en Colombia, se restablece el impuesto sobre los dividendos y las participaciones cuando estos son percibidos por personas naturales, sucesiones ilíquidas, sucursales de sociedades extranjeras y sociedades extranjeras. De esta forma, la tributación total sobre las utilidades percibidas por una sociedad colombiana, queda compuesta por el impuesto aplicable en cabeza de la sociedad más el impuesto aplicable en cabeza de su accionista. El sistema adoptado para gravar los dividendos es totalmente inequitativo y regresivo, pues las personas de más altos ingresos que tienen capacidad de retener utilidades en las empresas no se verán afectadas por este gravamen, al paso que el mediano y pequeño empresario que vive de las utilidades que produce la sociedad, si se verá afectado.

Bibliografía

- Tomado de: Presidencia.gov.co. Ley 1819 de 2016, Reforma Tributaria.: http://es.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%201819%20DEL%2029%20DE%20DICIEMBRE%20DE%202016.pdf

- Tomado de: Dian.gov.co. Reforma Tributaria: http://www.dian.gov.co/descargas/centrales/2017/Abece_Reforma_Tributaria_2016.pdf

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