Hechos de Transito ensayo
Enviado por Mikki • 31 de Octubre de 2018 • 4.478 Palabras (18 Páginas) • 807 Visitas
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IV.- METODOLOGÍA:
Para la elaboración del presente estudio se aplicaron los siguientes métodos y técnicas de trabajo:
A). ANALÍTICO DESCRIPTIVO, por medio del cual, los elementos de estudio son analizados y descritos en sus partes componentes.
B). OBSERVACIÓN directa.
C). DESCRIPCIÓN, a detalle de cada uno de los elementos estudiados.
D). DEDUCTIVO, a través del cual se desprenden las conclusiones concretas, con base en la lógica formal.
E). ILUSTRATIVO, mediante los señalamientos utilizados en los anexos gráficos y fotográficos correspondientes.
V.- INSTRUMENTAL UTILIZADO:
Cámara Fotográfica marca Pentax MZ-M.
Cinta métrica de 30 (treinta) metros.
Flexómetro de 5 (cinco) metros.
Brújula.
VI.- MARCO TEÓRICO:
HECHOS DE TRÁNSITO TERRESTRE, es la rama de la criminalística que se ocupa de la investigación técnica científica de los hechos de tránsito terrestre, utilizando fundamentalmente los conocimientos físico matemáticos, basándose en la recopilación de los indicios y evidencias que aporte la observación del lugar de los hechos y la revisión del o los vehículos para conocer con detalle las circunstancias que provocaron los hechos.
Bibliografía y Legislación consultada:
CAY Y MAYOR Reyes Espíndola, Rafael y James Cárdenas Grisales. Ingeniería de Tránsito. Fundamentos y Aplicaciones. 7ª. Ed., Colombia y México, Editorial AlfaOmega Grupo Editor, S. A. de C. V., 2000, Páginas 517.
CASTRO Medina, Ana L., Israel Alvarado Martínez y Francisco Carrillo Curier. Accidentes de Tránsito Terrestre. Estudios Sobre el Peritaje. México, Ed. Porrúa, S. A. de C. V. y Universidad Nacional Autónoma de México, 1998, Páginas 179.
FLORES Cervantes, Cutberto. Los Accidentes de Tránsito. 7ª. Ed., México, Editorial Porrúa, S. A. de C. V., 2001, Páginas 290.
GALLART y Valencia, Tomás. Delitos de Tránsito. México, 1986, Editorial Pac, S.A. de C. V., 112 páginas.
MEILIJ, Gustavo Raúl. Accidentes de Tránsito. Aspectos Jurídicos. Argentina, Editorial Depalma, 1991, Páginas 265.
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES. Manual de Dispositivos para el Control de Tránsito en Calles y Carreteras. 5ª. Ed. México, Páginas 423.
Reglamento de Tránsito del Estado de México.
VII.- CONSIDERACIONES:
A).- Esta causa penal se refiere a la investigación sobre las lesiones que presentó la peatón ELISA CASTRO ESCOBEDO, en los hechos sucedidos el miércoles 28 (veintiocho) de agosto de 2002 (dos mil dos), a las quince horas aproximadamente, en el lugar precisado en el apartado I (uno romano) de Observación del lugar de los hechos, de este escrito. En el que esta relacionado la camioneta precisada en el punto III (tres romano) de Rrevisión del vehículo y valuación de sus daños de este mismo ocurso
B).- La lesionada ELISA CASTRO ESCOBEDO, declaró el 28 (veintiocho) de agosto de 2002 (dos mil dos), a las veintidós horas, ante el Agente del Ministerio Público Investigador, lo siguiente: “...QUE EL DÍA DE HOY 28 DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO SIENDO APROXIMADAMENTE LAS HORAS CAMINABA SOBRE LA BANQUETA LA CALLE JUAN ESCUTIA EN COMPAÑÍA DE SU MENOR HIJA KAREN ALEJANDRA AGUILAR CASTRO DE 4 CUATRO AÑOS DE EDAD Y DE SU AMIGA CANDE “N” EN DICHO MOMENTO LAS TRES SE PROPONIAN A CRUZAR LA AVENIDA, PERCATÁNDOSE QUE A UNOS PASOS DONDE ESTABAN SE ENCONTRABA ESTACIONADO UN CAMIÓN REFRESQUERO PERO TAMBIÉN PUDO DARSE CUENTA QUE EN ESE MOMENTO EL CONDUCTOR SE ESTABA HECHANDO DE REVERSA, DE REPENTE PARO LA MARCHA Y LA EMITENTE, SU HIJA Y SU AMIGA PROCEDIERON A CRUZAR, BAJARON DE LA BANQUETA Y CAMINARON APROXIMADAMENTE TRES PASOS PERO A LA VEZ DE QUE EL CONDUCTOR DEL CAMIÓN NUEVAMENTE PROCEDIO A ECHARSE EN REVERSA SIN PRECAUCIÓN YA QUE LA PRENSO CON LA DEFENSA DE OTRO VEHÍCULO QUE ESTABA ESTACIONADO, AL MOMENTO EN QUE FUE PRENSADA SU PIERNA DERECHA FUE LESIONADA Y YA NO PUDO CAMINAR, EL CONDUCTOR SE HECHO HACIA ADELANTE Y SE BAJO ENSEGUIDA, LA EXTERNANTE SE QUEDO RECOSTADA SOBRE EL SUELO... QUE SU MENOR HIJA Y AMIGA CANDE NO RESULTARON LESIONADAS YA QUE ALCANZARON A PASAR...”
Al respecto de la declaración citada en el párrafo inmediato anterior, el Reglamento de Tránsito del Estado de Jalisco, establece en su artículo 91: “Los peatones deberán de observar las disposiciones de este reglamento, acatar las indicaciones de los agentes de tránsito y respetar las señales fijadas en la vía pública y las de los semáforos.” En este caso la peatón ELISA CASTRO ESCOBEDO al momento de los hechos en que resultó lesionada, omitió cumplir con lo preceptuado en el artículo 92 del Ordenamiento Legal antes invocado que tiene como texto: “Los peatones, al circular en la vía pública, acatarán las prevenciones siguientes:” así como lo ordenado en su fracción II que a letra dice: “En las avenidas y calles de alta densidad de tránsito queda prohibido el cruce de peatones por lugares que no sean esquinas o zonas marcadas para tal efecto”, en este caso la lesionada ELISA CASTRO ESCOBEDO en la declaración de referencia nunca menciona que haya procedido a cruzar en esquina alguna, sólo refiere que “caminaba sobre la banqueta la calle Juan Escutia” esta calle es de alta densidad de tránsito, por lo que cruzarla obliga a que se haga por alguna esquina, inclusive la lesionada de mérito la denomina “avenida”. Corrobora lo anterior el contenido de la “INSPECCIÓN MINISTERIAL Y FE EN EL LUGAR SEÑALADO COMO DE LOS HECHOS”, practicada el 28 (veintiocho) de agosto de 2002 (dos mil dos), a las diecinueve horas con cincuenta y cinco minutos, en la que aparece: “y precisamente en dicha calle y esquina con calle de ROSALES, la cual tiene una orientación de sur a norte, calle de terracería, y la cual empieza en la calle de Juan Escutía, siendo que a una distancia de cinco metros al poniente de dicha esquina y del lado norte se aprecia, una mancha hemática de cincuenta centímetros de ancho por sesenta de largo, y dicha mancha se encuentra sobre de la banqueta norte referida”, por lo
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