La Comunidad internacional. Apuntes varios
Enviado por monto2435 • 18 de Diciembre de 2017 • 3.667 Palabras (15 Páginas) • 438 Visitas
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FALTAN APUNTES………………
El derecho internacional tiene tres rasgos
- descentralización parcial, naturaleza consensual
- complejidad, es por naturaleza complejo
normas primarias, establecen obligaciones y generan deberes
normas secundarias:
- de cambio: creación, modificación o extinción de otras norma, se encuentran en el tratado de Viena de 1969
- de reconocimiento: permiten identificar cuando se esta ante normas internacionales o normas internas art 38.1 estatuto del tribunal internacional de justicia
- de adjudicación: aquellas que permiten la aplicación de otras normas
- derecho internacional es abierto que se caracteriza por estar integrada de reglas y principios
soft law: normas con naturaleza de recomendación
es importante por tres motivos:
- es un primer paso para adquirir leyes obligatorias
- ayuda a los operadores jurídicos para interpretar las normas jurídicas internacionales y nacionales para su aplicación
- sirve para canalizar o dar salida a aspiraciones políticas o económicas de los estados
indeterminación limitada, es que dentro de la estructura abierta siempre hay una ambigüedad una indeterminación
CLAUSULA MARTENS
Derecho internacional es autónomo, independiente, abierto e interrelacionado compuesto por normas y principios
CONTENIDO DEL DERECHO INTERNACIONAL
- DERECHO INTERNACIONAL NECESARIO: el contenido del derecho internacional son lar normas sin las cuales este no podría existir
- DERECHO INTERNACIONAL POSIBLE: contenido posible son aquellas normas sin las cuales el derecho internacional no dejan de existir son las normas que no afectan a este
- DERECHO INTERNACIONAL EVOLUTIVO:
- GENERAL: obliga a todos los estados
- PARTICULAR : normas que generan obligaciones solo a algunos estados
Normas substantivas en constitución
- normas de gran importancia sistémica
- normas que protegen intereses valores esenciales de la comunidad
- normas de especial importancia para el sistema jurídico
CLASIFICACION DE LAS OBLIGACIONES INTERNACIONALES
CLASIFICACION DE LOS TRATDOS SEGÚN SU ESTRUCTURA
- Obligación Estructura Bilateral: estructura sinalagmática
- Obligación Estructura Interdependiente: obligaciones debidas a estados partes generan capacidad global
- Obligación Estructura Integral : debidas a un grupo de estados o a toda la comunidad no pueden ser bilaterales y la obligación afecta a todos los estados se encuentran en dos tipos:
- Erga omnes partes: creadas por un tratado multilateral que proteja o regule intereses colectivos de todos lo estados que firmaron el tratado, no hay reciprocidad
- Erga omnes: van de la mano de lo imperativo de ius cogens, o de costumbre que regulan un interés general de la comunidad internacional en su conjunto
MORAL INTERNACIONAL Y CORTESIA INTERNACIONAL
MORAL: orden normativo que regula conductas no tiene sanción por el incumplimiento
CORTESIA: preceptos de buena voluntad que en la practica se estilan hacerlos
FUENTES DERECHO INTERNACIONAL
- TRATADOS
- COSTUMBRE
- PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
- DECISIONES GENERALES DEL DERECHO
Teoría del objetor persistente costumbre
Tiene la finalidad de hacer que los estados que se hayan estado obligados a firmar o generar tratados se da la excepción.
Requisitos:
- Oportunidad : el estado deberá de oponerse desde el principio
- Persistencia: el estado tendrá que continuar oponiéndose durante todo el proceso de creación
Criticas :
No se encuentra referentes en la practica ni en los referentes internacionales que se hayan llevado a cabo
Es un instrumento para negociación en la cristalización de las normas
Tipos de costumbre :
- General: obliga a todos, la carga de la prueba recae en el tribunal según el principio iuba iuni quria
- Regional: creada por un grupo de estados y los vincula a los mismos, dependiendo de la unión que haya hecho esta costumbre, la carga de la prueba recae en el estado que la invoca
- Local: resultado de la practica de dos estados y solo esos dos estados están obligados, el estado que alega es el que esta obligado a la carga de la prueba (caso india y Portugal)
RELACION ENTRE LA COSTUMBRE Y LOS TRATADOS INTERNACIONALES
Tres efectos:
- Declarativo: un tratado internacional que recoge las normas consuetudinarias que ya existían
- Cristalizador: la adopción del tratado internacional es cristalizar una norma consuetudinaria
- Generador: la creación de un tratado internacional o el plasmar en una convención una norma tiene como consecuencia el proceso de la estructura consuetudinaria
Codificación del derecho internacional
Transcripción de una norma consuetudinaria en un texto o en un tratado, a veces se crea un tratado internacional o simplemente
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