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Las Normas y el derecho

Enviado por   •  20 de Diciembre de 2018  •  2.218 Palabras (9 Páginas)  •  293 Visitas

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Acepciones del Derecho: Definiciones de Derecho que se realizan entre las fuentes a partir de los distintos teóricos que la tratan.

Teórico

García Máynez

Teórico

Kelsen Hans

Teórico

Tamayo y Salmorán

Definición

Concluyó que los deberes jurídicos son por consiguiente obligaciones indirectas éticas, el cumplimiento de una norma jurídica tiene significación moral en el móvil de la acción; por lo tanto, el problema de la validez del Derecho sólo puede ser resuelto en función de la teoría de los valores.

Admitir fuentes de derecho ajenas a la voluntad estatal suponía destruir la base en la que se sustentaba esta corriente iusfilosófica. El derecho carecería de un origen unitario y su determinación quedaría abierta a la presencia de valoraciones procedentes de diferentes sectores sociales.

La presencia del derecho es indicativa de la reducción de las opciones de comportamiento de los

individuos.

Características de la definición.

Sostuvo el perspectivismo del Derecho, como una postura puramente descriptiva, caracterizando tres actitudes típicas que a lo largo del tiempo han sido adoptadas por los autores, en su afán de saber qué es el derecho: la del jurista dogmático, la del sociólogo y la del filósofo jurista. Para el primero, sólo son jurídicas las reglas de comportamiento que el Estado crea y reconoce; el segundo piensa que no hay más derecho que el realmente vivido y el último niega la posibilidad de un derecho injusto. (García Máynez, 2002, p3-5)

Rechaza las propuestas sociologistas que amplían lo jurídico hasta abarcar costumbres, interpretaciones, valores, etc., que son vividos como derecho por cada grupo social. Al mismo tiempo, acepta parte de las críticas lanzadas al legalismo decimonónico. Comprende que las leyes generales no pueden regular todos los problemas. También considera insuficiente la concepción meramente imperativista. (Kelsen, 2009, p19-20)

Hacer que otros hagan o dejen de hacer algo no es fácil. El comportamiento es resultado de causas y motivaciones tan persistentes, que es muy difícil ya no suprimir sino, simplemente, atenuar su función motivadora. Para hacer que ciertos individuos se comporten como alguien quiere o desea, es necesario que éste disponga de elementos enormemente persuasivos que permitan alterar el cuadro habitual de las motivaciones de los individuos.

(Tamayo Y Salmoran, 1986, p 25-27)

Ejemplos de las acepciones del Derecho tratadas en la sesión.

Derecho positivo:

Es un conjunto de normas jurídicas que integran la legalidad establecida por un legislador, este derecho está constituido por el conjunto de normas jurídicas vigentes, cuyos destinatarios son el pueblo asentado en un territorio determinado, a lo que le llamaremos Derecho positivo, el derecho impuesto por el ser humano a través de las instituciones y personas facultadas para tal fin.

Ejemplo:

El código penal consta una serie de leyes que garantizan los derechos de las personas que deben ser sometidas a procesos judiciales y penales.

Cuando una persona es arrestada tiene derecho a permanecer en silencio y a recibir asesoramiento jurídico (ofrecido por los abogados privados o del Estado).

Derecho natural:

El Derecho natural es la doctrina tanto ética como jurídica que sostiene la existencia de ciertos derechos inherentes a la condición humana, es decir, que nacen junto con el hombre y son previos, superiores e independientes del derecho positivo (escrito) y el derecho consuetudinario (costumbre).

Ejemplo:

Los derechos humanos inalienables de la contemporaneidad son un ejemplo de derecho natural, ya que nacen junto con el hombre y son comunes a todos los seres humanos, como el derecho a la vida o a la identidad. Estos derechos no pueden ser derogados ni revocados por ningún tribunal del mundo y están por encima de cualquier ley de cualquier país, y su violación es castigada internacionalmente en cualquier momento, pues se consideran crímenes que no prescriben nunca.

Derecho vigente:

Tienen un ámbito temporal de validez, pues que rigen a partir de cierto tiempo, incluso desde que nacen a la vida jurídica poseen una vigencia ya determinada, se llaman normas vigentes o Derecho vigente, es decir, son vinculantes en la actualidad, una norma de Derecho positivo pierde vigencia por su derogación o por su abrogación.

Ejemplo:

Las normativas escritas que están vigentes, como el código penal, civil, constitución política de 1917, la ley federal del trabajo. Una ley que no está vigente en la actualidad sería la de la pena de muerte, que el artículo 22 de la Constitución de 1917, en su párrafo tercero originalmente establecía, “queda también prohibida la pena de muerte por delitos políticos, y en cuanto a los demás, sólo podrá imponerse al traidor a la Patria en guerra extranjera, al parricida, al homicida con alevosía, premeditación y ventaja, al incendiario, al plagiario, al salteador de caminos, al pirata y a los reos de delitos graves del orden militar, fue suprimida cuando el 9 de diciembre de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reformó dicho precepto a efecto de abolirla absolutamente.

Derecho consuetudinario:

El Derecho consuetudinario es un conjunto de costumbres, prácticas y creencias que los pueblos indígenas y las comunidades locales aceptan como normas de conducta obligatorias y que forma parte intrínseca de sus sistemas sociales y económicos y su forma de vida.

Ejemplo:

Un matrimonio de derecho consuetudinario es aquel en que no hay licencia ni ceremonia para su celebración. Las partes deben tener capacidad para contratar y generalmente ser del género opuesto. Un matrimonio de derecho consuetudinario requiere un convenio entre dos personas para actuar como esposo y esposa. Este

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