Que es la igualdad jurídica?
Enviado por poland6525 • 22 de Septiembre de 2017 • 1.362 Palabras (6 Páginas) • 546 Visitas
...
Garantías materiales: se incluyen las que se refieren a las libertades especificas del gobernado, a la igualdad y a la propiedad.
Garantías formales: comprenden las de seguridad jurídica, entre las que destacan las de audiencia y legalidad.
Garantías de igualdad: es el trato igual en circunstancias iguales, que significa la prohibición de toda decisión o norma legal de carácter discriminatorio por parte de los órganos estatales.
Garantías de libertad: son un conjunto de derechos públicos subjetivos para ejercer, sin vulnerar los derechos de terceros.
Garantías de propiedad: hay tres tipos de propiedad; publica, social y privada.
a)existe una regulación constitucional dela propiedad privada, protegida por el articulo 14° de la carta magan que establece que a nadie se le podrá privar de sus propiedades, posesiones hasta que haiga un juicio en el que se observen las formalidades esenciales del procedimiento; asi es como la propiedad privada goza de protección.
b) la propia constitucion establece limitaciones de la misma propiedad.
C) establece los casos y condiciones para suprimirla; dichas limitaciones revisten las características de modalidades y función social de la propiedad; asi como su expropiación por causa de utilidad publica.
CORPUS ANIMUS: disfrutar de la propiedad privada.
Nocion de la propiedad: es el derecho de una persona que se encuentra facultada para ejercer el dominio, la disposición, uso o disfrute sobre un bien, el cual es impugnable.
Garantía de propiedad: significa el aseguramiento constitucional del derecho a favor de toda persona, con protestad para que ejerza el dominio de un bien material y en las que han de sustentarse conforme a las disposiciones legales. Lo que implica que las autoridades asegurar y respetar dicho derecho de propiedad conferida.
Garantías de seguridad jurídica: es la certeza que tiene el gobernado de la legalidad que observa el juez cuando se encuentre sometido ante la autoridad, el gobernado tendrá resguardado su esfera jurídica la cual no podrá ser afectada por las autoridades de forma arbitraria.
Irretroactividad legal: se conoce también como conflicto de leyes en el tiempo; se traduce en cuestión consistente en determinar, en presencia de dos leyes, una antigua que se supone derogada o abrogada y otra nueva (vigente) cual de las dos se debe elegir.
Garantía de audiencia:
a) de exacta aplicación: busca salvaguardar la seguridad jurídica de las personas, a quienes no se les puede considerar delincuentes sin que se les haya probado que infringieran una norma penal vigente.
b) de legalidad en materia civil: implica la principal defensa de que se dispone todo gobernado frente a actos de poder publico.
La garantía esta contenida en una forma compleja por cuatro garantías especificas:
1-. El juicio previo a la privación: el juicio es un procedimiento en el que se realice un función jurisdiccional tendiente como el termino lo indica.
2-. Ante tribunales establecidos: ante a una autoridad formal y materialmente juridiccional cuando su actuación principal estribe en decir el derecho en los términos y pertenzca al poder judicial, local o federal.
3-. Las formalidades procesales ensenciales: es la facultad que tiene el demandado de poner execpesiones y la contraria la oportunidad probatoria; es hacer llegar al juez los medios convincente para resolver el conflicto.
4-. Regule por leyes vigentes: configura la audiencia en que el fallo o resolución culminatoria del juicio o procedimiento, en que se desarrolle la función jurisdiccional deba pronunciarse conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho principio de no retroactividad a beneficio del reo.
Tesis de Ignacio L. Vallarta: se establece la extencion de las garantías individuales ya que el juicio de amparo no se limitaría a proteger los primeros 29 articulos constitucionales.
Extensión protectora del juicio de amparo a través de la garantía de competencia (art 16)
El amparo por violación a la garantía de autoridad solo procede cuando existe una desorbitacion (exageración) por parte de un órgano del estado respecto a las facultades que expresamente le otorga la constitucion.
Amparo como medio extraodinario de control de legalidad (art 14)
En los párrafos tercero y cuarto del art 14 por medio de la exacta aplicación de la ley en materia civil.
En materia administrstiva y laboral se debe aplicar por analogía lo dispuesto en el párrafo cuarto del art 14 constitucional.
Excepciones de la garantía de audiencia:
1.- art 33 extranjeros
2-. Art 27 expropiacion
4-. Orden de aprhension porque no lo establece el art 16
Flagrancia
Casos de urgwncia
Auto de formal prision
...