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ANÁLISIS HISTÓRICO SOBRE LOS MOVIMIENTOS MIGRATORIOS

Enviado por   •  1 de Enero de 2019  •  1.542 Palabras (7 Páginas)  •  414 Visitas

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- Portes,A.. (2001). MIGRACIONES INTERNACIONALES. Diciembre,1,2001, de Sistema de Información Científica Sitio web: https://www.google.com.mx/search?q=formato+apa&oq=formao+apa&aqs=chrome.1.69i57j0l2.3415j0j7&sourceid=chrome&ie=UTF-8

Derechos Humanos y la libertad de tránsito

El artículo 11 constitucional contiene en general la libertad de tránsito, dentro de la cual se incluyen cuatro libertades específicas: la libertad de entrar en la República; la libertad de salir de ella; la libertad de viajar por su territorio y la libertad de mudar de residencia. Su texto es el siguiente:

“Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvo-conducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país. En caso de persecución, por motivos de orden político, toda persona tiene derecho de solicitar asilo; por causas de carácter humanitario se recibirá refugio. La ley regulará sus procedencias y excepciones.”

Las cuatro libertades mencionadas por el artículo 11 de la Constitución no podrán supeditarse al requisito de contar con carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otro semejante, cuestión que sin duda es violada cotidianamente en nuestro país, pues tanto para entrar como para salir del territorio nacional se exige cuando menos el pasaporte, tanto a nacionales como a extranjeros, alcanza tanto a unos como a otros, puesto que universaliza la libertad de tránsito al hablar de “toda persona”1).

Desde luego que la exigencia de que se cuente con pasaporte es una práctica internacionalmente reconocida y que resulta además perfectamente razonable.

En cambio en la declaración de los derecho humanos de 1948 en éste Artículo 13 menciona que Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14

1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.

2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15

1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Por lo que en la actual y en la declaración de 1948 no ha cambiado drásticamente.

- Carbonell, M.. (2012). Los derechos humanos de libertad de tránsito,asilo,refugio. . Coahuila : Laguna.

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