Asociación parte integral del Sistema Educativo
Enviado por Helena • 27 de Diciembre de 2017 • 2.088 Palabras (9 Páginas) • 496 Visitas
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ARTICULO 6. Para convertirse en un miembro de la asociación debe haber cumplido con los requisitos establecidos por la asamblea general.
ARTICULO 7. La asociación considera como afiliados activos los que estén a paz y salvo con la asociación.
ARTICULO 8. La junta directiva fijara la cuota de afiliación, ($ 2.000) y la cuota de sostenimiento
($ 1.000) semanales (semana de actividad académica). En caso de retiro de algún asociado de la cuota de afiliación y sostenimiento no se devolverá a los asociados valor alguno.
ARTICULO 9. DERECHOS DE LOS ASOCIADOS.
- Ser miembro y participar en las decisiones que se tomen.
- Elegir y ser elegidos en los puestos directivos y comisiones de trabajo que se realicen.
- Gozar de los beneficios culturales, sociales y económicos conseguidos por la asociación.
- Compartir las finalidades de la asociación y colaborar con la consecución de las mismas.
- Pagar los aportes o cuotas que correspondan como asociado.
- Respetar y hacer cumplir los estatutos, reglamentos y normas internas de la asociación.
- Promover alternativas de trabajo y desarrollo.
- Desempeñar con responsabilidad los respectivos cargos.
- Acatar y cumplir los acuerdos adoptados por la junta directiva y asamblea general.
ARTICULO 10. DEBERES DE LOS ASOCIADOS:
- Esforzarse por un mejoramiento cualitativo y cuantitativo de los resultados generales de la asociación, para la consecución de objetivos.
- Observar buena conducta y participar activamente en la organización de la asociación.
CAPITULO 3.
DIRECCION Y ADMINISTRACION.
ARTICULO 11. La dirección y administración y representación de la asociación será ejercida por los siguientes órganos: Asamblea General de asociados, Junta directiva, Fiscal.
ARTICULO 12. ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS.
Está formado por los afiliados activos de la asociación, es el órgano máximo de la dirección de la asociación, está integrada además por los socios asesores y honorarios quienes participarán en el desarrollo de las asambleas pero no tendrán voto.
ARTICULO 13. LAS ASAMBLEAS SERAN ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS.
13.1 LAS REUNIONES DE LA ASAMBLEA ORDINARIA: Se harán durante los tres primeros meses del año, en presencia del Instructor del SENA, en la casona de la Granja Santa Eduviges. (Tomada como sede de la asociación).
13.2. LAS ASAMBLEAS EXTRAORDINARIAS: Se harán cuando lo estimen conveniente la junta directiva a través de su presidente o las dos terceras partes de sus asociados, a solicitud de uno de sus miembros o del fiscal por un hecho grave o urgente, debe hacerse la convocatoria por escrito 3 días antes de la reunión, especificando los temas a tratar, el día la hora y el sitio.
PARRAFO PRIMERO: Si no se pudiera reunir por falta de quórum la junta directiva podrá citar a una nueva reunión que sesionara con un número plural de los asociados, con un tiempo no mayo de 30 días de la primera reunión.
PARRAFO SEGUNDO: Todas las determinaciones de la Asamblea general de asociados se adoptaran por mayoría de votos de los participantes.
ARTICULO 14. REUNIONES ASAMBLEA.
Las reuniones de asamblea están precedidas por el presidente, o por un asociado que la asamblea designe, igualmente la responsabilidad del acta será del secretario general.
PARRAFO PRIMERO: De cada asamblea se levantara un acta en la cual se indicara un número de orden, fecha, hora de reunión, lugar, asuntos tratados, y su decisión número de votos emitidos, fecha y hora de clausura.
ARTICULO 15. JUNTA DIRECTIVA.
En su orden ejecutivo y representativo la asociación estará compuesta por los siguientes cargos:
- Presidente, 2. Vicepresidente. 3. Secretario. 4. Tesorero. 5. Corresponsal. 6. Vocal. 7. Fiscal. 8. Consejero.
ARTICULO 16. El periodo de la junta directiva es de un año, pudiéndose reelegir para un nuevo periodo total o parcialmente.
ARTICULO 17. SUN FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA.
- PRESIDENTE :
Deberes y responsabilidades:
- Presidir las reuniones.
- Convocar a los socios a reuniones ordinarias y extraordinarias.
- Representar a la asociación en los actos y ceremonias que se programen.
- Velar porque se cumplan las actividades programadas.
- Estimular la participación activa de sus socios.
- Coordinar las actividades de la asociación.
- VICEPRESIDENTE :
Debe tener cualidades similares a las del presidente ya que tiene que remplazarlo en su ausencia, debe saber conducir una reunión, tener habilidad para supervisar los comités de trabajo y estimular el trabajo cooperativo dentro de los socios.
- SECRETARIO :
Tiene la responsabilidad de llevar los registros de la asociación.
- Los registros de la asociación.
- Preparar el orden del día para las reuniones de la asociación.
- Tener en buen estado la papelería de la asociación.
- Llamar a lista en las reuniones.
- Leer la correspondencia recibida y envida.
- Contar los votos en las reuniones.
- Rendir los informes que le exija el consejero.
- Contestar oportunamente la correspondencia.
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