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Foro 1 Estrategias de Aprendizaje

Enviado por   •  11 de Enero de 2019  •  1.475 Palabras (6 Páginas)  •  320 Visitas

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Asimismo comenta que la organización y funcionamiento del Congreso de la Unión, de las Cámaras que lo componen y la actuación de los legisladores formas parte de la Ley Orgánica del Congreso, del Reglamento del Gobierno Interior y de los acuerdos internos.

Los principios que regulan el proceso legislativo son también de naturaleza consuetudinaria; se integran por los precedentes, prácticas parlamentarias, los usos y las costumbres.

Los cuerpos legislativos de índole positiva que regulan la estructura, funcionamiento y actuación del Congreso de la Unión no pueden ser vetados por el Presidente de la República.

Referente al proceso legislativo en las Reformas Constitucionales y Federales explica lo siguiente:

Una Reforma Constitucional es una de las maneras en las que se manifiesta la actividad legislativa, por lo mismo ésta sujeta a los principios que regulan en cuanto a iniciativa, estudio, discusión, aprobación y publicación. Los principios que regulan el proceso de presentación de iniciativas, estudio, dictamen y discusión de las Reformas Constitucionales son los mismos que rigen las layes ordinarias y decretos por parte del Congreso de la Unión.

Todo proceso legislativo comienza con una iniciativa; ella, para derivar en Ley o Decreto, debe cubrir los requisitos de forma y fondo que prevé la ley, ser presentada por quienes tienen facultad de hacerlo, estar referida a materias suceptibles de ser reguladas por el Congreso, ser presentadas en el momento procesal oportuno y ante la Cámara que en su caso deba de actuar como de origen.

La forma en que debe ser presentada iniciativa es la siguiente: exposición de motivos, texto de la Ley o Decreto y artículos transitorios.

Como bien ya se mencionó anteriormente una iniciativa debe de ser presentada por quienes estén facultados para hacerlo, la iniciativas relacionadas con lo que se denomina paquete hacendario, la solicitud para suspender garantías individuales, un tratado internacional, solo pueden provenir del Presidente de la República; el ingreso o la formación de un nuevo Estado, solo puede ser solicitada por los habitantes del territorio que desea agregar la Unión o formar como nueva entidad; la solicitud para aceptar o usar una condecoración únicamente puede ser formulada por aquél que haya sido ofrecida.

Una iniciativa será autentica o legal si ella ésta referida a materias conferidas por la Constitución al Congreso de la Unión o a las Cámaras que lo integran; para el caso no importa que la atribución sea expresa o implícita. Hay excepciones. Frecuentemente el Congreso de la Unión legisla respecto de materias que no le han sido conferidas o que tiene prohibidas. Dado que el principio de seguridad jurídica, ellas son estimadas constitucionales mientras tanto no se da un pronunciamiento en contrario del Poder Judicial de la Federación. Finalmente puede quedar en evidencia el hecho de que legisló al margen que dispone la Constitución.

Por lo general no existe plazo o fecha determinada para presentar iniciativas al Congreso de la Unión; hay excepciones, las iniciativas que integran el paquete hacendario tienen fecha máxima de presentación: 15 de noviembre o 15 de diciembre, para los proyectos de presupuesto y ley de ingresos será el 10 de junio.

De conformidad con el inciso h), del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las iniciativas de leyes o decretos pueden ser presentadas indistintamente ante cualquiera de las dos Cámaras, con excepción a aquellas que versen en relación a tropas, recaudación de tributos y empréstitos, que deberán pasar de primera instancia por la Cámara de Diputados.

Es responsabilidad en primer lugar, de quienes inician y después de los legisladores, ya en comisiones o en los debates, el cuidar que se observen los principios y normas que regulan la facultad de iniciar.

Conclusión

En el presente ensayo se pueden apreciar dos opiniones, en primer lugar una más práctica y la otra más teórica, sin embargo lo que se puede concluir de manera puntual es que México vive bajo un régimen de Parlamento, mismo que es el encargado de ser el contrapeso de las decisiones del Ejecutivo Federal e incluso de las decisiones de los mismos legisladores.

En mi punto de vista acerca del estilo parlamentario que vive el país, considero que es un sistema bastante sencillo y democrático, ya que al ser revisado por dos Cámaras, los proyectos siempre tendrán mayor observación de los legisladores, quienes son nuestros representantes.

Bibliografía:

https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/juridica/article/view/11341/10388

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/2/910/6.pdf

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