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Indemnizaciones

Enviado por   •  18 de Julio de 2018  •  13.714 Palabras (55 Páginas)  •  225 Visitas

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Historia de las pensiones

Pensiones IMSS

México país en vías de desarrollo con 112 millones de habitantes y una aglomeración de clases sociales muy heterogénea con uno de los índices de pobreza y desigualdad considerado de los más altos del mundo.

Por lo anterior es de suma importancia que exista universalidad en la protección en seguridad social en México, como ejemplo podemos mencionar el acceso a la atención médica y poder acceder a una pensión digna, estos son retos que el Instituto Mexicano del Seguro Social deberá prever y cubrir en el corto y mediano plazo.

Desde el nacimiento del Instituto Mexicano del Seguro Social en 1942 ha previsto la seguridad social a los trabajadores, entre otros rubros, en el de las pensiones, dicho rubro se ha visto siempre afectado por problemas económicos políticos y sociales que han ocurrido desde entonces en México, entre algunos de ellos mencionamos los siguientes:

- Privatización del sistema de pensiones en 1997.

- Explosión demográfica.

- Crisis económicas.

- Aumento de la población de edad avanzada.

Transición del sistema de pensiones IMSS en México

Sistema de Reparto o Beneficio definido 1943 a 1973

En 1943 el Sistema de Pensiones en México comenzó con un Sistema de Reparto (Beneficio Definido), en el cual las aportaciones de los trabajadores activos de la época financiaban el pago de pensiones de la población cuando esta se retiraba. Estos recursos resultaron insuficientes cuando se vieron rebasadas las cantidades que se tenían destinadas a dicho fondo en relación con el número de personas que exigía las pensiones del IMSS.

El Seguro Social (IMSS) en México en 1973, a través del Congreso llevó a cabo una restructuración en el sistema de pensiones del IMSS implementando un cálculo de pensión IMSS basado en al salario promedio de los últimos 5 años y el número de semanas cotizadas en las que el trabajador haya realizado sus aportaciones.

Sistema de Ahorro para el Retiro 1992 a 1997, origen del sistema de Capitalización Individual o Contribución Definida en México

En el año 1992 como iniciativa en el Congreso a reformar el Sistema de Pensiones en México nace el Sistema de Ahorro para el Retiro conocido como SAR y actualmente identificado como SAR 92 , dicho sistema dio origen a las pensiones basadas en la Contribución Definida. Este fue un complemento a la forma de establecer las pensiones dadas por el IMSS a través de la Ley del Seguro Social de 1973, dicho complemento consistía en que las aportaciones realizadas al IMSS 2% del Salario Base de Cotización se acumulaba en una cuenta bancaria de ahorro para el trabajador.

Las aportaciones de esa contribución eran administradas por Instituciones Bancarias autorizadas para administrar estas cuentas, llamadas ICEFA, el rendimiento real otorgado por estas instituciones fue del 2% anual respaldado y garantizado por el Gobierno Federal.

Sistema de Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORE) 1997 a la fecha.

El 1º de julio de 1997 entra en vigor la reforma estructural de la Ley del Seguro Social, entre las diversas reformas se encuentran la restructuración del funcionamiento del Sistema de Pensiones en México llevándolo de un sistema de beneficio definido a uno de contribución definida. Su función es asegurar la sustentabilidad del Sistema de Pensiones en el mediano y largo plazo.

El surgimiento de las AFORES y las SIEFORE que intervienen en el proceso de administración de los recursos destinados para la pensión y de las subcuentas individuales de los trabajadores, el primero como la administradora de los fondos de pensión y el segundo como la parte encarga de la diversificación de los fondos en relación con el riesgo y el rendimiento de los fondos de las subcuentas en base en la edad del trabajador.

Ley de Instituto Mexicano del Seguro Social de 1997 retroactividad en beneficio.

El artículo tercero transitorio de la Ley del Seguro Social vigente, prevé entre otras cosas, que los asegurados que se integraron a una relación laboral antes del 1° julio de 1997 podrán optar por acogerse a los beneficios que les otorga la Ley del Seguro Social de 1973.

Definición y Carácteres de Indemnización Laboral en Derecho Mexicano

Concepto de Indemnización Laboral que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: (escrito por Santiago Barajas Montes de Oca ) Ajustada a un término genérico, la indemnización laboral podría definírsele como la obligación patronal de otorgar un pago extraordinario al trabajador, en algunos casos, o a sus familiares en otros, en calidad de reparación económica por un daño sufrido, ya sea en su persona o en su actividad. La indemnización es, en el lenguaje corriente, la entrega de una suma de dinero equivalente a una parte del salario que ha devengado el trabajador, para resarcirlo de la falta de ocupación en que se encuentre en un momento dado, debida a causas ajenas a su voluntad; o para atemperar estas circunstancias; por analogía han sido extendidos sus efectos al pago de una compensación por incapacidad o muerte del trabajador, a consecuencia de un riesgo de trabajo. El derecho a la indemnización es el resarcimiento en beneficio del trabajador, por la terminación de la relación de trabajo por causas ajenas a él.

Siete características definen a la indemnización laboral, la indemnización debe ser exclusiva de una relación de trabajo; b) es obligatoria para el patrón, ya sea que tenga su origen en la ley, en el contrato o en una sentencia arbitral; c) el derecho del trabajador a percibir cualquier indemnización ha de estar subordinado al hecho de la prestación del servicio durante un determinado tiempo, en cualquier empresa; d) la relación de trabajo debe quedar disuelta una vez hecha efectiva la indemnización; e) la disolución del contrato de trabajo ha de provenir del empresario, sea o no el despido injustificado; para estos autores no es factible como ocurre en la legislación mexicana, que el trabajador pueda por sí mismo, aun cuando sea por causas imputables al patrón, quien rescinda su contrato de trabajo; f) el empresario siempre será liberado de cualquier obligación si la disolución es consecuencia de una falta

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