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ESCRITO INICIAL DE DEMANDA PAGO DE INDEMNIZACION POR MUERTE DE TRABAJADOR

Enviado por   •  26 de Marzo de 2018  •  1.812 Palabras (8 Páginas)  •  641 Visitas

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H E C H O S

I. Con fecha 5 de mayo de 1998, el trabajador finado Saúl Sánchez Sostenes, contrajo matrimonio con Ximena Juárez Olarte, la cual se acredita con la copia certificada del acta de su matrimonio, la cual obra asentada en la partida número 345, libro 2, entidad 9, delegación 11 del Decimo Segundo Juzgado del Registro Civil de esta Ciudad, el cual se agrega al presente ocurso como Anexo 2.

II. De dicho matrimonio procrearon dos hijos de nombres Esteban Sánchez Juárez y Juan Sánchez Juárez, nacidos los días 8 de junio de 2002 y 23 de febrero de 2008, el cual se acredita con las copias certificadas de sus actas de nacimiento correspondientes anexándolas al presente ocurso como "Anexo 3".

III. Con fecha 6 de marzo de 2016, el trabajador Saúl Sánchez Sostenes, falleció como consecuencia de una enfermedad general (Infarto cardiovascular) en su domicilio ubicado en calle Avenida de las Torres No. 8, colonia Loma Linda, Naucalpan de Juárez, Estado de México, el cual se acredita con la copia certificada del acta de defunción, misma que se agrega al presente ocurso como “Anexo 4”.

IV. Ximena Juárez Olarte viuda de Saúl Sánchez Sostenes, en representación de sus hijos menores de edad, reclama todas y cada una de las prestaciones generadas por el trabajador finado que laboró en la empresa demandada hasta la fecha de su fallecimiento.

V. Con fecha 2 de enero de 2009, el finado Saúl Sánchez Sostenes, ingresó a laborar para la empresa COMERCIALIZADORA DEL NORTE, S.A. de C.V., con domicilio en Dr. Liceaga número 35, colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc en la Ciudad de México, sociedad que se dedica a la capacitación de personal en corporativos.

VI. El trabajador desde la fecha de su ingreso a laborar se le asignó la categoría de Asistente General con un salario inicial de $250.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA 00/100 MN) diarios y a partir del 2 de enero de 2016, se le incrementó a $350.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA 00/100).

VII. El trabajador tenía una jornada laboral de 8:00 a 18:00 horas de martes a domingo, por lo tanto se pagaba prima dominical, caso que se adeuda, ya que no fue cubierto el pago correspondiente a los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2015, así como para los meses de enero, febrero y el primer domingo de marzo del presente año 2016.

VIII. Como hasta la fecha no han sido cubiertas las prestaciones legales y contractuales correspondientes, a la suscrita y a mis hijos, me veo en la necesidad de reclamarlas mediante este medio.

Mediante los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Es competente la H. Junta para conocer el caso, según previenen los artículos 527, 621 y demás relativos de la Ley Federal de Trabajo. En cuanto al fondo son aplicables; el artículo 123 Constitucional fracción XIV; y los artículos; 8, 10 , 18 , 20 , 26 , 31, 67, 71, 76, 80, 82, 84, 87, 115, 117, 132 fracción II, 162 fracciones I y V, 472, 474, 484, 485, 501 y 503 los demás relativos de la Ley Federal del Trabajo.

Por lo anterior:

A USTED C. PRESIDENTE, atentamente pido se sirva:

PRIMERO.- La declaratoria de beneficiarios que emita la H. Junta que haga en el sentido de que la Sra. Ximena Juárez Olarte hoy como parte actora y a su vez legitimada para actuar en representación de sus dos hijos que procreó estando casada con el hoy finado Sr. Saúl Sánchez Sostenes, sus hijos Esteban Sánchez Juárez y Juan Sánchez Juárez quienes manifiestan ser los únicos y legítimos beneficiarios de los derechos derivados de la relación laboral que tenía el Sr. Saúl Sánchez Sostenes con la Sucursal ubicada en Cerro Blanco No. 18, Colonia Alces, en Naucalpan de Juárez Estado de México, a través de la empresa Servicios COMERCIALIZADORA DEL NORTE S.A. DE C.V., con fundamento en lo dispuesto en el artículo 501 fracción I de la Ley Federal del Trabajo.

SEGUNDO.- Dictar laudo favorable en favor de la actora para que le sean pagadas las prestaciones que se reclaman, desglosando la cantidad neta de cada una de ellas, correspondientes al pago de finiquito por prestaciones laborales que el demandado adeuda al trabajador fallecido por los conceptos de salarios devengados no pagados a la fecha de la defunción del trabajador, vacaciones del año en curso y partes proporcionales, prima vacacional, aguinaldo, prima de antigüedad, participación de utilidades, prima de antigüedad, pago de indemnización por muerte de trabajador por parte del Instituto de Seguridad Social a través de la Empresa a la que laboro el hoy finado y las que correspondan por derecho conforme a lo dispuesto y con fundamento en la Ley Federal del Trabajo, mismas que le corresponde recibir a la Sra. Ximena Juárez Olarte en su carácter de legítima beneficiaria y en representación de sus hijos Esteban Sánchez Cruz y Juan Sánchez Cruz respecto de dichas prestaciones laborales.

TERCERO.- Tener por reconocida la personalidad de los apoderados legales con que nos ostentamos conforme a la documentación adjunta y presentada en términos de éste escrito, demandando el pago y cumplimiento de las prestaciones que se señalan en el capítulo respectivo de esta demanda.

CUARTO.- Tener por presentada la demanda corriendo traslado a la parte demandada con copia simple que acompaño, notificarla y emplazarla para la audiencia de Ley, en domicilio señalado.

QUINTO.- Previos los trámites de Ley correspondientes, dictar laudo condenatorio.

PROTESTO LO NECESARIO

XIMENA JUÁREZ OLARTE

FIRMA

Tlalnepantla de Baz, Estado de México a 17 de marzo de 2016

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