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ESCRITO INICIAL DE DEMANDA DE AMPARO DIRECTO

Enviado por   •  13 de Octubre de 2017  •  1.755 Palabras (8 Páginas)  •  789 Visitas

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Esto tiene sustento en la siguiente tesis de jurisprudencia:

VII-CASR-SUE-10

SOBRESEIMIENTO.- RESULTA IMPROCEDENTE DECRETARLO SI LA DEMANDA SE PRESENTÓ EN EL TÉRMINO LEGAL ESTABLECIDO PARA ELLO AUN Y CUANDO NO SE HAYA EXHIBIDO LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA Y SU CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN.- Es infundado el argumento que pretende el sobreseimiento del juicio de nulidad valiéndose de lo dispuesto en el artículo 15, fracciones III y V, específicamente en cuanto a la obligación por la parte la actora de exhibir tanto el acto impugnado como su constancia de notificación, mismos que se manifestaron desconocer en términos del artículo 16, fracción II ambos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, cuando una vez analizados los documentos exhibidos por la demandada al contestar la demanda, se concluye que el acto impugnado fue legalmente notificado. Lo anterior, en razón de que el precepto señalado en primer término alude al supuesto general para la tramitación del juicio de nulidad, en tanto el dispositivo precisado en último lugar contiene una regla especial, mismo que establece como causal de sobreseimiento del juicio de que se trate, cuando se resuelva que la notificación fue legalmente practicada y, como consecuencia de ello la demanda fue presentada extemporáneamente, sin que sea válido lo pretendido por la demandada, que al no haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en el referido artículo 15, fracciones III y V, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, deba sobreseerse el juicio; primeramente porque como se dijo estamos ante una regla especial, la cual establece sus propios pasos a seguir, y segundo, porque si la demanda de nulidad es presentada dentro del término legal establecido para ello, en todo caso, en términos del penúltimo párrafo del citado precepto legal, procedería un requerimiento, el cual resultaría innecesario al obrar en autos la resolución impugnada y su constancia de notificación. Considerar lo contrario sería retardar la resolución correspondiente, en perjuicio de lo dispuesto por el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del diverso 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), que establece la obligación por parte de esta Sala de respetar el derecho humano de acceso a un recurso sencillo, rápido y efectivo.

Juicio Contencioso Administrativo Núm. 409/14-15-01-1.- Resuelto por la Sala Regional del Sureste del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 3 de noviembre de 2014, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: César Edgar Sánchez Vázquez.- Secretario: Lic. Juan Alberto Canseco Pérez.

R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 44. Marzo 2015. p. 1019

FUNDAMENTO JURÍDICO

Artículos: 1, 2, 3, 4, 17, 170, 171 y demás correlativos a la Ley de Amparo.

PRUEBAS

El Informe Justificado, el cual se ofrece como prueba.

PUNTOS PETITORIOS

Por lo manifestado y expuesto, respetuosamente de ese H. Tribual Colegiado de Circuito solicito:

PRIMERO: Tenerme por presentada la presente Demanda de Amparo Directo.

SEGUNDO: Solicitar Informe Justificado de la Autoridad Responsable al principio ya señalada.

TERCERO: Reconocérseme la personalidad con la que ocurro, y admitir a trámite la presente demanda de amparo que se hace valer en contra del acto de la autoridad señalada como responsable, teniendo por recibidas las documentales que se acompañan anexas al presente escrito, señalando día y hora para que tenga verificativo la audiencia constitucional.

CUARTO: Concederme en su momento, el Amparo y la Protección de la Justicia Federal.

Con el debido respeto, protesto lo necesario.

Ramón Crescenciano Soria Durán.

Representante Legal de la Sociedad Cooperativa de Consumo “MiHogar S.C.L. de C.V”.

Morelia Michoacán, a 17 de junio de 2015.

Universidad Michoacana de

San Nicolás de Hidalgo

Facultad de Derecho y Ciencias Sociales

Amparo II

Lic. José Sabino Flores León

“Escrito de demanda de Amparo Directo”

Ramón Crescenciano Soria Durán

Matricula: 0738111D

Sección 13

Año 5º

Morelia Michoacán a 17 de junio de 2015

Asunto:

ESCRITO INICIAL DE DEMANDA DE AMPARO DIRECTO.

H. SALA REGIONAL DEL PACÍFICO-CENTRO DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMNISTRATIVA.

Presente.

Ramón Crescenciano Soria Durán, Mexicano, mayor de edad, en representación legal de la Sociedad Cooperativa de Consumo “MiHogar S.C.L. de C.V.” con clave del Registro Federal de Contribuyentes MHO453896CK7, ante usted con el debido respeto, comparezco a solicitar a trámite el presente escrito de Amparo, en contra de la sentencia definitiva de 02 de junio de 2015 emitida por esa H. Sala Fiscal. Teniendo y señalando como domicilio Fiscal y procesal, el bien inmueble ubicado en Calle Articulo 123 #61, Col. Centro de Tacámbaro de Codallos, Michoacán, para recibir y oír todo tipo de notificaciones, autorizando a los Lic. en Derecho Doroteo Arango Villa y Josefa Ortiz Pineda.

Lo que a continuación manifiesto y expongo, declaro bajo protesta de decir verdad:

PUNTOS PETITORIOS

Por lo manifestado y expuesto, respetuosamente de ese H. Sala Fiscal solicito:

PRIMERO: Darle trámite a la presente demanda de Amparo Directo, la cual se adjunta a este escrito.

SEGUNDO: Enviar junto

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