La nueva Incidencia de los acuerdos internacionales sobre medio ambiente en Colombia
Enviado por Ensa05 • 7 de Enero de 2019 • 8.122 Palabras (33 Páginas) • 479 Visitas
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- INCIDENCIA DE LA CONFERENCIA SOBRE MEDIO HUMANO EN LAS POLÍTICAS AMBIENTALES COLOMBIANAS.
Colombia Creo el Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente (INDIRENA) el 22 de septiembre de 1968, el cual ejercía como máximo rector de la política ambiental, su objetivo era armonizar la relación entre el desarrollo y la conservación de los recursos naturales. (Mejía, s.f).
La creación de INDIRENA refleja la intención del país por desarrollar una iniciativa ambiental que abarque temáticas referentes a la conservación, protección y gestión de los recursos ambientales en Colombia, el compromiso del país con la gestión ambiental fue ratificado en 1972 con la participación en la conferencia sobre Medio Humano realizada por las Naciones Unidas.
Esta conferencia marca un horizonte en materia ambiental, al mismo tiempo que exalta la importancia del medio ambiente en un escenario internacional, Colombia en respuesta expide la ley 23 de 1973 con 21 artículos. La (Ley 23, 1973) decreta en su artículo uno “Es objeto de la presente ley prevenir y controlar la contaminación del medio ambiente, y buscar el mejoramiento, conservación y restauración de los recursos naturales renovables, para defender la salud y el bienestar de todos los habitantes del territorio nacional.”
Dentro de los demás artículos se reconocen al medio ambiente como patrimonio común en el cual su conservación adopta la noción de carácter público por lo que debe existir la participación del Estado y los particulares, de igual modo reconoce a la contaminación como un problema real e identifica las afectaciones que esta pueda generar, admite que esta afectación es causada principalmente por la actividad humana, del mismo modo se establece una relación entre la conservación y la educación. Para finalizar la política ambiental será función del Gobierno Nacional, por tal motivo se destinaran recursos propios a programas de preservación ambiental.
Es evidente notar que la estructura orgánica de la ley se encuentra en el documento establecido en la conferencia de Estocolmo 1972, La ley 23 es la adaptación los 26 principios contenidos en el documento de Medio Humano, esta ley le reconoce y brinda un piso jurídico en materia ambiental, por lo que se le reconoce como un avance de suma importancia la cual tiene como única finalidad la preservación del medio ambiente.
Posterior mente se expide el decreto 2811 de 1974 o Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de protección al Medio Ambiente el cual cuenta con 340 artículos, facultado por la ley 23 de 1973, esto hace que Colombia sea pionera en desarrollo normativo latinoamericano en materia ambiental (Ministerio de Ambinete y Desarrollo Sostenible , 2014).
El código establece en sus primeros 6 artículos aspectos generales los cuales “definen el ambiente como patrimonio común, señala el objeto de la regulación y ámbito de aplicación normativa, y señala que la ejecución de la política ambiental será una función del Gobierno Nacional.” (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, 2014, p. 6).
El código fue divido en dos libros el primero de ellos “Libro primero, Del ambiente” el cual comprende del articulo 7 al 41 este “contiene disposiciones ambientales generales de política ambiental y sus medios de desarrollo, el uso de recursos naturales fronterizos y las relaciones internacionales y algunos factores de deterioro ambiental” (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, 2014, p. 6).
Por otro lado el “El libro segundo, De la propiedad, uso e influencia ambiental de los de los recursos naturales renovables” el cual se desarrolla del articulo 42 hasta el 340, este determina aspectos específicos para el uso de los recursos naturales, manejo de la atmosfera, espacio aéreo, agua, tierra, suelo, subsuelo, flora, fauna, fuentes de energía primarias no renovables, mares y por ultimo recursos de paisaje. (Ministerio de Ambinete y Desarrollo Sostenible , 2014).
El código es un conjunto ordenado y sistematizado de normas y principios (Originados en la Conferencia Sobre Medio Humano) que regulan de forma unitaria el medio ambiente Colombiano, por lo que funciona como guía que dictaminando el camino que debería adoptar la dimensión ambiental en Colombia.
El código se complementa con los decretos 877 de 1976 el cual establece prioridades referentes a los diversos usos del recurso forestal, aprovechamiento, permisos y concesiones. El recurso forestal se destinara a satisfacer las siguientes necesidades en primer lugar uso doméstico, en segundo lugar conservación de recursos forestales mediante la creación de reservas y por último los requerimientos de la industria relacionados directamente con el desarrollo nacional y regional.
El decreto 1337 de 1978 establece en su primer artículo “El Ministerio de Educación Nacional, en coordinación con la Comisión Asesora para la Educación Ecológica y del Ambiente, incluirá en la programación curricular para los niveles pre-escolar, básica primaria, básica secundaria, media vocacional, intermedia profesional, educación no formal, y educación de adultos, los componentes sobre ecología, preservación ambiental y recursos naturales renovables.”
A lo largo de del año se establecen decretos que complementan y fortalecen el código, algunos de estos decretos establecen medidas específicas para casos particulares.
- 1415 de 1978, el cual crea la comisión conjunta de asuntos ambientales.
- 1541 de 1978, que reglamenta las aguas no marítimas.
- 1608 de 1978, sobre fauna silvestre.
- 1741 de 1978, en relación con las áreas de recursos hidrobiológico.
- 1715 de 1978, en cuanto a protección del paisaje.
- 2115 de 1978 en materia de permisos de aprovechamiento forestal.
Para la década del 80 salen otros dos decretos
- 2104 de 1983, en relación a residuos sólidos.
- 1594 de 1984, en lo referente al uso del agua y el vertimiento de residuos líquidos.
Estas leyes y decretos son las que guardan una relación directa con la cumbre de Medio Humano, y todas en su conjunto constituyen la formación normativa en materia ambiental.
- RESULTADOS DE LAS POLÍTICAS AMBIENTALES.
Colombia resulta un caso excepcional en acogimiento de los acuerdos, es
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