Las Causas y las Consecuencias de la Violación de las Garantías Constitucionales y Legales del Imputado en el Proceso Penal Venezolano
Enviado por Antonio • 2 de Septiembre de 2018 • 17.598 Palabras (71 Páginas) • 477 Visitas
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el autor de esta investigación, que hoy se asume como un valor entendido, el hecho de acordar a una persona la calidad de imputado, y lo cual es una conquista en relación al modelo inquisitivo anterior, en donde aquél era considerado y tratado como un objeto de persecución; a partir de ello, se advierte que lo mejor que se puede hacer por el imputado, es tratar de evitar que lo imputen, procurando siempre que todos los instrumentos procesales que tienden a vincular una persona con el ejercicio del poder penal del estado, por atribuírsele participación en un delito, sean ejercitados sin automatismo, con suma racionalidad, y sólo cuando sea imprescindible, buscando medios jurídicos alternativos que le permitan el ejercicio de la defensa, a la par que eviten la estigmatización que, como una verdadera condena social, recae inexorablemente sobre quien es imputado oficialmente de la comisión de un delito.
En consecuencia, también se ha avanzado en orden a la definición del problema de la libertad del imputado, pues ya no se concibe como antes que abrirle un proceso judicial, signifique sin más su detención, sino que se condiciona la posible privación de su libertad a que existan pruebas significativas de su participación en un delito y además a que se pueda establecer con seriedad en cada caso concreto, que su encarcelamiento es absolutamente imprescindible para conseguir, sin la obstaculización posible por parte de aquél, el logro de algunos de los fines del proceso penal; es decir, la reconstrucción de la verdad y la aplicación de la ley. Es por eso que en la legislación producto de la reforma del Código Orgánico Procesal Penal del 2001, aparece la idea del estado de libertad como regla y la excepcionalidad de la privación de libertad, durante el proceso penal. Cobra fuerza la exigencia de limitación temporal a la prisión preventiva, para evitar que, por extenderse en el tiempo más allá de lo imprescindible para la realización del juicio definitivo, se convierte en una pena anticipada, violándosele así al imputado, todas sus garantías legales en el proceso penal. También aparece consolidada la idea, aunque hay que reconocer que sufre periódicos embates de resabios inquisitivos de la práctica judicial, de que el imputado no tiene obligación de contribuir con la investigación del delito que se le atribuye y que, por tanto, su declaración es un medio de defensa y no un medio de prueba, por lo que no declarar o el modo de hacerlo no pueden ser presunciones de culpabilidad, ni tampoco de sujeción compulsiva a la autoridad, ni mucho menos aún, un acto de poder para simbolizar su inferioridad frente al estado.
Por eso es que se escucha como un desafío, que si la indagatoria no es un medio de prueba sino sólo una oportunidad para que, si el imputado así lo prefiere, pueda refutar, responder o aclarar los cargos que se le formulan, por qué no se permite que lo haga por escrito, como lo haría en un proceso civil y con la asistencia de un abogado. A esto se agrega que la incomunicación, que hasta hace poco era casi una regla general y se imponía respecto del imputado al menos hasta después de terminada su declaración, privándolo así del consejo de su defensor, hoy se prevé como excepción y nunca es autorizada respecto del abogado, previo a declarar o antes de participar en algún acto en donde aquél deba hacerlo en forma personal. En definitiva, hay que convencerse de que el Estado debe estar al servicio del hombre y no al revés. Es esa la conducta ética que de él se espera y no otra, porque es la que garantiza la plena vigencia de los derechos humanos; y por supuesto, que sobre la eficacia de ellos se ciernen viejos y nuevos peligros en los países del orbe mundial Se impone, pues, como cultura el respeto al decoro del ser humano y la democracia como forma de organización social que reconoce la dignidad del hombre libre y el respeto de sus garantías procesales, como fundamento del orden jurídico y político. Los fundamentos y características de las garantías que están plasmados en el Código Orgánico Procesal Penal, para el imputado, deben ser estudiados en forma intensiva, profunda y permanente, pues ello facilitará su ejecución, respeto y efectivo cumplimiento. En tal sentido, los jueces penales deberán ser los líderes de ese proceso y de su divulgación, al actuar como defensores y garantes de la Constitución y de las demás disposiciones legales del ordenamiento jurídico, lo cual no excluye la responsabilidad que tienen los otros sujetos durante el desarrollo del proceso penal.
Dada la problemática formulada, es por lo que la presente investigación está dirigida al estudio de las diversas causas y consecuencias de las violaciones de las garantías del imputado en el proceso penal venezolano; de allí, que surja la necesidad de responder las siguientes interrogantes:
- ¿Cuáles son las garantías del imputado en el proceso penal venezolano?.
- ¿Cuáles son las causas de violación de las garantías del imputado en el proceso penal venezolano?.
- ¿Qué consecuencias jurídicas se generan por la violación de las garantías del imputado en el proceso penal venezolano?.
Objetivos de la Investigación
Objetivo General
Analizar las causas y consecuencias de la violación de las garantías del imputado en el proceso penal venezolano.
Objetivos Específicos
- Explicar las garantías del imputado en el proceso penal venezolano.
- Puntualizar las causas de violación de las garantías del imputado en el proceso penal venezolano.
- Precisar las consecuencias jurídicas generadas por la violación de las garantías del imputado en el proceso penal venezolano.
CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO
2.1 Antecedentes Relacionados con la Investigación
Rodríguez (2002), elaboró un estudio que tituló Consideraciones Sobre la Libertad como Garantía Constitucional, Universidad del Zulia, donde el objetivo general fue analizar desde las perspectivas del Derecho Penal Venezolano y la fundamentación legal de los Derechos Humanos, el Principio de Libertad como Garantía Constitucional; tomando en consideración lo contemplado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el Código
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