¿POR QUE BUSCAMOS UNA DEFINICION DEL DERECHO?
Enviado por Kate • 30 de Diciembre de 2018 • 3.639 Palabras (15 Páginas) • 639 Visitas
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El origen de la gran diversidad de definiciones del derecho dentro del propio derecho, está estrechamente relacionado con la postura teórica adoptada por el expositor de la definición respectiva.
2.2 REPLAN TEAMIENTO DE LA TEORIA TRIDIMENSIONAL DEL DERECHO
El derecho como objeto de estudio puede ser considerado desde tres perspectivas diferentes como valor justo o natural, como norma vigente o formal, y como hecho eficaz o real. Cada una de estas escuelas analiza el derecho desde una óptica que apunta a fenómenos diferentes, de una misma disciplina científica.
La concepción tridimensional del derecho concibe al fenómeno jurídico desde una tercia de manifestaciones: hecho social, norma jurídica y como valor.
Estas se encuentran estrechamente unidas entre sí en relaciones de esencial implicación.
El derecho no es ni un valor puro, ni una mera norma con ciertas características especiales, ni es un simple hecho. La correlación de estas se da cuando se conjugan el hecho social con el valor de lo que resulta la norma. Por lo tanto, la ciencia del derecho es una ciencia normativa jurídica.
La teoría tridimensional del derecho postula que donde exista un fenómeno jurídico, hay necesariamente un hecho subyacente, un valor que confiere determinada significación a ese hecho, inclinando o determinando la acción de los hombres en sentido de alcanzar o preservar cierta finalidad u objetivo; y finalmente una norma que representa la relación o medida que integra a uno de aquellos elementos con el otro.
2.2.1 DIMENSIÓN FÁCTICA
Necesita de los valores y las normas para comprender de los hechos.
Denota el fenómeno jurídico como un hecho, un acontecer que se presenta en la realidad social. El derecho es, antes que nada, un fenómeno social y, por lo tanto, cultural, sujeto y relacionado con los demás fenómenos que acaecen en el devenir de toda comunidad humana.
Manifestada como un hecho social, esta dimensión observa al Derecho como un acontecer que se presenta de manera cotidiana en la vida de las personas, a este fenómeno se le conoce como “La Omnipresencia del Derecho”.
Esta dimensión fáctica o de hecho en que inicialmente se manifiesta el derecho es estudiada tangencialmente y por vía de su propia metodología en otras ciencias sociales como la sociología, antropología, psicología, historia, ciencia política, teoría del estado y economía.
Cada una de estas se ocupará de las distintas manifestaciones reales o fácticas del fenómeno jurídico que afectan su disciplina y que deben ser científicamente tomadas en cuenta dada su relevancia.
- La sociología jurídica.- Que concibe al Derecho como un modo de comportamiento social y que influye en la adopción de determinadas conductas.
- La antropología jurídica.- Esta concibe al Derecho como una manifestación cultural.
- La psicología jurídica.- Esta ciencia concibe al Derecho como una forma de influencia en la conducta de los individuos.
- La historia del Derecho.- La cual comprende al fenómeno jurídico como uno de los hechos de la voluntad humana.
- La Ciencia Política.- Ésta concibe al Derecho como un fenómeno social que responde a ciertos intereses o circunstancias que se vinculan con las relaciones de poder.
2.2.2 DIMENSIÓN NORMATIVA
Fundamenta las normas jurídicas en valores que son parte de la realidad y en hechos sociales que están presentes en la creación, interpretación y aplicación de las normas.
Reconoce al fenómeno jurídico en su presencia estrictamente jurídica. en esta dimensión el derecho como hecho social se caracteriza por fijar, establecer y ajustar, es decir, por regular las conductas sociales que los seres humanos deben asumir en sus relaciones públicas con los demás miembros de la sociedad.
La dimensión normativa se manifiesta como el conjunto de normas coactivas que prescriben la conducta social debida. Así, el Derecho se caracteriza entonces por establecer las conductas sociales que los individuos deben asumir dentro de la vida en comunidad. Como consecuencia de esto, esta dimensión se ve reflejada en las normas jurídicas que prescriben una conducta social debida. A esto se le conoce como norma jurídica.
dentro de la sociedad podemos encontrar diferentes tipos de conductas debidas y de normatividades, como lo son las normas morales y religiosas. Sin embargo, las normas jurídicas (o las normas de Derecho) se van a distinguir de las dos anteriores debido a que cuentan con una nota muy particular que es la coacción. Esta coacción implica la facultad de hacer cumplir una norma jurídica incluso en contra de la voluntad de los individuos a través del uso de la fuerza legitimada e institucionalizada del poder político y soberano.
2.2.3 DIMENSIÓN AXIOLÓGICA
Requiere de los hechos y normas para comprender los valores en su circunstancia histórica.
La tercera dimensión en que se expresa el derecho es la valorativa o axiológica. En esta última dimensión se concibe al derecho como un valor y como un portador y garantizador de otros valores tanto instrumentales como superiores.
Detrás de la existencia de las normas jurídicas, y como razón de su obligatoriedad, se encuentran los valores que necesariamente son perseguidos por todo Derecho.
La dimensión axiológica es la que se va a encargar del análisis del “Doble estándar valorativo del Derecho”. Este doble estándar valorativo se refiere:
- Al derecho como valor que surge, de su sola presencia en la sociedad, como generador de valores jurídicos con carácter instrumental (Orden, seguridad e igualdad).
- Al derecho como portador de valores superiores, como la vida y la dignidad humana.
2.3 NUESTRA DEFINICION DE DERECHO
A continuación, se presentan distintas definiciones de derecho, estas aluden a alguna de sus dimensiones:
Dimensión fáctica:
- Edgar Bodenheimer: “El derecho es un término medio entre la anarquía y el despotismo”
- Giuseppe Lumia: “… el derecho no es más que un instrumento de control social, una de las muchas técnicas
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