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REGIMEN AUTONOMICO EN BOLIVIA Y TARIJA FORMAS DE ESTADO

Enviado por   •  5 de Diciembre de 2018  •  3.582 Palabras (15 Páginas)  •  303 Visitas

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Entrde las ventajas del Estado Federal, se señala la adaptación del Regimen del Estado a las peculiaridades Regionales de los Estados Miembros sin destruir la unidad Nacional especialmente frente al extranjero; como desventaja se dice que el Estado Federal contiene el peligro de fricciones entre el Estado Federal y los Estados Miembros, que pueden significar, agudizándose, el peligro de disolución.

ORIGEN HISTORICO Y JURIDICO DEL ESTADO FEDERAL

Para la formación del Estado Federal no hay un solo procedimiento.

En realidad, el Estado se ha organizado unas veces en forma histórica y otras en forma jurídica.

L a formación histórica del Estado Federal, prescinde de actos jurídicos concretos, ya que es mas bien resultado de una corriente activa de carácter general en un Pais, que puede asumir una fisonomía pacifica o encauzarse por la via violenta y revolucionaria, para lograr la Federacion.En este caso no es previa la existencia de Estados particulares y la Federacion se hace sin el concurso de La voluntad de aquellos expresada por medios jurídicos. Las entidades de la futura Federacion no hacen sino adherirse al movimiento Federativo Nacional.Como ejemplo típico se cita a Suiza, donde sus cantones, sin actos jurídicos previos ni concretos, se plegaron al movimientos Federativo Nacional.

Otra forma de organización del Estado Federal de carácter jurídico Internacional es aquella que se logra mediante la suscripción de Tratados. Los Estados que organizan el Estado Federal lo hacen por un solemne tratado de carácter internacional que virtualmente desaparece en cuanto surge el Estado Federal, porque la soberanía de los Estados signatarios desaparece y se subsuma en la soberanía única del Estado Federal. El ejemplo típico de esta forma de organización jurídica internacional son los Estados Unidos de Norteamerica, y la Argentina después de la derrota del dictador Juan Manuel De Las Rosas.

Derecho Federado: Este Derecho tiene su origen en 1787 con el primer

**TEXTO CONSTITUCIONAL** de los Estados Unidos de Norte America, que además se la considera la primera Constitucion escrita.

Este Derecho se caracteriza por permitir que cada Estado asociado tenga su propio texto Constitucional, es decir que permita la organización interna de cada uno de ellos, en ese entendido cada Estado tendrá una visión propia de su dogmatica Constitucional y también de su organización.

LA FEDERACION DE ESTADOS: Estado Federal o Federacion es la **Reunion de dos o mas Estados en la cual cada uno conserva la autonomía interna, pero pierde el ejercicio de la soberanía externa.Los Estados que componen la Federacion forman un solo Estado, representado en el exterior por el Gobierno Federal o Central**. Ejemplo: Brasil, Argentina, Venezuela, Estados Unidos, Republica Federal de Alemania, Estados Mexicanos,etc. Las Federaciones son Estados conformados por entidades soberanas y autónomas. El estatius autónomo de estas entidades no pueden ser alterado de manera unilateral por el Gobierno Central, aunque pueden existir excepciones (como el caso de Argentina, donde el Gobierno Federal ha intervenido en diversas ocasiones en la provincias; y en Mexico , mediante la figura de la desaparición de poderes en los Estados.)La diferencia que existe entre Estado Unitario y Estado Federal radica en el grado mayor de descentralización administrativa que existe en el Estado Federal, en el cual todas las unidades que lo componen (llámense también Estados, Provincias) conservan cierta autonomía.El reino de España se encuentra en este camino.

C)UNITARIO

Las concepciones fundamentales sobre el Estado, han sido formuladas generalmente con referencia al Estado Centralizado o Unitario. El tema de la descentralización ha adquirido importancia recién en los tiempos modernos en que la extensión del territorio, la densidad de la población y la complejidad de las variadas actividades estatales, han engrandecido la magnitud de los problemas del Estado.

El Estado Centralizado o Unitario significa la concentración en este, como autoridad suprema y exclusiva, de todas las funciones de Gobierno y Adminitracion. La autoridad retiene el monopolio del fin del Estado, del poder de mando y de las funciones de potestad Publica, de tal manera que es esta la única autoridad que desempeña las funciones, legislativa, ejecutiva y judicial y ejercita la facultal de coerción. Si hay instituciones que desempeñan algo de estas tareas, son órganos o lo hacen por delegación de la autoridad central, jamas como de Derecho Originario propio, ni siquiera como derecho concedido.

La autoridad central del Estado es ejercida mediante agentes locales que son los Gobernadores, Prefectos, Administradores, Jueces, etc. ; o pr agentes especializados para las tareas de Gobierno, tales como los Ministros de Estado.Estos agentes son nombrados y reciben ordenes de decisión, son parte integrante del poder dentral.

Historica y filosóficamente, el Estado es correlativo a la centralización: El orden Publico en todo el territorio y la coordinación de las actividades locales, gremiales, Profesionales, etc.; requiere de unidad, que solo puede lograrse mediante un centro unificador y coordinado. El proceso de creación del Estado, por otra parte, desarrollo la centralización ; por eso es que el poder estatal se impuso como poder supremo y superior a otros poderes de la familia, el clan , el señorío, el gremio y la corporación, el municipio, etc.; De este proceso deduce HAURIOU el significado de la centralización y dice ¨ CENTRALIZAR significa pues reunir en manos del gobierno

Central todo el poder Estatal que existe en el país, es decir poder político y temporal, civil o militar¨. La centralización del Estado se efectuó así, en dos sentidos:

UNO TERRITORIAL, extendiendo dicho poder a regiones cada vez mas amplias del territorio y otro material,extendiendo la competencia del Estado a cuestiones e intereses que primitivamente se atribuían a ciertos poderes privados y autónomos , tales como la ciencia, el arte, los oficios, las universidades que estaban reservados a instituciones especiales y de carácter privado.

Teóricamente la centralización se apoya en la unidad e indivisibilidad del poder estatal aunque es evidente que en el Estado centralizado, a las unidades interiores, como las regiones, las provincias, los municipios, se les puede reconocer cierta autonomía en su existencia local, pero tales autonomías, tanto en su origen como en su extensión

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